Decreto N° 933

EmisorMrio de Agroindustria
Fecha de la disposición27 de Junio de 2013

DECRETO N° 933

Mendoza, 27 de junio de 2013

Visto el expediente N° 936-M-13-01283, en el cual el Ministerio de Agroindustria y Tecnología gestiona la modificación de la Planta de Personal para posibilitar la creación de cargos dispuesta por el Artículo 61 de la Ley N° 8530; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 8372 se ratificó el Decreto N° 2106 de fecha 26 de agosto de 2011, el cual homologó el Acta Acuerdo que acordó el cronograma de pase a Planta Permanente del personal contratado;

Que es necesaria la creación de un (01) cargo, utilizando la previsión del Artículo 61 Inc. a) de la Ley N° 8530;

Que el cargo que se crea por el presente mecanismo queda exceptuado del congelamiento de vacantes conforme lo dispone el Artículo 53 de la Ley N° 8530;

Que para atender lo solicitado en las presentes actuaciones, es necesario adecuar la partida de personal a través de una modificación presupuestaria, la que no implica el incremento del gasto autorizado a nivel global, ni entorpecerá el normal funcionamiento del Ministerio de Agroindustria y Tecnología en el presente Ejercicio hasta el 31 de diciembre de 2013;

Por ello, en razón de lo solicitado e informado por la Subdirección de Recursos Humanos y por la Dirección de Administración del Ministerio de Agroindustria y Tecnología, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos , 53, 56 Inc. b), 61 Incs. a) y b) de la Ley N° 8530 - Presupuesto año 2013 y Artículos 1°, 28 y 47 del Decreto Acuerdo N° 354/13,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 2°

Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente año 2013 de la Administración Pública Provincial y créese en el Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión, el cargo que se indica en la Planilla Anexa II que forma parte del presente decreto.

Artículo 3°

El volante de imputación preventiva de presupuesto y cargo intervenido por Contaduría General de la Provincia deberá incorporarse en la pieza administrativa de designación previo a la emisión de la resolución.

Artículo 4°

El presente decreto será notificado a Contaduría General de la Provincia para su registración.

Artículo 5°

Lo dispuesto por el presente decreto tendrá vigencia a partir de la fecha en que regirá la resolución de designación.

Artículo 6°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y...

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