Decreto Nro. 121 - EX-2020-00373929

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición17 de Febrero de 2021

MENDOZA, 17 DE FEBRERO DE 2021

Visto el expediente EX-2020-00373929-GDEMZA-DATPD#MSDSYD, en el cual obra el Decreto Nº 642/20; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 642/20 se aprobó el Convenio y el Anexo I, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, por una parte y la “ASOCIACIÓN CIVIL VIVIR Y CRECER”, por la otra.

Que la Cláusula Décimo Octava del Convenio aprobado por Decreto Nº 642/20, prevé la prórroga del mismo por el tiempo que el referido Ministerio determine.

Que en orden 103 obra copia de Cédula de Notificación de prórroga, por el término de TRES (3) meses y conformidad expresa de aceptación, por parte de la “ASOCIACIÓN CIVIL VIVIR Y CRECER”.

Por ello, en razón del pedido formulado, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación preventiva, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada de la Subsecretaría de Desarrollo Social del citado Ministerio, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 8706 y su Decreto Reglamentario Nº 1000/15, Art. 3 inc. 9) de la Ley Nº 9206, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 9278 y en concordancia con lo normado en el Art. 128 de la Constitución de la Provincia de Mendoza,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A:

Artículo 1º

Téngase por prorrogado a partir del día 01 de enero de 2021 y por el término de tres (3) meses, el Convenio suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, por una parte y la “ASOCIACIÓN CIVIL VIVIR Y CRECER”, por la otra, aprobado mediante Decreto Nº 642/20, de conformidad con la Cláusula Décimo Octava del mismo y en las mismas...

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