Decreto N° 1468

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición19 de Diciembre de 2013
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIII - Nº 101 CÓRDOBA, 30 de junio de 20142
Decreto N° 676 Córdoba, 23 de Junio de 2014
VISTO: lo dispuesto en la Ley N° 10.175.
Y CONSIDERANDO:
Que a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en la citada
Ley, que declara de utilidad pública y sujetos a expropiación los
inmuebles necesarios para la ejecución de las obras que se
encuentran comprendidas en la Red de Accesos a Córdoba,
correspondientes a la Ruta Nacional N° 36, en todos sus tramos,
y atento su dinámica que exige agilidad en el proceso de
individualización de los bienes para la ejecución de la misma,
deviene procedente delegar en el Señor Ministro de
Infraestructura la potestad de individualizar los bienes a que se
refiere la citada Ley N° 10.175, en los términos del artículo 2 de
la Ley N° 6.394.
Por ello, la normativa citada, lo dispuesto por el artículo 144
inciso 18 de la Constitución Provincial, y de acuerdo a lo
dictaminado por Fiscalía de Estado para casos análogos;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DELÉGASE en el señor Ministro de Infra
estructura la facultad de individualizar los bienes declarados de
utilidad pública y sujetos a expropiación por Ley N° 10.175,
necesarios para la ejecución de la Obra: "DUPLICACIÓN DE
CALZADA RUTA NACIONAL N° 36", en todos sus tramos.
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
ING. FABIAN LOPEZ
MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1467 Córdoba, 19 de diciembre de 2013
VISTO: El expediente Nº 0047-000894/2012/R3/2013 del
registro del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia, la aprobación
del Acta Acuerdo de la primera Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de la primera Variación de Costos
correspondiente al mes de Julio de 2013, para trabajos faltantes
de ejecutar en la Obra: "EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE
REPARACIONES Y REFUNCIONALIZACIONES que
oportunamente se determinen para la realización DEL PLAN
INTEGRAL DE REGULARIZACIÓN EDILICIA DE ESTABLE
CIMIENTOS ESCOLARES, ubicados en la Ciudad de Córdoba
- Año 2013/2014 - Zona B - Provincia de Córdoba", celebrada
con fecha 10 de septiembre de 2013, entre el Director General
de Arquitectura de la Provincia, por una parte y por la otra, el
representante de la adjudicataria ANSAL CONSTRUC CIONES
S.R.L., contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial N° 1231/10, modificatorio
de su similar 1133/10 y lo dispuesto por Resolución N° 013/11
del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme
lo previsto en el artículo 28° del Pliego Particular de Condiciones.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su pedido.
Que mediante Decreto N° 735/2013 se adjudico la obra de que
se trata a la referida empresa, suscribiéndose el contrato
correspondiente con fecha 31 de julio de 2013, habiéndose
replanteado la obra el 01 de agosto de 2013.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura informa que se ha verificado una variación
en el mes de julio de 2013 de 11,73%, en los costos del
contrato por lo que se procedió a calcular el Factor de
Redeterminación (Fri) correspondiente, resultando de
aplicación a partir de dicho mes un incremento del 10,56%,
habiéndose aplicado los Números Índice publicados
mensualmente en el Anexo del Cuadernillo INDEC Informa a
valores del mes anterior de dicha fecha y a valores del mes
anterior al de la fecha de cotización (marzo de 2013), que implico
una diferencia a imputar de $ 554.206,10, con un costo en el
modulo de $ 2.047,51; importes resultantes de aplicar al monto
contractual faltante de ejecutar, deducido el 10% de utilidad in-
variable, los incrementos citados, sin haberse liquidado Certificado
Extraordinario de pago a cuenta; ascendiendo el presupuesto
de obra redeterminado a la suma de $ 5.804.206,10.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del Articulo 16
del régimen de que se trata, comprometiéndose a integrar la
garantía de cumplimiento de contrato según Art. 13, Inc. d)
del Decreto N° 1133/10, modificado por Decreto N° 1231/
10.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el
Decreto Provincial N° 1231/10, modificatorio de su similar
N° 1133/10, y verificada la existencia de los supuestos que
tornan procedente la aplicación del precitado Decreto, la
Dirección Gene ral de Arquitectura ha considerado
conveniente la redeterminación del precio del contrato, por
lo que ha procedido ha suscribir con la contratista el Acta
Acuerdo de Redeterminación de precio por Reconocimiento
de Variación de Costos.
Que se agrega copia autentica de la Resolución N° 771/
2013 emanada de la Dirección General de Arquitectura,
mediante la cual se propone la aprobación del Acta Acuerdo
de Redeterminación de precio por Reconocimiento de
Variación de Costos en cuestión.
