Decreto Nro. 1446 - Expediente N° EX-2022-04606945-GDEMZA-MESA#MEIYE

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Fecha de la disposición23 de Agosto de 2022

MENDOZA, 23 DE AGOSTO DE 2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-04606945-GDEMZA-MESA#MEIYE en el cual obran los antecedentes de la Ley Nº 9353; y

CONSIDERANDO:

Que la ley citada creó el FONDO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DE LA CEREZA DE MENDOZA (FIDEC), con carácter de persona jurídica de derecho público no estatal con jurisdicción en todo el territorio de la Provincia de Mendoza;

Que el mencionado Fondo se creó con los objetivos generales de: promover la producción e implantación de cerezas y sus derivados; promover la especialización y competitividad como herramienta de comercialización; promocionar el consumo de cerezas de Mendoza tanto en el orden local como nacional e internacional en todas sus formas; incentivar la exportación de cerezas frescas; promover la investigación sobre el cultivo de la cereza; su industrialización y subproductos; propiciar la utilización de nuevas tecnologías de producción; desarrollar estrategias de mediano y largo plazo para el crecimiento económico del sector; diversificar los mercados, diseñar estrategias logísticas de conjunto; coordinar e integrar las acciones del sector haciendo más eficiente su desarrollo; celebrar convenios de cooperación y proyectos de producción de información; favorecer la generación de información e incentivar la asociatividad;

Que a través de la acción del mismo se procura mejorar la competitividad como así también la sostenibilidad de los distintos sectores involucrados en la actividad;

Que el FONDO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DE LA CEREZA DE MENDOZA (FIDEC) funcionará con sede en la Provincia de Mendoza;

Que la Ley Nº 9353 creó como órgano de administración del FONDO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DE LA CEREZA DE MENDOZA (FIDEC) un CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, siendo necesario que la reglamentación establezca el modo en que quedarán cubiertos los cargos que la norma establece;

Que la Ley Nº 9353 le asignó al FONDO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DE LA CEREZA DE MENDOZA (FIDEC) los recursos previstos en su Artículo 3º ;

Que corresponde que el CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE INTEGRACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA CEREZA DE MENDOZA (FIDEC) establezca el procedimiento de aplicación, percepción y fiscalización de la contribución obligatoria que se crea en el Artículo 3º de la Ley Nº 9353;

Que la Ley citada estableció que el INSTITUTO DE SANIDAD Y CALIDAD AGROPECUARIA (I.S.C.A.Men) será el encargado de la recaudación que permita la ejecución de políticas y el cumplimiento de los objetivos que la norma establece;

Que, con relación a dicha Contribución Obligatoria y a su recaudación es conveniente autorizar al INSTITUTO DE SANIDAD Y CALIDAD AGROPECUARIA DE MENDOZA (I.S.C.A.MEN) a suscribir los convenios necesarios que le permitan ejercer tal atribución legal;

Que corresponde establecer el procedimiento para la aplicación de sanciones por incumplimientos al régimen de la ley, garantizando el derecho de defensa de los infractores;

Por lo expuesto y en conformidad con los dictámenes producidos, lo dispuesto en los Artículos 99 y 128 de la Constitución de Mendoza y lo previsto en la Ley Nº 9353,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

El FONDO DE INTEGRACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA CEREZA DE MENDOZA, en adelante el FIDEC, en su condición de ente de derecho público no estatal, se regirá por el estatuto y reglamento interno que apruebe su Consejo de Administración y por las normas que le sean aplicables conforme a su naturaleza jurídica, objeto y funciones.

Artículo 2º

CAPACIDAD. REGIMEN LEGAL. DOMICILIO. AMBITO DE ACTUACIÓN - El citado FONDO, como ente de derecho público no estatal, con personaría jurídica y autonomía financiera, contable y administrativa, tiene plena capacidad legal de conformidad con las disposiciones del derecho privado para realizar todos los actos jurídicos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de su objeto y funciones y responderá por sus obligaciones...

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