DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA 6 / 2014 DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA de 1 de Agosto de 2014
Fecha de Entrada en Vigor | 1 de Octubre de 2017 |
Fecha de la disposición | 1 de Agosto de 2014 |
Número de Boletín | 28324 |
Fecha de Publicación | 8 de Agosto de 2014 |
Número de documento | 40816 |
DECRETO ACUERDO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 6/1, del 01/08/2014.
VISTO, la estructura de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo Provincial establecida por la Ley N° 8.450 (de Ministerios) y sus modif., y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dotar al Órgano administrador de los medios necesarios tendientes a eficientizar su labor y brindar una respuesta adecuada a los requerimientos de la población.
Que en tal sentido se estima del caso introducir modificaciones a la Ley de Ministerios, reasignado funciones y competencias, a la vez que disponer la supresión del Ministerio de Seguridad Ciudadana.
Que si bien la modificación y adecuación de competencias deben ser efectuadas mediante ley por la Honorable Legislatura, la urgencia con que debe resolverse las situaciones indicadas amerita el dictado de un Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia conforme las facultades conferidas por el artículo 101, inc. 2 de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA:
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Reemplázase el Artículo 1° por el siguiente: "Artículo 1°.- La atención del Despacho de los asuntos administrativos de la Provincia estarán a cargo de los siguientes Ministerios:
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De Gobierno, Justicia y Seguridad.
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De Economía.
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De Desarrollo Productivo.
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De Salud Pública.
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De Educación.
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De Interior.
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De Desarrollo Social."
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Suprímese en la estructura del Poder Ejecutivo Provincial, establecida por Ley N° 8.450, el Ministerio de Seguridad Ciudadana.
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Modifícase la denominación y competencia del Ministerio de Gobierno y Justicia...
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