Decreto Nº 191/GCABA/14
Firmantes | MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 28 de Mayo de 2014 |
VISTO:
La Ley N° 6 y sus modificatorias, la ley N° 210, el Decreto N° 117/14, el Expediente N°
2.642.111-MGEYA-SSTRANS/14, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la recomposición de la tarifa del
Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro;
Que en dicho marco, la Subsecretaría de Transporte realizó un estudio sobre la
rentabilidad del sector, analizando detalladamente la evolución de los ingresos y los
costos involucrados en la explotación de la actividad, tomando en cuenta la evolución
de los precios de cada uno de los factores que inciden en la prestación de dicho
servicio;
Que en tal sentido, se observó una desactualización de la tarifa generada por los
reiterados incrementos en los insumos y costos involucrados, lo cual repercute
negativamente en la ecuación económica financiera de la actividad, elevando los
costos y reduciendo tanto la calidad como la rentabilidad del servicio;
Que en consecuencia, se detectó un atraso en la tarifa actualmente vigente;
Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la ley N° 6, sus modificatorias y la ley
N° 210, se dictó el Decreto N° 117/14 convocando a Audiencia Pública para el
tratamiento de la referida modificación de la tarifa;
Que dicha Audiencia se celebró el día 6 de mayo de 2014, en el Centro Cultural "Adán
Buenos Ayres", sito en la Avenida Asamblea N° 1.200 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires produjo su informe respecto de lo tratado en la mencionada Audiencia;
Que las recomendaciones efectuadas por el Ente Único Regulador de los Servicios
Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fueron receptadas por la
Subsecretaría de Transporte;
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario establecer una razonable
recomposición de la tarifa a los fines de restablecer la rentabilidad y la calidad en la
prestación de tal servicio;
Que se estima que un aumento en el valor de la ficha a un peso con veintiséis
centavos ($ 1.26), restablecería razonablemente la ecuación económica de la
actividad;
Que la fecha de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba