Decreto N° 733

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 4 de Julio de 2014
CÓRDOBA, 25 de julio de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIV - Nº 120 Primera Sección 3
Área Jurídica del Ministerio de Educación y lo dictaminado por
Fiscalía de Estado bajo el N° 000207/14 y en uso de sus
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- RATIFÍCASE la Resolución N° 0398/12, de la
entonces Dirección General de Educación Inicial y Primaria -
Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso, la
recategorización de la Escuela de Nivel Primario “LA
RECONQUISTA” de Salsipuedes -Departamento Colón-, como
así también el ascenso de categoría de la docente María Luz
CARDOZO (M.I.N° 18.501.489), en los términos y condiciones
que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante
de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una (1)
foja.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en el presente decreto se imputará al P.V: Jurisdicción
1.35; Programa 354; Partidas: Principal 01 y Parcial 01 “Per-
sonal Permanente”; Grupo 13; Cargo 255 “Director Escuela
Primaria de Primera”.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección Gene-
ral de Administración de Capital Humano, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d749.pdf
Decreto N° 733 Córdoba, 4 de Julio de 2014
VISTO: Las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la
Constitución Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que a fin de cumplimentar el mandato constitucional, se hace
necesario designar Síndico de la Caja de Previsión y Seguridad
Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba
al Dr. Fabián Antonio Girolimetto.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con lo
dispuesto por los incisos 1º y 10 del artículo 144 y concordantes
de la Constitución Provincial.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente
Decreto y por el término de tres (3) años, en el cargo de Síndico
de la Caja de Previsión y Seguridad Social de Abogados y
Procuradores de la Provincia de Córdoba al Dr. Fabián Antonio
GIROLIMETTO (D.N.I. Nº 24.707.472).
ARTÍCULO 2º.- El Ministerio de Finanzas efectuará las
adecuaciones que correspondan a los fines del cumplimiento
presupuestario de lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el
señor Ministro de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la
Dirección General de Administración de Capital Humano,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA
Resolución N° 29 Córdoba, 4 de Abril de 2014
Expte. Nº 0135-029041/2013
VISTO: este expediente en el que la Dirección General de
Vivienda dependiente de este Ministerio propicia por Resolución
Nº 0409/13 modificada por sus similares N° 0084/14 y Nº 0016/
14 la aprobación del Acta Acuerdo de la primera Redeterminación
de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos
correspondiente al mes de agosto de 2013, por trabajos faltantes
de ejecutar consistentes en: “DEMOLICIÓN, MOVIMIENTO Y
CONTENCIÓN DE SUELO, MOVIMIENTO DE CERCOS,
DESMALEZAMIENTO Y CEGADO DE POZOS
ABSORBENTES, PILAR DE LUZ PARA ACOMETIDA
SUBTERRÁNEA CON LIMITADOR DE CONSUMO EN
ASENTAMIENTO BARRANCO YACO - SECTOR II - CÓRDOBA
CAPITAL”, suscripta el día 29 de octubre de 2013, entre el
Secretario de Obras Públicas a cargo de la Dirección General
de Vivienda y el Representante Legal de la empresa SCALA
EMPRESA CONSTRUCTORA S.R.L., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial N° 1231/10, modificatorio
de su similar Nº 1133/10. Que consta en autos la documentación
presentada por la contratista fundamentando su petición.
Que la contratista solicita la primera Redeterminación de Precio
de la obra de que se trata mediante nota obrante en autos,
incorporando documental donde se describen variaciones de
precios con mes base septiembre/2012 - julio/2013, Fórmulas
Polinómicas, Listados de Insumos, Costos de la Construcción,
constando que la obra cuenta con un avance físico ejecutado del
0,00 %, que arroja para el período una variación del 8,94%,
con un monto de Redeterminación de $ 402.253,09, y un valor
de obra a agosto de 2013 de $ 5.401.334,50.
