Decreto Nro. 1446 - REC.DE ALZADA INT.POR LA SRA.SUSANA OLGA ESCUDERO

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición17 de Agosto de 2017

MENDOZA,17 DE AGOSTO DE 2017

Visto el expediente 13107-D-15-00020 y su acumulado 6407-E-11-77770, en el cual la Dra. Mirta Zelarayan en representación de la Sra. SUSANA OLGA ESCUDERO interpone Recurso de Alzada en contra de la Resolución Nº 743/12 del Director Ejecutivo del Hospital “Central”; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la norma legal citada se admitió formalmente y se rechazó sustancialmente el recurso de revocatoria interpuesto por la Sra. Escudero, en contra de la Resolución Nº 581/12 de la Dirección Ejecutiva del Hospital “Central”;

Que por esta última norma legal se rechazó el reclamo interpuesto por la agente mencionada, sobre remuneraciones según la Ley Nº 7799;

Que en cuanto al aspecto formal, la efectiva fecha de notificación a la recurrente de la Resolución Nº 743/12 del Director Ejecutivo del Hospital “Central”, se tendrán por cumplimentados los requisitos formales de procedencia del recurso de alzada y por interpuesto en legal tiempo y forma, a tenor de lo dispuesto por los Arts. 183 y siguientes de la Ley Nº 3909, por lo que corresponde ser admitido desde el punto de vista formal;

Que en el expediente 6407-E-11-77770, la recurrente formuló un reclamo administrativo ante el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes solicitando se le aplique el régimen salarial 27 – profesionales de la salud – en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 7799, norma que establece el régimen de carrera para Licenciados en Enfermería;

Que aduce que esta Ley ha sido reglamentada por el Decreto Nº 1712/09 y que en virtud de esta última norma la Comisión Permanente de la Carrera de Licenciados en Enfermería se reunió el día 25 de noviembre de 2009 y que, con fundamento en lo dispuesto por el dictamen Nº 78/08 de Asesoría de Gobierno, en dicha oportunidad resolvió que corresponde aplicar el régimen salarial 27 – profesionales de la salud – a los Licenciados en Enfermería;

Que solicita asimismo el pago de diversos rubros, así como el cumplimiento de diversas disposiciones que no se refieren al caso particular de la agente Susana Olga Escudero, cuyo reclamo corresponde desestimar a la luz de lo informado a fs. 14/15 del expediente 6407-E-11-77770, por la Subdirección de Personal del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes;

Que la reclamante expresa que corresponde aplicar a los Licenciados en Enfermería las Leyes Nros. 6268 (ratificatoria del Decreto-Acuerdo Nº 142/90 – escalafón del personal de...

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