Decreto N° 1.213
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 24 de Julio de 2014 |
Mendoza, 24 de julio de 2014
Visto el expediente 1495-M-13-77770 y sus acumulados 288-A-12-04815 y 223-A-13-04815, en el cual se solicita la aprobación del Convenio Marco, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud, representado por el Sr. Ministro Dr. Matías Ernesto Roby y la Municipalidad de Las Heras, representada por el Sr. Intendente Dn. Pedro Rubén Miranda, con el objeto de coordinar las acciones conducentes a lograr la optimización de los recursos: tecnológicos, humanos, edilicios, insumos, movilidad, etc., en la medida de las necesidades y de la disponibilidad económica y funcional de cada una de las partes signatarias.
Por ello, en razón del pedido formulado y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Legal del Ministerio de Salud,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Apruébese el Convenio Marco, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud, representado por el Sr. Ministro Dr. Matías Ernesto Roby y la Municipalidad de Las Heras, representada por el Sr. Intendente Dn. Pedro Rubén Miranda, con el objeto de coordinar las acciones conducentes a lograr la optimización de los recursos: tecnológicos, humanos, edilicios, insumos, movilidad, etc., en la medida de las necesidades y de la disponibilidad económica y funcional de cada una de las partes signatarias, el que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Trabajo, Justicia y Gobierno.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
FRANCISCO HUMBERTO PEREZ
Matías Ernesto Roby
Rodolfo Manuel Lafalla
ANEXO
Convenio Marco
Entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, representado en este acto por el Sr. Ministro Dr. Matías E. Roby, con domicilio legal en Av. Peltier N° 351 - Ciudad de Mendoza (5500), en adelante "EL MINISTERIO" por una parte, y por otra, la Municipalidad de las Heras representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Don Pedro Rubén Miranda, con domicilio en calle San Miguel y Rivadavia de Las Heras, Mendoza, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", acuerdan celebrar el presente Convenio Marco conforme a las siguientes declaraciones y consecuentemente a las cláusulas que lo suceden.
DECLARACIONES
Los Municipios constituyen un espacio territorial local, social y político donde se pueden consolidar y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba