Decreto Nro. 1228 - RECTIFICAR EL ARTICULO 2° DEL DECRETO 958/17

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición30 de Julio de 2018

MENDOZA, 30 DE JULIO DE 2018.

Visto el expediente EX2018-01559889- -GDEMZA-SEGE#MSDSYD, en el cual se solicita rectificar el Artículo 2º del Decreto Nº 958/17; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mencionado Decreto se adjudicó la contratación del Servicio de Gestión y Asistencia Técnica y Logística para la optimización de las políticas públicas en materia de control vial para la disminución de la accidentología y sus impactos negativos en los costos asociados en el Sistema de Salud Pública y el fortalecimiento y/o desarrollo de procesos administrativos para gestionar eficazmente la determinación y el cobro de los recursos presupuestarios derivados de los sistemas administrativos por multas por infracciones viales y derechos y aranceles por prestaciones médicas del sistema de salud y de otros sistemas punitivos o prestaciones similares de los que deriven derechos patrimoniales cuyo acreedor sea el Estado Provincial.

Que en orden 2 se solicita incluir en el Artículo 2º del Decreto Nº 958 de fecha 15 de junio de 2017, la cuenta presupuestaria “UGC-S96025-ECO 41301-FIN 18”, correspondiente al Hospital Polivalente “Ministro Dr. Ramón Carrillo”.

Que se advierte, también en el Artículo 2º, la mención errónea de las cuentas presupuestarias correspondientes a los efectores del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes;

Que se trata de errores materiales u omisiones, cuya enmienda procede con arreglo a los Arts. 77 y 78 de la Ley Nº 9003;

Por ello, en razón del pedido formulado y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Sustitúyase el Artículo 2º del Decreto Nº 958 de fecha 15 de junio de 2017, por el siguiente texto:

Artículo 2º- El gasto que demande la contratación autorizada en el artículo anterior, será atendido con cargo a las cuentas presupuestarias:

UGC-S96003-ECO 41301- FIN 18 - HOSPITAL CENTRAL

UGC-S96004-ECO 41301- FIN 18 - HOSPITAL HUMBERTO NOTTI

UGC-S96022-ECO 41301- FIN 18 - HOSPITAL LUIS LAGOMAGGIORE

UGC-S96005-ECO 41301- FIN 18 - HOSPITAL TEODORO SCHESTAKOW

UGC-S96003-ECO 41301- FIN 18 - HOSPITAL ALFREDO PERRUPATO

UGC-S96025-ECO 41301-FIN 18 - HOSPITAL RAMON CARRILLO

Todas del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes

UGC-J20072-ECO 41301- FIN 145 MINISTERIO DE SEGURIDAD

Artículo 2º

Establézcase que el presente decreto rige a...

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