DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA 6 / 2014 DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA de 1 de Agosto de 2014

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2014
Número de Boletín28324
Fecha de Publicación 8 de Agosto de 2014
Número de documento40816

DECRETO ACUERDO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 6/1, del 01/08/2014.

VISTO, la estructura de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo Provincial establecida por la Ley N° 8.450 (de Ministerios) y sus modif., y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario dotar al Órgano administrador de los medios necesarios tendientes a eficientizar su labor y brindar una respuesta adecuada a los requerimientos de la población.

Que en tal sentido se estima del caso introducir modificaciones a la Ley de Ministerios, reasignado funciones y competencias, a la vez que disponer la supresión del Ministerio de Seguridad Ciudadana.

Que si bien la modificación y adecuación de competencias deben ser efectuadas mediante ley por la Honorable Legislatura, la urgencia con que debe resolverse las situaciones indicadas amerita el dictado de un Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia conforme las facultades conferidas por el artículo 101, inc. 2 de la Constitución de la Provincia.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1° Modifícase la Ley N° 8.450, conforme se indica a continuación:
  1. Reemplázase el Artículo 1° por el siguiente: "Artículo 1°.- La atención del Despacho de los asuntos administrativos de la Provincia estarán a cargo de los siguientes Ministerios:

    1. De Gobierno, Justicia y Seguridad.

    2. De Economía.

    3. De Desarrollo Productivo.

    4. De Salud Pública.

    5. De Educación.

    6. De Interior.

    7. De Desarrollo Social."

  2. Suprímese en la estructura del Poder Ejecutivo Provincial, establecida por Ley N° 8.450, el Ministerio de Seguridad Ciudadana.

  3. Modifícase la denominación y competencia del Ministerio de Gobierno y Justicia...

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