Decreto N° 763

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Julio de 2014
CÓRDOBA, 25 de setiembre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 163 Primera Sección 3
Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el Nº 177/
2014 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 383/2014 y en uso de sus
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- ADJUDÍCASE la realización de los trabajos de
la Obra: “CONSERVACIÓN MEJORATIVA DE RUTAS
PAVIMENTADAS DE LA ZONA 3 - ZONA CENTRO, ESTE Y
SURESTE - DEPARTAMENTOS: GENERAL SAN MARTÍN -
UNIÓN - MARCOS JUAREZ - JUAREZ CELMAN - SAN JUSTO”,
a la empresa A.PE. S.A. por la suma de Pesos Ciento Cincuenta
y Dos Millones Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Ciento Cincuenta
y Seis ($152.355.156).
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
total de Pesos Ciento Cincuenta y Dos Millones Trescientos
Cincuenta y Cinco Mil Ciento Cincuenta y Seis ($152.355.156), de
acuerdo al siguiente detalle: la suma de Pesos Diez Millones
($10.000.000) a Jurisdicción, 1.50 Programa 527-000 Partida
12.06.00.00 del P.V y la suma de Pesos Ciento Cuarenta y Dos
Millones Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Ciento Cincuenta y
Seis ($142.355.156) a Importe Futuro, conforme lo indica la
Dirección General de Administración del Ministerio de Infraestructura
en su Documento de Contabilidad-Nota de Pedido Nº 2014/
000482.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Director de Vialidad
dependiente del Ministerio de Infraestructura a suscribir el contrato
pertinente, previa constitución de la correspondiente garantía de
cumplimiento de contrato por parte de la empresa A.PE. S.A., y
demás recaudos de Ley.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la
Dirección General de Administración del Ministerio de
Infraestructura, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a
la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 628 Córdoba, 28 de Mayo de 2013
VISTO: La Nota Nro. DEIP01-094592050-309, del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que se tramita en autos, la aprobación de un contrato de co-
modato celebrado entre la entonces Dirección General de Edu-
cación Inicial y Primaria, dependiente del Ministerio de Educación
-en carácter de comodante- y el Club Unión Deportiva Laspiur,
representado por su Presidente -señor Adrián LOZANO-, en
carácter de comodatario.Que por el referido contrato, el comodante
cede en calidad de préstamo de uso al comodatario, instalaciones
correspondientes a la Escuela de Nivel Primario “DALMACIO
VÉLEZ SARSFIELD” de Saturnino María Laspiur, dependiente
de la citada Dirección General -Ministerio de Educación- para el
desarrollo de actividades deportivas y destrezas criollas, con vigencia
a partir del 10 de noviembre de 2010 y por el término de diez (10)
años.
Que obra en autos el contrato de que se trata, donde surgen los
derechos y obligaciones que asumen las partes, adecuándose a
los extremos exigidos por el artículo 2255 y concordantes del
Que de la documental incorporada con posterioridad, se advierte
que desde el 12 de marzo de 2009 el comodatario viene haciendo
uso de la referidas instalaciones sin que se haya dictado
oportunamente el pertinente acto administrativo homologatorio.
Que en consecuencia, procede en esta instancia aprobar el
contrato de que se trata, al no existir impedimentos desde el punto
de vista jurídico-formal y por constituir un acto de buena
administración a título gratuito.