Que la Dirección de Jurisdicción Técnica de la Dirección Gene-
ral de Vivienda informa que los cálculos presentados por la
contratista se han realizado según la metodología prevista en el
Pliego de Condiciones Particulares del llamado a licitación de la
obra de que se trata, que los mismos son correctos, y que la
presentación se ajusta a lo previsto por el Artículo 13 del Anexo
I al Decreto Nº 1133/10, modificado por su similar Nº 1231/10
y a la Circular de Fiscalía de Estado Nº 0001/13, determinando
los montos correspondientes a la primera redeterminación
correspondiente al mes de agosto de 2013 y el nuevo precio del
contrato.
Que en consecuencia, al darse cumplimiento a lo establecido
en el Anexo I al Decreto Nº 1231/10, modificatorio de su similar
Nº 1133/10 y Circular Nº 001/13 de Fiscalía de Estado, y
contempladas las demás previsiones de dicha normativa para
los cálculos efectuados, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del precitado Decreto, lo
cual queda evidenciado en el Acta Acuerdo, puede procederse
como se gestiona.
Que se ha incorporado a fs. 25 de autos Documento de
Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2014/00015, por la suma de $
402.253,09.
Por ello, las normas legales citadas, lo prescripto en el artículo14
del Anexo I al Decreto N° 1231/10, modificatorio de su similar
1133/10, y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio con el N° 18/14,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acta Acuerdo de la primera
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos correspondientes al mes de agosto de 2013, por trabajos
faltantes de ejecutar consistentes en: “DEMOLICIÓN,
MOVIMIENTO Y CONTENCIÓN DE SUELO, MOVIMIENTO
DE CERCOS, DESMALEZAMIENTO Y CEGADO DE POZOS
ABSORBENTES, PILAR DE LUZ PARA ACOMETIDA
SUBTERRÁNEA CON LIMITADOR DE CONSUMO EN
ASENTAMIENTO BARRANCO YACO - SECTOR II -
CÓRDOBA CAPITAL”, por la suma total de PESOS
CUATROCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y
TRES CON NUEVE CENTAVOS ($ 402.253,09), suscripta con
fecha 29 de octubre de 2013, entre el señor Secretario de Obras
Públicas, Ingeniero Isaac RAHMANE a cargo de la Dirección
General de Vivienda, por una parte, y el Representante
de la empresa SCALA EMPRESA CONSTRUCTORA S.R.L.,
Arquitecto Raúl Alberto LERDA, contratista de la obra, por la
otra, que como Anexo I, compuesto de DOS (2) fojas, integran la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma
total de PESOS CUATROCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA Y TRES CON NUEVE CENTAVOS ($
402.253,09), conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción
Económico Financiero y de Administración de la Dirección Gen-
eral de Vivienda, en su Documento de Contabilidad (Nota de
Pedido) Nº 2014/000015, con cargo a Jurisdicción 1.50,
Programa 524-000, Partida 10.05.02.00 del P.V.
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Secretario de Obras
Públicas, a cargo de la Dirección General de Vivienda a suscribir
la Enmienda de Contrato por Redeterminación de Precio,
debiendo la Contratista ampliar la garantía constituida.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la
Dirección de Jurisdicción Económico Financiero y de
Administración de la Dirección General de Vivienda, al Tribunal
de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_10_r29.pdf
Resolución N° 23 Córdoba, 28 de Marzo de 2014
Expediente Nº 0047-002547/13.-
VISTO: este Expediente en el que obra el Acuerdo suscripto
con fecha 8 de octubre de 2013, entre el Gobierno de la Provincia
de Córdoba y la Comunidad Regional Punilla, del cual surge el
compromiso asumido por ambas partes de llevar adelante la
Obra: “REFUNCIONALIZACIÓN DEL PUENTE PEATONAL
LAS MOJARRAS - CAMINO A BIALET MASSÉ -
DEPARTAMENTO PUNILLA”, explicitándose las razones que
lo justifican.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha incorporado en autos documental relativa a la obra
de que se trata.
Que la Provincia de Córdoba, a través de este Ministerio, asume
el costo que demande la ejecución de la obra descripta la cual

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