Decreto N° 523

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición20 de Mayo de 2014
Primera SecciónBOLETÍNOFICIAL - AÑO CI - TOMODXCII - Nº 78CÓRDOBA, 27 de mayo de 20142
vencimiento y por el término de Ley, el orden de mérito definitivo
confeccionado por Acuerdo N° 23 de fecha 18 de abril de 2013
del Consejo de la Magistratura de la Provincia, correspondiente
al concurso para el cargo de Juez de Conciliación -Capital-.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la
Señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el
Señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese al
Consejo de la Magistratura de la Provincia, al Tribunal Supe-
rior de Justicia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DRA. GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRADE JUSTICIAY DERECHOS HUMANOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCALDE ESTADO
Decreto N° 523Córdoba, 20 de Mayo de 2014
VISTO: La solicitud efectuada por el señor Fiscal General de
la Provincia, de prórroga del Orden de Mérito del concurso
para el cargo de Fiscal de Instrucción.
Y CONSIDERANDO:
VIENE DE TAPA
Se prorrogan...
Que es facultad de este Poder Ejecutivo, atento las
necesidades del servicio de justicia, y más allá de la tarea que
viene realizando el Consejo de la Magistratura, disponer la
prórroga del orden de mérito correspondiente al concurso para
la cobertura del cargo de Fiscal de Instrucción -Capital e Inte-
rior Provincial-, aprobado por Acuerdo N° 32 del Consejo de
la Magistratura de la Provincia, de fecha 27 de mayo de 2013.
Por ello, lo dispuesto por el Artículo 31 de la Ley N° 8802 y
sus modificatorias, y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- PRORRÓGASE, desde la fecha de su
vencimiento y por el término de Ley, el orden de mérito definitivo
confeccionado por Acuerdo N° 32 de fecha 27 de mayo de
2013 del Consejo de la Magistratura de la Provincia,
correspondiente al concurso para el cargo de Fiscal de
Instrucción -Capital e Interior Provincial-.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la
Señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el
Señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese al
Consejo de la Magistratura de la Provincia, a la Fiscalía Gene
ral, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DRA. GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRADE JUSTICIAY DERECHOS HUMANOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCALDE ESTADO
Decreto N° 496Córdoba, 19 de Mayo de 2014
VISTO: el Expediente N° 0109-102545/2011 del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones obra la Resolución N° 0100/
2013 de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, dependiente
del citado Ministerio, mediante la cual se dispuso ad referendum
de la autoridad competente, suspender provisoriamente el servicio
educativo en la Escuela de Nivel Primario “JUAN LARREA” de la
localidad de El Baldecito -Departamento San Javier-.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta
a derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídico-
formales-pedagógicos estatuidos por el artículo 3° del Decreto N°
41009/A/38 y sus modificatorios, encontrándose tal determinación
técnica, administrativa e institucional, plasmada en la resolución de
marras.
Que de acuerdo con lo expuesto y en el marco de la normativa
legal vigente, no existe objeción alguna para la ratificación en esta
instancia del instrumento legal bajo análisis.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N° 1605/2013 del
Area Jurídica del Ministerio de Educación y lo dictaminado por
Fiscalía de Estado en casos similares;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°.- RATIFÍCASE la Resolución N° 0100/2013 de
la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, del Ministerio de
Educación, mediante la cual se dispuso suspender provisoriamente
el servicio educativo en la Escuela de Nivel Primario “JUAN
LARREA” de la localidad de El Baldecito -Departamento San Javier-
, en los términos y condiciones que se consignan en la misma, cuya
copia forma parte integrante de este instrumento legal como Anexo
I, compuesto de una (1) foja.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a
Contaduría General de la Provincia, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRODE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCALDE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d496.pdf
Decreto N° 507Córdoba, 19 de Mayo de 2014
VISTO: el Expediente Letra “V”- Nº 01/14, Registro del
Tribunal de Disciplina Notarial.
Y CONSIDERANDO:
Que, en las presentes actuaciones la Escribana Raquel Luisa
VILLARREAL, Titular del Registro Notarial Nº 189 con asiento
en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital, propone
como Adscripta a la Escribana María Laura MOLARDO
OLOCCO, Matrícula Profesional Nº 2221;
Que, obra la petición de la Escribana Titular y la conformidad
de la propuesta como adscripta, adjuntándose sus datos
personales y profesionales.
Que, el Tribunal de Disciplina Notarial informa que la
Escribana Raquel Luisa VILLARREAL, fue designada titular
del Registro Nº 189, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Departamento Capital, prestando Juramento de Ley el día 11
de octubre de 1983, y continuando en ejercicio de sus funciones
hasta el día de la fecha, y que la Escribana María Laura
MOLARDO OLOCCO no es titular ni adscripta de ningún
Registro Notarial.
Que, se pronuncia en forma favorable el Colegio de
Escribanos de la Provincia de Córdoba, haciendo lo propio el
Tribunal de Disciplina Notarial.
Por ello, lo dispuesto por los artículos 17, 25, 26 y
concordantes de la Ley Orgánica Notarial Nº 4183 y sus
modificatorias, artículos 44, 50 y 51 del Decreto Reglamentario
Nº 2259/75, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción
de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Seguridad
con el N° 103/2014 y por la Fiscalía de Estado bajo el N° 294/
14, y en uso de sus atribuciones Constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE a la Escribana María Laura
MOLARDO OLOCCO (D.N.I. N° 32.313.685 - Clase 1986),
Matrícula Profesional Nº 2221, como Adscripta al Registro
Notarial Nº 189, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Departamento Capital, de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por
los Señores Ministro de Gobierno y Seguridad, y Fiscal de
Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención al Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de
Escribanos de la Provincia de Córdoba, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
WALTER E. SAIEG
MINISTRODE GOBIERNOY SEGURIDAD
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCALDE ESTADO
MINISTERIO DE
EDUCACN
Resolución N° 391
Córdoba, 19 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0109-096438/10 del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la
clasificación por localización de la Escuela de Nivel Primario
“PAULA ALBARRACÍN DE SARMIENTO” de Capital,
dependiente de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario,
y la pertinente asignación de la bonificación respectiva a su
personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han
quedado acreditados los extremos legales que prevé la
normativa de aplicación para acceder a dicho beneficio (arts.
160 y 161 de la Ley Nº 6485, sus modificatorias y ampliatorias,
según T.O. por Decreto N° 1680/92) y Ley N° 9250.

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