Por ello, los informes producidos, los Dictámenes Nros. 0927/11
del Área Jurídica del Ministerio de Educación y 0835/12 de Fiscalía
de Estado;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- APRUÉBASE el contrato de comodato,
celebrado entre la entonces Dirección General de Educación
Inicial y Primaria, dependiente del Ministerio de Educación, -en
carácter de comodante- y el Club Unión Deportiva Laspiur,
representado por su Presidente, señor Adrián LOZANO (M.I. N°
26.370.613) -en carácter de comodatario-, por el cual el Estado
Provincial cede en calidad de préstamo de uso, instalaciones
correspondientes a la Escuela de Nivel Primario “DALMACIO
VÉLEZ SARSFIELD” de Saturnino María Laspiur, de la citada
Dirección General -Ministerio de Educación-, para el desarrollo de
actividades deportivas y destrezas criollas, a partir del 11 de
noviembre de 2010 y por el término de diez (10) años y en las
condiciones que se estipulan en el contrato que como Anexo I con
tres (3) fojas, forma parte integrante del presente instrumento
legal, CONVALÍDASE el uso y goce del aludido inmueble por
parte del comodatario, desde el 12 de marzo de 2009 y hasta el 10
de noviembre de 2010.-
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.-
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.-
DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d628.pdf
Decreto N° 763 Córdoba, 16 de Julio de 2014
VISTO: El expediente Nº 0045-016852/2014 del Registro de la
Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la individualización
del bien declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación para
la obra: “REHABILITACIÓN RUTA PROVINCIAL A-103 - CAMINO
A SAN CARLOS - TRAMO AVENIDA DE CIRCUNVALACIÓN - 4
KM HACIA EL SUR”
Que el Departamento II Tierras y Valuaciones de la Dirección
Provincial de Vialidad, informa que para la ejecución de la obra
mencionada es necesario ocupar una fracción de terreno propiedad
de los señores María Graciela del Carmen VENEZIA de
FASSETTA, Marcelo Enrique VENEZIA y Roberto Carlos
VENEZIA, inscripto en el Dominio Matrícula Folio Real Nº 155.161,
con una superficie a ocupar de 0 Ha. 0542,03 m2, ubicado en el
lugar denominado Establecimiento San Carlos, Suburbios Sur,
Municipio de Córdoba - Departamento Capital.
Que se han incorporado en autos copias de título de propiedad
(Matrícula Folio Real) y del plano de Mensura para expropiación
en trámite de visación, así como detalles relativos a la fracción de
terreno de que se trata.
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 49 de la Ley N°
10176 (Presupuesto General para la Administración Pública Pro-
vincial - Año 2014), el inmueble de que se trata ha sido declarado
de utilidad pública y sujeto a expropiación, encontrándose la obra
debidamente identificada en el Plan de Inversiones Públicas,
declaración genérica conforme artículo 2 de la Ley N° 6394,
pudiendo procederse como se gestiona.
Que debe darse la intervención pertinente al Consejo General
de Tasaciones de la Provincia, a los fines de que fije el valor
máximo correspondiente en concepto de total indemnización por
la fracción del bien a expropiar.
Por ello, la normativa citada, lo dictaminado por la Dirección
General de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con
el Nº 275/2014, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 000477/14, y en
uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- INDIVIDUALÍZASE el bien declarado de utilidad
pública y sujeto a expropiación, conforme las prescripciones del
artículo 49 de la Ley N° 10176 (Presupuesto General para la
Administración Pública Provincial - Año 2014), ubicado en Municipio
de Córdoba, Departamento Capital, lugar denominado
Establecimiento San Carlos, Suburbios Sur, para la ejecución de la
obra: “REHABILITACIÓN RUTA PROVINCIAL A-103 - CAMINO
A SAN CARLOS - TRAMO AVENIDA DE CIRCUNVALACIÓN - 4
KM HACIA EL SUR”, Propiedad N° 11-01-2012324/6 a nombre
de María Graciela del Carmen VENEZIA de FASSETTA, Marcelo
Enrique VENEZIA y Roberto Carlos VENEZIA, Nomenclatura
Catastral C:28 - S:17 - Mz:001 - P:042, inscripto en el Registro
General de la Provincia en relación a la Matrícula Folio Real Nº
155.161, con una superficie total a ocupar de 0 Ha. 0542,03 m2,
según plano de mensura para expropiación e informe que como
Anexo I, compuesto de dos (2) fojas útiles se acompaña y forma
parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- DETERMÍNESE el valor indemnizatorio del
bien por intermedio del Consejo General de Tasaciones de la
Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, dese intervención al Consejo General de
Tasaciones de la Provincia, pase a la Dirección Provincial de Vialidad
dependiente del Ministerio de Infraestructura a sus efectos y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d763.pdf
Decreto N° 798 Córdoba, 29 de Julio de 2014
VISTO: el expediente Nº 0135-026822/12 (Cuerpos I y II) del
Registro de la Dirección General de Vivienda, dependiente del
Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la aceptación y
agradecimiento de la donación efectuada por la Municipalidad de
Jesús María a favor de la referenciada Dirección, General de
Vivienda, de los inmuebles ubicados en la Ciudad de Jesús María,
Pedanía Cañas; Departamento Colón, Provincia de Córdoba,
designadas como Lotes 1 a 20 de la Manzana 174; Lotes 1 a 24 de
la Manzana 176; Lotes 1 a 20 de la Manzana 177; Lotes 1 a 204
de la Manzana 179; Lotes 1 al 20 de la Manzana 180; Lotes 1 a 20

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