Decreto Nro. 1327 - EX-2018-01034430-GDEMZA-MESA#MEIYE

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Fecha de la disposición 7 de Septiembre de 2021

MENDOZA 07 DE SETIEMBRE DE 2021

Visto el expediente EX-2018-01034430-GDEMZA-MESA#MEIYE, en el cual se gestiona una modificación presupuestaria, en el marco de lo dispuesto por el Artículo 50 de la Ley N° 8930 (Deuda Flotante Perimida) y por el Artículo 49 de la Ley Nº 9278; y

CONSIDERANDO:

Que tal modificación se realiza con el objeto de proceder a la imputación, liquidación y pago en el presente Ejercicio de la deuda perimida Ejercicio 2017;

Que según lo dispuesto por el Artículo 75 de la Ley Nº 8701, cuya vigencia se mantiene por el Artículo 42 de la Ley Nº 9122 que considera norma de carácter permanente lo establecido por los Artículos 47 y 50 de la Ley Nº 8930; el Poder Ejecutivo se encuentra autorizado a incorporar al Presupuesto el importe correspondiente a Amortización de Deuda Flotante Perimida en la medida que la misma se encuentre dentro del término fijado por la Ley común para la prescripción, previo informe de la Contaduría General de la Provincia, además, el aumento que se produzca, se ajustará con el concepto “Financiamiento” (Uso del Crédito);

Que al respecto, en orden 79, Contaduría General de la Provincia informa que las facturas presentadas por la firma ARGENCOR S.A., por la suma de PESOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON DOS CENTAVOS ($91.539,02) se encuentran impagas, según sistema SI.D.I.CO. Dicha deuda, por aplicación del Artículo 50 de la Ley Nº 8930, constituye lo que se denomina “Pasivo sin Orden de Pago Perimido”;

Por ello, y teniendo en cuenta lo establecido por los Artículos 74 y 75 de la Ley Nº 8701, 47 y 50 de la Ley N° 8930 todos ellos vigentes por el Artículo 49 de la Ley Nº 9278 y Artículos 18 y 27 del Decreto Nº 150/2021 y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Energía,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones vigente Ejercicio 2021, del modo que se indica en la Planilla Anexa I que forma parte de este decreto, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON DOS CENTAVOS ($ 91.539,02).

Artículo 2°

– Increméntese el Financiamiento de la Administración Central previsto en el Presupuesto General vigente Ejercicio 2021, del modo que se indica en la Planilla Anexa II que forma parte del presente decreto, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS...

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