Decreto Nro. 1529 - EX-2022-1980901-GDEMZA-DAYD#MGTYJ

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2022

MENDOZA, 01 DE SETIEMBRE DE 2022

Visto el Expediente Nº EX–2022-01980901-GDEMZA-DAYD#MGTYJ, mediante el cual se tramita la baja de la agente ELSA BEATRIZ PRIORE, por habérsele otorgado el beneficio de la jubilación ordinaria; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 03 obra imagen de pantalla donde se informa fecha de cobro de A.N.Se.S.;

Que en orden 04 obra nota de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia informando que la agente ELSA BEATRIZ PRIORE, C.U.I.L Nº 27-10274359-3, ha accedido al beneficio jubilatorio a partir del 22 de marzo de 2022, pero no ha presentado su renuncia al cargo Clase 007- Encargado 2º que posee en esa Subsecretaría;

Que en orden 08 se adjunta constancia de la suspensión de haberes en el Sistema de Sueldos Signos;

Que en orden 09 obra informe de la Subdirección de Personal indicando la situación de revista;

Que en orden 12 obra dictamen legal de Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12 del Decreto-Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual, la continuidad o no de su afiliación al citado organismo;

Por ello,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por dada de baja, a partir del 22 de marzo de 2022, a la agente ELSA BEATRIZ PRIORE , C.U.I.L. N° 27-10274359-3, al cargo Clase 007- Encargado 2º Código Escalafonario: 05-1-03-05, JURISDICCIÓN 05- Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, UNIDAD ORGANIZATIVA 09-Subsecretaría de Trabajo y Empleo, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria por Ley Nº 24.241 y modificatorias A.N.Se.S.

Artículo 2º

La agente ELSA BEATRIZ PRIORE en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, deberá comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no con el beneficio que otorga la citada institución.

Artículo 3º

Notifíquese el presente...

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