Decreto N° 887. Se aprueba Convenio con el INDEC

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición12 de Agosto de 2014
CÓRDOBA, 27 de agosto de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCV - Nº 142 Primera Sección
1ª
AÑO CI - TOMO DXCV - Nº 142
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 27 DE AGOSTO DE 2014
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Se aprueba Convenio con el INDEC
PODER
EJECUTIVO
Decreto N° 887 Córdoba, 12 de Agosto de 2014
VISTO: El expediente Nº 0463-053303/2014, del registro del
Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que en el mismo se tramita la aprobación del convenio
celebrado entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos del
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación,
representado por la Directora del citado Instituto Nacional y el
Gobierno de la Provincia de Córdoba, representado por el
Director General de Estadística y Censos, con el objeto de dar
cumplimiento al Programa de Estadística 2014, a cuyo fin se
implementa una colaboración técnica entre las partes signatarias
y en donde se establece entre otros aspectos, las funciones y
obligaciones de las mismas.
Que las actividades a desarrollar consisten en: 1) Encuesta
Permanente de Hogares Continua; 2) Encuesta Anual de
Hogares Urbanos - Extensión EPH; 3) Encuesta Industrial Men-
sual; 4) Índice de Precios al Consumidor Nacional Urbano; 5)
Encuesta Nacional Económica; 6) Índice de Salarios; 7) Encuesta
de Ocupación Hotelera; 8) Encuesta de Turismo Internacional;
9) Programa Nacional de Cartografía Unificado; 10) Estadísticas
de Permisos de Edificación; 11) Muestra Maestra Urbana de
Viviendas de la República Argentina; 12) Programa Análisis
Demográfico y 13) Mejoramiento de Estadísticas Vitales y de
Registro Civil.
Que el Instituto Nacional de Estadística y Censos se
compromete a financiar, con cargo a su presupuesto, los gastos
que demande el cumplimiento de dicho convenio, hasta un monto
de pesos tres millones veintiséis mil novecientos ochenta ($
3.026.980.-).
Que el convenio de que se trata se suscribió ad referéndum
del Poder Ejecutivo Provincial y el Señor Ministro de Economía
y Finanzas Públicas de la Nación.
Que la gestión cuenta con el impulso del señor Director Gen-
eral de Estadística y Censos.
Que obra visto bueno del Titular de la Cartera Ministerial Pro-
vincial referida.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto el
artículo 144 incisos 2) y 4) de la Constitución Provincial y de
acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales del Ministerio
de Finanzas al Nº 225/2014 y por Fiscalía de Estado al Nº
0569/2014,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Convenio de fecha 8 de
abril de 2014, celebrado entre el Instituto Nacional de Estadística
y Censos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la
Nación, representado por la Directora del citado Instituto Nacional
y el Gobierno de la Provincia de Córdoba, representado por el
Director General de Estadística y Censos, con el objeto de dar
cumplimiento al Programa de Estadística 2014 e implementar
una colaboración técnica recíproca a efectos de realizar las
acciones conducentes para cumplimentar las actividades allí
previstas, convenio que como Anexo I, con siete (7) fojas útiles
forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el
señor Ministro de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la
Legislatura de la Provincia para su tratamiento y aprobación,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_887.pdf
Decreto N° 167 Córdoba, 24 de Febrero de 2014
VISTO: el expediente N° 0045-016265/2012/A5, en el que la
Dirección Provincial de Vialidad, propicia por Resolución Nº 840/
2013 la aprobación del Acta Acuerdo de la primera Redeterminación
de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos corres-
pondiente al mes de agosto de 2013, por trabajos faltantes de
ejecutar en la obra: “CONTRATO MODULAR PARA DUPLI-
CACIÓN DE CALZADA EN RUTA NACIONAL N° 36 - TRAMO:
RÍO CUARTO - EMPALME RUTA PROVINCIAL N° 11 y RUTAS
VARIAS DE LA ZONA 4 - DEPARTAMENTOS: RÍO CUARTO -
CALAMUCHITA - TERCERO ARRIBA - JUÁREZ CELMAN -
PROVINCIA DE CÓRDOBA”, suscripta el día 4 de noviembre de
2013, entre el señor Presidente de la Dirección Provincial de
Vialidad, y el Presidente de la Empresa A.PE.S.A., contratista de la
obra.
Y CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las
previsiones del Decreto Nº 1231/2010, modificatorio de su similar N°
1133/2010, conforme lo establecido por el Artículo 8º del Pliego Parti-
cular de Condiciones y la Aclaratoria sin Consulta N° 1 obrantes en
autos.
Que por Decreto N° 697 del 7 de junio de 2013 se dispuso la
adjudicación de la obra de referencia a la Empresa A. PE. S.A.,
firmándose el contrato de obra el 19 de julio de 2013.
Que se incorpora la documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que de acuerdo al procedimiento establecido en relación al artículo
10 del Anexo I al Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar
N° 1133/2010, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos
establecidos, produciéndose una variación de costos de la obra
superior al 7% entre la fecha de licitación, abril de 2013 y la fecha
de la solicitud de redeterminación agosto de 2013, estableciéndose
la comparación entre las tablas de valores correspondientes a los
meses inmediatamente anteriores a cada una de ellos.
Que de acuerdo a lo informado por la repartición actuante, al
momento de la primera redeterminación se ha ejecutado un 13%
de la obra, no habiéndose liquidado Anticipo Financiero.
Que la redeterminación en cuestión genera un Fri (Factor de
Redeterminación) igual a 1,07167, lo que produce un monto de
obra faltante de ejecutar redeterminado de $ 122.967.619,66,
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