Decreto Nro. 1300 - EX-2020-04252993-GDEMZA-MESA#MIPIP

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición27 de Octubre de 2020

MENDOZA, 27 DE OCTUBRE DE 2020

VISTO el EX-2020-04252993-GDEMZA-MESA#MIPIP, en el cual se gestiona la baja del agente de la Subsecretaría de Infraestructura Escolar del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública, señor JESUS ALEJANDRO GONZALEZ, por haber accedido a los beneficios de la jubilación ordinaria; y

CONSIDERANDO:

Que en el orden 2 se encuentra agregada la renuncia presentada por el citado agente, C.U.I.L. Nº 20-11166976-8, a partir del 17 de septiembre de 2020 al cargo de CLASE 004 (Régimen Salarial 05 – Código Escalafonario 6-02-01).

Que en el orden 3 obra informe en el que se expresa que el señor Gonzalez no posee bienes inventaríales, documentación, materiales técnicos ni equipos que sean propiedad del Estado Provincial.

Que en el orden 7 se agrega el informe respecto de la situación de revista del agente de que se trata.

Que por otra parte y de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12 del Decreto - Acuerdo Nº 109/96, todos los agentes de la Administración Pública Provincial, cuentan con sesenta (60) días hábiles a partir de la fecha de notificada la aceptación de la renuncia, para comunicar a la Caja de Seguro Mutual la continuidad o no de su afiliación al citado organismo.

Por ello, conforme con lo dispuesto en el Artículo 12º del Decreto – Acuerdo 109/96 y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A :

Artículo 1º

- Téngase por aceptada, a partir del 17 de septiembre de 2020, la renuncia presentada por el agente de la Subsecretaria de Infraestructura Escolar del Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública, señor JESUS ALEJANDRO GONZALEZ, D.N.I. Nº 11.166.976, C.U.I.L. Nº 20-11166976-8, al cargo de CLASE 004 (Régimen Salarial 05 – Código Escalafonario 6-02-01) del Área de Equipamiento Escolar, con motivo de haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.

Artículo 2º

- El agente mencionado en el artículo anterior, en el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la presente norma legal, deberá comunicar a la Caja de Seguro Mutual...

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