Decreto N° 354. Obra: Construcción de Autovía Ruta Nacional Nº 36

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Abril de 2014
CÓRDOBA, 28 de julio de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIV - Nº 121 Primera Sección
1ª
AÑO CI - TOMO DXCIV - Nº 121
CORDOBA, (R.A.), LUNES 28 DE JULIO DE 2014
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Obra: Construcción de Autovía
Ruta Nacional Nº 36
Decreto N° 354 Córdoba, 16 de Abril de 2014
VISTO: el Expediente Nº 0045-016695/2013 - Cuerpos 1 al
9, en el que la Dirección Provincial de Vialidad, propicia por
Resolución Nº 00175/14 se adjudique la ejecución de los trabajos
de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE AUTOVÍA RUTA NACIONAL
Nº 36 - TRAMO: FIN VARIANTE PERILAGO - SAN AGUSTÍN
(INCLUYE VARIANTE SAN AGUSTÍN) - DEPARTAMENTOS:
TERCERO ARRIBA - CALAMUCHITA”, a la Empresa IECSA
S.A. por la suma de $ 385.550.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que concretado el pertinente llamado, se realiza el acto de
apertura de las ofertas que se presentaron al mismo, todo lo
cual quedó documentado mediante acta labrada al efecto que
obra en autos.
Que analizadas las ofertas, se produce el informe en
cumplimiento de las disposiciones de los artículos 29 y 30 del
Decreto Nº 4758/77 aprobatorio del Pliego General de
Condiciones de la Ley de Obras Públicas, y actual artículo 29
de la Ley Nº 8614, aconsejando adjudicar la obra de que se
trata a la Empresa IECSA S.A., por resultar ser la de menor
monto y la mas ventajosa, y que a la luz de lo examinado,
cumple con los aspectos de admisibilidad y requisitos formales
previstos por la normativa licitatoria.
Que se ha incorporado el Documento Contable (Nota de
Pedido), según lo dispuesto por el artículo N° 13 de la Ley de
Obras Públicas N° 8614.
Que consta en autos el correspondiente Certificado de
Habilitación para Adjudicación, expedido por el Registro de
Constructores de Obras (artículo 7 del Decreto Nº 8/98 y
Resolución Nº 0002/99) del entonces Ministerio de Obras,
Servicios Públicos y Vivienda).
Por ello, las previsiones del artículo 29 de la Ley 8614, artículo
31 del Pliego General de Condiciones (Decreto Nº 4758/77) lo
dispuesto por la Ley N°5901 (T.O. Ley 6300 y modificatorias),
lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del
Ministerio de Infraestructura con el Nº 163/2014, por Fiscalía de
Estado bajo el Nº 262/14 y en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 144 inciso 1° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- ADJUDÍCASE la ejecución de los trabajos de
la obra: “CONSTRUCCIÓN DE AUTOVÍA RUTA NACIONAL
Nº 36 - TRAMO: FIN VARIANTE PERILAGO - SAN AGUSTÍN
(INCLUYE VARIANTE SAN AGUSTÍN) - DEPARTAMENTOS:
TERCERO ARRIBA - CALAMUCHITA”, a la Empresa IECSA
S.A. por la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y
CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($
385.550.000,00).
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la
suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO
MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($
385.550.000,00), conforme lo indica el Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad
en su Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2014/
000539, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50,Programa 504-002, Partida 12.06.00.00,
Centro de Costo 5926 del P.V...........................$ 60.000.000,00
Importe Presupuesto
Futuro Año 2015 .........................................$ 325.550.000,00
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la
Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el contrato
pertinente, previa constitución de la correspondiente garantía
de cumplimiento y demás recaudos de ley.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese
Tramo: fin Variante Perilago - San Agustín
CONTINÚA EN PÁGINA 2
Decreto N° 767
Córdoba, 21 de Julio de 2014
VISTO: el Expediente Letra
“M”- Nº 19/13, Registro del Tri-
bunal de Disciplina Notarial.
Y CONSIDERANDO:
Que, en las presentes actuacio-
nes el Escribano Cristian
Bernardo MOGNI, Titular del
Registro Notarial Nº 272 con
asiento en la ciudad de Córdoba,
Departamento Capital, propone
como Adscripta a la Escribana
Dolores GRAGLIA, Matrícula
Profesional Nº 1971;
Que, obra la petición del
Escribano Titular y la con-
formidad de la propuesta como
adscripta, adjuntándose sus
datos personales y profe-
sionales.
Que, el Tribunal de Disciplina
Notarial informa que el Es-
cribano Cristian Bernardo
MOGNI, fue designado titular del
Registro Nº 272, con asiento en
la Ciudad de Córdoba, Depar-
tamento Capital, prestando
Juramento de Ley el día 15 de
Abril de 2011, y continuando en
ejercicio de sus funciones hasta
el día de la fecha, y que la
Escribana Dolores GRAGLIA no
es titular ni adscripta de ningún
Registro Notarial.
Que, se pronuncia en forma
favorable el Colegio de Es-
cribanos de la Provincia de
Córdoba, haciendo lo propio
el Tribunal de Disciplina No-
tarial.
Por ello, lo dispuesto por los
PODER
EJECUTIVO
artículos 17, 25, 26 y
concordantes de la Ley Orgánica
Notarial Nº 4183 y sus
modificatorias, artículos 44, 50 y
51 del Decreto Reglamentario Nº
2259/75, y lo dictaminado por la
Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales del Ministerio de
Gobierno y Seguridad con el N°
350/2014 y por la Fiscalía de
Estado bajo el N° 533, y en uso
de sus atribuciones Constitu-
cionales;
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE
a la Escribana Dolores GRAGLIA
(D.N.I. N° 23.869.122 - Clase
1974), Matrícula Profesional Nº
1971, como Adscripta al Registro
Notarial Nº 272, con asiento en
la Ciudad de Córdoba, Depar-
tamento Capital, de la Provincia
de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- El presente
decreto será refrendado por los
Señores Ministro de Gobierno y
Seguridad, y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCO-
LÍCESE, comuníquese, dése
intervención al Tribunal de
Disciplina Notarial, al Colegio de
Escribanos de la Provincia de
Córdoba, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ M. DE LA SOTA
GOBERNADOR
WALTER E. SAIEG
MINISTRO DE GOBIERNO
Y SEGURIDAD
JORGE E. CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

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