Decreto N° 821

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Julio de 2014
CÓRDOBA, 8 de agosto de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCV - Nº 130 Primera Sección 3
presente Decreto.
ARTÍCULO 4º.- ENCOMIÉNDASE al Ministerio
de Finanzas la realización de las adecuaciones
presupuestarias pertinentes a los fines del
cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTÍCULO 5º.- EL presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de Finanzas,
Ministro de Gestión Pública y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 6º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la
Secretaría de Capital Humano del Ministerio de
Gestión Pública y a la Caja de Jubilaciones,
Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba,
comuníquese, publíquese y archívese.
CRA. ALICIA MÓNICA PREGNO
VICEGOBERNADORA
A/C. DEL PODER EJECUTIVO
CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA
DR. JOSÉ EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d557.pdf
Córdoba, 29 de Julio de 2014
VISTO: El Expediente N° 0485-019422/2014
del registro del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos.
Y CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo N° 269 -Serie “A”- de fecha 29
de Mayo de 2014, el Tribunal Superior de Justicia
tomó razón de la Resolución Serie “A” N° 004.520
de fecha 11 de Noviembre de 2013 dictada por la
Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de
Córdoba, por la que se acordó la Jubilación Ordi-
naria de la Ley N° 8024 al Doctor Alberto Eduardo
CRUCELLA, M.I. N° 11.051.222, Vocal de Cámara
de la Cámara en lo Criminal de Sexta Nominación
de esta Capital perteneciente a la Primera
Circunscripción, resolviendo dar de baja al mismo
a partir del 01 de Septiembre de 2014.
Por ello, lo informado por la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos bajo el N° 058/2014
y lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N°
511/2014, en ejercicio de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- DASE DE BAJA de la Planta
del Poder Judicial, a partir del 01 de Septiembre
de 2014, al Doctor Alberto Eduardo CRUCELLA,
M.I. N° 11.051.222, Vocal de Cámara de la Cámara
en lo Criminal de Sexta Nominación de esta Capital
perteneciente a la Primera Circunscripción de la
Provincia de Córdoba, en razón de habérsele
otorgado los beneficios de la Jubilación Ordinaria
de la Ley N° 8024.
ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto será
refrendado por la señora Ministra de Justicia y
Derechos Humanos y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, comu-
níquese, dese al Tribunal Superior de Justicia, y a
la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de
Córdoba, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial
y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 21 de Julio de 2014
VISTO: El expediente N° 0109-54431/2000 y
su agregado por cuerda floja N° 0109-41449/1996,
del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la
aprobación del contrato de comodato celebrado
entre la Dirección General de Nivel Inicial y
Primario dependiente del Ministerio de Educación
-en carácter de comodante- y la Asociación
Instituto Privado Villa de las Rosas, en carácter
de comodatario.
Que por el referido contrato, el comodante cede
al comodatario, en calidad de préstamo de uso,
instalaciones correspondientes al inmueble
donde funcionaba la Escuela de Nivel Primario
“DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO” de Villa
de las Rosas, para el funcionamiento del Instituto
Privado Adscripto Villa de las Rosas, con vigencia
a partir del 1° de febrero de 2013 y hasta el 31
de enero de 2018.
Que se ha incorporado en autos el contrato de
comodato de fecha 30 de octubre de 2012, con
vigencia a partir del 1° de febrero de 2013 y
hasta el 31 de enero de 2018, como así mismo
actuaciones que dan cuentan de la ocupación
de las instalaciones de que se trata, sin que se
hubiere materializado el instrumento legal de
rigor.
Que del contrato celebrado surgen los
derechos y obligaciones que asumen las partes,
adecuándose a los extremos exigidos del artículo
2255 correlativos y concordantes del Código
Civil.
Que en consecuencia, procede en esta
instancia adoptar las siguientes medidas, al no
existir impedimentos desde el punto de vista
jurídico-formal y por constituir un acto de buena
administración a título gratuito.
Por ello, los informes producidos, lo
dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio
de Educación y por Fiscalía de Estado bajo
los Nros. 0770/14, 529/14 , respectivamente y
en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- CONVALÍDASE lo actuado por
el Ministerio de Educación en relación a la ocupa
ción en carácter de préstamo de uso de las
instalaciones correspondientes al inmueble donde
funcionaba la Escuela de Nivel Primario “DOMINGO
FAUSTINO SARMIENTO” de Villa de las Rosas,
para el funcionamiento del Instituto Privado Adscripto
Villa de las Rosas, a partir del 1° de febrero de
2013 y en consecuencia APRUÉBASE el contrato
de comodato celebrado entre el Ministerio de
Educación y la Asociación Instituto Privado Villa de
las Rosas, a partir de la fecha del presente
dispositivo legal y hasta el 31 de enero de 2018,
de conformidad al contrato, que como Anexo I
compuesto de una (1) foja, forma parte integrante
de este instrumento legal.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será
refrendado por el señor Ministro de Educación y el
señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d769.pdf
Decreto N° 594
Córdoba, 10 de Junio de 2014
VISTO: el expediente N° 0045-016679/2013 del
Registro de la Dirección Provincial de Vialidad
dependiente del Ministerio de Infraestructura,
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la
Dirección Provincial de Vialidad propone por
Resolución Nº 00219/14 se autorice el llamado
a Licitación Pública para la contratación de la:
“OBRA BÁSICA Y PAVIMENTACIÓN DE RUTA
PROVINCIAL N° E-52 - TRAMO: LA
TORDILLA - LA PARA (RUTA PROVINCIAL
N° 17) - 1° SECCIÓN: LA TORDILLA -
INTERSECCIÓN ACCESO A TORO PUJIO -
DEPAR TAMENTOS: RÍO PRIMERO - SAN
JUSTO”, cuyo Presupuesto Oficial asciende
a la suma de $ 98.754.157,67.
