Decreto Nro. 1280 - EX-2020-02571742-GDEMZA-DRNR#SAYOT

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición19 de Octubre de 2020

MENDOZA, 19 DE OCTUBRE DE 2020

Visto el expediente Nº EX-2020-02571742-GDEMZA-DRNR#SAYOT, en el cual se tramita la aprobación del “CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE MENDOZA Y LA ASOCIACIÓN AVES ARGENTINAS”, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Señor Secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Licenciado Humberto Mingorance y la Dirección de Recursos Naturales Renovables, representada por su Director, Señor Sebastián Melchor y Aves Argentinas / Asociación Ornitológica del Plata, representada por su Director Ejecutivo, Señor Hernán Enrique Casañas; y,

CONSIDERANDO:

Que el objeto del Convenio es obtener una cooperación interinstitucional “en el campo de la conservación de las especies silvestres a través de la implementación de estrategias que involucran la recuperación, rehabilitación y reinserción de animales en sus hábitats naturales y potenciando las acciones de educación y difusión en la comunidad”.

Que el Convenio propuesto se encuentra dentro de las facultades de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial conforme al Artículo 26 incs. 8 y 13 de la Ley N° 9206 en cuanto a: “Proponer campañas educativas y de concientización, relativas a la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente. Ejecutar las acciones en materia de política y gestión ambiental provincial tendientes a la preservación, conservación, defensa y mejoramiento de los ambientes naturales, urbanos y agropecuarios y todos sus elementos constitutivos.”

Que de acuerdo a lo dispuesto por Ley N° 9206, el artículo 31 del Decreto Acuerdo N° 544/2020 reglamentario de la Ley N° 9219 (Presupuesto 2020), corresponde, de acuerdo al artículo 57 inc. a) de la Ley N° 9003, la ratificación de dicho Convenio por el Señor Gobernador de la Provincia, conforme lo establecido por el artículo 77 inc. b) de la Ley N° 9003.

Por ello, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley N° 9206, por los Artículos 57 inc. a) y 77 inc. b) de la Ley N° 9003 y lo dictaminado por la Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento...

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