Decreto N° 1.429

EmisorMrio. de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2013

DECRETO N° 1.429

Mendoza, 30 de agosto de 2013

Visto el expediente N° 00487-O-11-01029, agregada carátula N° 43641-D-81-01029, en el cual la señora Paula Ramona Oros solicita el beneficio de Pensión para sí por su esposo fallecido, Don Domiciano Ramón Díaz; y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo el día 12 de agosto de 2011, según el Acta de Defunción que en fotocopia se encuentra agregada a fs. 45 y vta. del expediente N° 00487-O-11-01029, siendo beneficiario de un Retiro Voluntario según Resolución N° 3349/86 de la ex-Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, actual Oficina Técnica Previsional, cuya copia obra a fs. 11 y vta. del mismo expediente, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales.

Que el vínculo invocado por la peticionante queda acreditado con el Acta de Matrimonio cuya copia obra a fs. 58 y vta. del expediente referencia.

Que a fs. 53 del expediente N° 00487-O-11-01029, obra la renuncia de un heredero en favor de la peticionante respecto de los haberes dejados de percibir por el causante a la fecha de su deceso, debiendo dejarse en suspenso la parte proporcional de dos (2) hijos, según lo solicitado a fs. 54 de dicho expediente, encontrándose a fs. 56 vta. la constancia de la publicación de los edictos citatorios de Ley.

Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado a fs. 59 y 60, respectivamente, ambas del expediente N° 00487-O-11-01029, dictaminan que es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario a la señora Paula Ramona Oros, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 102 de la Ley Nacional N° 21.965, dada la adecuación al Régimen de Retiros de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal, acordada por Acta Complementaria del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, ratificada por Decreto Nacional N° 1627/07 y Decreto Provincial N° 779/07.

Que según lo establece la Cláusula 8° del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 84 del expediente N° 00487-O-11-01029, consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y a fs. 85 del mismo expediente, obra la intervención de la Oficina Técnica Previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.

Por ello, en uso de las facultades que otorga...

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