Decreto Nro. 1195 - EX-2019-06589744-GDEMZA-MESA#MEIYE Y SU ANTECEDENTE EX-2019-02564966-GDEMZA-MESA#MEIYE

EmisorMINISTERIO DE PLANIFICACION E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
Fecha de la disposición18 de Agosto de 2021

MENDOZA, 18 DE AGOSTO DE 2021

VISTOS el EX-2019-06589744-GDEMZA-MESA#MEIYE y su antecedente EX-2019-02564966-GDEMZA-MESA#MEIYE, en los que obran los precedentes relacionados con el incumplimiento en que ha incurrido la Empresa SJ SOLAR S.A. CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. y COMPAÑÍA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A.; y

CONSIDERANDO:

Que la firma SJ SOLAR S.A. CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. fue adjudicataria de la obra: CONSTRUCCION DE GALPONES PARA TALLERES DESTINADOS A DEPENDENCIAS DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL, según lo dispuesto en la Resolución Nº 399 emitida en fecha 13 de marzo de 2018 por el Ministerio de Seguridad y mediante la Resolución Nº 324 dictada el día 21 de mayo de 2018 por la citada Jurisdicción, se aprobó el pertinente contrato de obra pública.

Que por Resolución Nº 234 de fecha 30 de octubre de 2019 del entonces Subsecretario de Infraestructura del ex Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, hoy Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública, tramitada en el EX 2019-02564966-GDEMZA-MESA#MEIYE, se procedió a la aplicación de una sanción a la Empresa SJ SOLAR CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. por incumplimiento de las normas establecidas en los Pliegos que rigieron el llamado a licitación para la obra mencionada.

Que en los órdenes 98/99 del expediente citado en el párrafo anterior, obra la Resolución Nº 78 dictada por el Ministro de Planificación e Infraestructura Pública en fecha 15 de abril de 2020, por la cual se rescindió por culpa de la contratista, el Contrato de Obra Pública celebrado con la mencionada empresa, conforme lo previsto en el Artículo 81 Incisos d), h) e i) del Decreto – Ley Nº 4416/80 (de Obras Públicas).

Que en el orden 110/111 del expediente antes citado, rola la Resolución Nº 116 dictada en fecha 2 de junio de 2020 por el Ministro de Planificación e Infraestructura Pública, por la cual se aclararon los términos de su similar Nº 78-PIP-2020, por un error menor de tipeo.

Que en el orden 132 del EX-2019-02564966-GDEMZA-MESA#MEIYE obra la Póliza de Caución en Garantía de Ejecución de Contrato Nº 001742221, de la firma COMPAÑÍA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A.

Que se efectuaron reiteradas notificaciones a la Empresa SJ SOLAR S.A. CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. y a la COMPAÑÍA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A., cuyas constancias obran en el EX-2019-06589744-GDEMZA-MESA#MEIYE y su antecedente EX-2019-02564966-GDEMZA-MESA#MEIYE.

Que del dictamen...

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