Decreto Nro. 1251 - 31-D-20-77770

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición26 de Julio de 2022

MENDOZA, 26 DE JULIO DE 2022

Visto el expediente 31-D-20-77770 y sus acumulados 32-D-20-77770 y 198-H-13-78291 en el cual las Licenciadas GRISELDA FRANCISCA PONCE y MARISA IVANA CARRION, interponen Recurso Jerárquico en contra de la Resolución Nº 526/20 del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la mencionada Resolución se rechazó el reclamo efectuado por las Licenciadas Ponce y Carrion referente al pago de las diferencias salarias correspondientes al cambio de Régimen Salarial;

Que el recurso es formalmente admisible en razón de haber sido interpuesto en legal tiempo y forma según lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo;

Que mediante la sanción en el año 2015 de la Ley Nº 8798, ratificatoria del Decreto Nº 772/15, se dispuso homologar el Acta Acuerdo celebrada en fecha 7 de mayo de 2015, en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, suscripta por los representantes de A.M.P.R.OS., A.T.E., la Dirección de Relaciones Laborales y Control, la Coordinación del Cuerpo Paritario Central y los representantes del ex Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, del ex Ministerio de Salud y de O.S.E.P., a través de la cual se dispone el cumplimiento del Acta Acuerdo del año 2014 respecto del traspaso al Régimen Salarial 27 de los profesionales Licenciados en Enfermería;

Que según este Acuerdo los agentes “que posean matrícula habilitante como Licenciados en Enfermería a diciembre de 2014, que se encuentren en el Régimen Salarial 15 y estén cumpliendo funciones relativas a la incumbencia de su título y que continúen en la actualidad, deberá procederse al cambio de Régimen Salarial, al de los profesionales de la salud, Convenio Colectivo de los Profesionales de la Salud Ley Nº 7759 (Régimen Salarial 27). A estos fines los ajustes que deberán ser realizados quedan exceptuados de lo dispuesto por el Art. 54 inc. e) de la Ley Nº 8701.”;

Que la autoridad ministerial a través del dictado de la Resolución Nº 329/16 del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, estableció en forma concreta el dies a quo a partir del cual a las agentes debían considerárselas incluidas en el Régimen Salarial 27 y por ende desde cuando aquellas contarían con los beneficios salariales propios de dicho régimen;

Que el Artículo 4º de la Resolución Nº...

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