Decreto Nro. 1390 - BAJA DE DN. JUAN MARIO MALIZIA

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición14 de Agosto de 2017

MENDOZA,14 DE AGOSTO DE 2017

Visto el expediente 64-D-17-04801 y su acumulado 797-D-17-77770, en el cual se solicita dar de baja del cargo en que revista Dn. JUAN MARIO MALIZIA; y

CONSIDERANDO:

Que el Art. 30 de la Ley Nº 6921 y su modificatoria Ley Nº 7958 en su parte pertinente expresa: “…Aquellas personas que a la fecha de sanción de la presente Ley gozan de beneficios jubilatorios acordados y se encuentran prestando servicios en el ámbito de la Administración Pública Provincial Centralizada, Descentralizada, Entes Autárquicos y/o cualquier otra repartición perteneciente a la Administración Pública, cesarán en sus funciones. Asimismo, en adelante, ninguna persona que goza de beneficios jubilatorios, podrá desempeñar actividades o cargos rentados en el ámbito descripto…”

Que a fs. 07/08 del expediente 64-D-17-04801, obra consulta obtenida de la página web de A.N.Se.S., donde consta que el trámite de PBU-PC-PAP ha sido resuelto en forma favorable a Dn. JUAN MARIO MALIZIA, con fecha de cobro a partir del mensual junio (06) de 2017,

Por ello, en razón de lo informado por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, y en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 30 de la Ley Nº 6921,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Téngase por dado de baja en los términos del Art. 30 de la Ley Nº 6921 y su modificatoria Ley Nº 7958, al agente que se menciona, quien revistó en el cargo que se indica, en la dependencia que a continuación se detalla:

JURISDICCION 08 – CARACTER 1

AREA SANITARIA MAIPU - UNIDAD ORGANIZATIVA 50

CLASE 011 – Servicios Generales - Cód. 15-5-02-01.

Dn. JUAN MARIO MALIZIA, clase 1952, DNI Nº 93.582.094, CUIL...

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