Decreto Nº 183/GCABA/14
Firmantes | MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 26 de Mayo de 2014 |
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Expediente N° 3142890-
MGEYA- SSDHPC/2014, y
CONSIDERANDO:
Que la "Fundación Memoria del Holocausto" solicitó el otorgamiento de un subsidio a
los efectos de destinarlo a continuar con la tarea de investigar, informar, difundir,
educar, para afirmar una conciencia moral que rechace toda persecución del hombre
por el hombre, para derribar las barreras del prejuicio y del odio, de la discriminación y
la intolerancia;
Que, uno de los proyectos más significativos que lleva adelante el Museo es el
desarrollo de las visitas guiadas destinadas a escuelas primarias y medias, públicas y
privadas, universidades, terciarios y grupos de educación formal y no formal, con el
objetivo de acercar a los alumnos a la temática de la Shoá, despertarles interés y
concientizarlos acerca de las consecuencias del racismo y la discriminación;
Que asimismo, la citada Fundación manifiesta que si bien varias empresas, bancos e
individuos, colaboran para sostener las tareas que realizan, esto no resulta suficiente
para continuar editando los materiales didácticos que entregan a los alumnos
concurrentes, como así también para las capacitaciones docentes y seminarios que
realizan;
Que la tarea efectuada por dicha Fundación resulta de interés para el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en tanto contribuye a sensibilizar a la ciudadanía
sobre los peligros que representa el racismo y la xenofobia en la convivencia de un
estado;
Que la Fundación Memoria del Holocausto se encuentra inscripta en la Inspección
General de Justicia bajo el N° 001152;
Que obra la pertinente solicitud de gasto en la cual consta que se cuenta con el
suficiente crédito presupuestario para hacer frente a la erogación en cuestión.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104, inc. 17 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba