Decreto N° 785

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2014

DECRETO N° 785

Mendoza, 9 de mayo de 2014

Visto el expediente 330-D-2014-77747, en el cual la Subdirección Administrativo Contable dependiente de la Subsecretaría de Salud solicita la incorporación del remanente del Ejercicio 2013, correspondiente al Financiamiento 95, "Remesas de la Nación para destinos varios", y Financiamiento 230, "Programa Plan nacer - Direc. Mat. e Infancia", al Presupuesto 2014, y

CONSIDERANDO:

Que existe un remanente según consta en certificación de Contaduría General de la Provincia a fojas N° 08 a 14 respectivamente, del expediente de referencia.

Que a la fecha de este decreto el Poder Ejecutivo ha debido reimplantar para el año 2014 el presupuesto aprobado por la Ley 8.530 en sus partidas ordinarias, entendiendo por tales a todos aquellos recursos o gastos habituales y necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Estado, incluyéndose además, las disposiciones que dan operatividad a dichas partidas, quedando excluidas las partidas extraordinarias, entendiendo por tales a los recursos y gastos atípicos y excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y de comportamiento similar esperado en el futuro, según lo establecido en el artículo 99 inc. 3 de la Constitución Provincial, artículo 5° y "Capítulo XI - "De la reconducción del presupuesto" de la Ley 3.799, y demás disposiciones establecidas por la Ley 8.667".

Por ello, y en virtud de la facultad conferida por el Decreto 2555/13, el cual reimplanta el presupuesto del ejercicio 2013 en el año 2014, art. 9° inc. b), 15 inc. d), 80 y 81 de la Ley N° 8530, Presupuesto 2013, art. 5°, 32, 33 y 47 del Decreto Acuerdo 354/13 y art. 1° de la Ley 8.667.

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 4°

El presente decreto será refrendado por los Señores Ministro de Salud y Ministro de Hacienda y Finanzas.

Artículo 5°

El presente decreto deberá ser comunicado a Contaduría General de la Provincia, para su registración.

Artículo 6°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Matías Ernesto Roby

Marcelo Fabián Costa

PLANILLA ANEXA I

Expediente Nº 330-D-2014-77747 - Decreto Nº 785

Ejercicio: 2014

Nro. CUC.: 42

Nro. Comp.: 156

0

0

00/00/00

1

08

75

S96075

41201

95

320.000,00

0,00

950000000

0

1

08

75

S96075

41301

95

18.524,00

0,00

124000000

0

1

08

75

S96094

41201

95

140.000,00

0,00

950000000

0

1

08

75

S96094

51201

95

170.000,00

0,00

512000000

0

1

08

75

S96096

41201

95

330.000,00

0,00

950000000

0

1

08

75

S96096

41301

95

260.000,00

0,00

124000000

0

1

08

75

S96096

41305

95

120.000,00

0,00

148000000

0

1

08

75

S96096

41308

95

150.000,00

0,00

630000000

0

1

08

75

S96096

51101

95

280.000,00

0,00

950000000

0

1

08

75

S96096

51201

95

4.250.000,00

0,00

512000000

0

1

...

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