Que la citada Dirección ha procedido a
aprobar la correspondiente documentación
base del llamado, como asimismo su
Presupuesto Oficial, todo en cumplimiento de
las disposiciones del artículo 1º del Decreto
Nº 4757/77, Reglamentario de la Ley de Obras
Públicas y artículo 2º del Pliego General de
Condiciones, aprobado por Decreto Nº 4758/77.
Que se acompaña Memoria Descriptiva del
proyecto, Pliego Particular de Condiciones con
sus anexos, Pliego Particular de Especifi caciones
Técnicas, Cómputo Métrico Analítico, Planos y
Presupuesto Oficial y Pliego Complementario al
Pliego Particular de Condiciones, referidos a la
obra de que se trata previendo el plazo para la
ejecución total establecidos en setecientos treinta
(730) días.
Que al respecto previo a la fijación del llamado
y venta de Pliegos, deberá el área de origen,
adecuarse el Pliego Particular de Condiciones
en relación a las actuales normas vigentes, al
cual deberán adaptarse las pautas del citado
Pliego.
Que se ha realizado la afectación preventiva
del gasto de conformidad con el Documento
Contable-Nota de Pedido N° 2014/000602
incorporado en autos; asimismo Nota de Pedido
N° 2014/000696 para afrontar los gastos co-
rrespondientes a publicidad.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa
citada, lo dispuesto por la Ley N° 5901, t.o. Ley
N° 6300 y modificatorias, lo dictaminado por la
Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 192/14; por Fiscalía de
Estado bajo el N° 000391/14 y en uso de sus
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE el llamado a
Licitación Pública para la contratación de la :
“OBRA BÁSICA Y PAVIMENTACIÓN DE RUTA
PROVINCIAL N° E-52 - TRAMO: LA TORDILLA
- LA PARA (RUTA PROVINCIAL N° 17) - 1°
SECCIÓN: LA TORDILLA - INTERSECCIÓN
ACCESO A TORO PUJIO - DEPARTA MENTOS:
RÍO PRIMERO - SAN JUSTO”, cuyo Presupuesto
Oficial asciende a la suma de Pesos Noventa
y Ocho Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro
Mil Ciento Cincuenta y Siete con Sesenta y Siete
Centavos ($ 98.754.157,67).
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que
asciende a la suma de Pesos Noventa y Ocho
Millones Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Ciento
Cincuenta y Siete con Sesenta y Siete Centavos
($ 98.754.157,67), conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad en su Documento
de Contabilidad-Nota de Pedido N° 2014/000602,
de acuerdo al siguiente detalle: la suma de Pesos
Quinientos Mil ( $ 500.000,00) a Jurisdicción 1.50,
Programa 504-002, Partida: 12.06.00.00, Centro
de Costo 6103 del P.V., y la suma de Pesos
Noventa y Ocho Millones Doscientos Cincuenta
y Cuatro Mil Ciento Cincuenta y Siete con Sesenta
y Siete Centavos ($ 98.254.157,67) a Importe
Futuro Año 2015.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE a la Dirección Pro-
vincial de Vialidad, para que proceda a fijar la fecha
de la Licitación Pública, en los términos que
técnicamente estime conveniente, adecuando previa-
mente el Pliego Particular de Condiciones de acuerdo
a lo señalado en los fundamentos del presente
instrumento legal, debiendo asimismo determinar
lugar y hora de apertura de sobres.
ARTÍCULO 4º.- IMPÚTANSE los gastos que
demande la publicidad que ascienden a la suma
de Pesos Quince Mil Novecientos doce ($
15.912,00), conforme lo indica el Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provin-
cial de Vialidad, en su Documento de Contabilidad-
Nota de Pedido Nº 2014/000696 con cargo a
Jurisdicción 1.50, Programa 504-001, Partida
3.09.01.00 del P.V.
ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 6º.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la
Dirección Provincial de Vialidad dependiente del
Ministerio de Infraestructura a sus efectos y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

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