Que obra Documento Contable-Nota de Pedido N° 2013/
001849 que certifica la reserva presupuestaria para atender
la erogación que lo procurado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales
citadas, y el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 555/2013, por Fiscalía de Estado bajo
el N° 944/2013 y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la primera
Variación de Costos correspondiente al mes de Julio de 2013,
por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: "EJECUCIÓN DE
LAS TAREAS DE REPARACIONES Y REFUNCIONA
LIZACIONES que oportunamente se determinen para la
realización DEL PLAN INTEGRAL DE REGULARIZACIÓN
EDILICIA DE ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, ubicados
en la Ciudad de Córdoba - Año 2013/2014 - Zona B - Provincia
de Córdoba" celebrada con fecha 10 de setiembre de 2013,
entre el Director General de Arquitectura de la Provincia, por
una parte y por la otra, el representante de la adjudicataria
ANSAL CONSTRUCCIONES S.R.L., contratista de la obra, que
como Anexo I, compuesto de cuatro (4) fojas utiles, integra el
presente Decreto.
Artículo 2º. IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
total de PESOS QUINIENTOS CINUENTA Y CUATRO MIL
DOSCIENTOS SEIS CON DIEZ CENTAVOS ($ 554.206,10), a
Jurisdicción 1.50, Programa 516-000, Partida 12.06.00.00 del
P.V., conforme lo indica Documento Contable- Nota de Pedido
N° 2013/001849.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio.
Artículo 4°.- ESTABLECESE que la Dirección General de
Arquitectura requerirá a la Empresa ANSAL CONSTRUC
CIONES S.R.L , de corresponder, la integración del importe
adicional de la garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 6°.- PROTOCOLÍCESE, dese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
notifíquese, pase a la Dirección General de Arquitectura a sus
efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d1467.pdf
Decreto N° 1468 Córdoba, 19 de diciembre de 2013
VISTO: el Expediente Nº 0047-015318/2010/R10 del registro
del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la aprobación
del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de la cuarta Variación de Costos para los trabajos
faltantes de ejecutar en la Obra: "CONSTRUCCION NUEVO
EDIFICIO ESCUELA PRIMARIA MAURO FERNÁNDEZ
ubicada en calle Aviador González Albarracín Nº 4429 - Barrio
Residencial San Roque - Córdoba - Departamento Capital",
celebrada entre el titular de la Dirección General de Arquitectura
de la Provincia, por una parte, y el apoderado de la Empresa
"COVA S.A"., contratista de la obra, por la otra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial N° 1231/10 modificatorio
de su similar Nº 1133/10 y lo dispuesto por Resolución N° 013/
11 del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme
Artículo 21º del Pliego Particular de Condiciones.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su pedido.
Que mediante Decreto N° 396/2011 se formalizo contratación
directa de la obra de referencia con la empresa "COVA S.A".
suscribiéndose el pertinente contrato con fecha 05 de julio de
2011 y el Acta Acuerdo de Aceptación de metodología de Análisis
para Redeterminación de Precios, efectuándose el Replanteo
de la obra el 11 de julio de 2011, en tanto por Decreto N° 588/
2013 se aprobó el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio
por Reconocimiento de la Tercera Variación de Costos, producida
en febrero de 2012.
Que se acompaña Resolución N° 106/2013, emanada por la
Dirección General de Arquitectura, mediante la cual se aprobó el
nuevo Plan de Trabajo y Curva de Inversión, y se amplio hasta
el 20 de marzo de 2013 el plazo de ejecución de la obra cuya
redeterminación se gestiona.
Que la División certificaciones de la Dirección General de
Arquitectura informa que se ha emitido Certificado Extraordinario
de Pago a Cuentas a favor de la contratista.
Que la Sección Estudio de Costos de la citada Dirección Gen-
eral de Arquitectura informa que en el mes de julio de 2012 se ha
verificado una variación de 11,76% en los costos del contrato
por lo que se procedió a calcular el Factor de Redeterminación
(Fri)correspondiente, resultando de aplicación a partir de dicho
mes un incremento del 8,23%, habiéndose aplicado los Números
Índice publicados mensualmente en el Anexo del Cuadernillo
INDEC Informa a valores del mes anterior a dicha fecha y a
valores del mes anterior a la última redeterminación de precio
que implico una diferencia de $ 376.593, respecto del
presupuesto de obra según la ultima redeterminación aprobada,
resultante de aplicar al monto contractual faltante de ejecutar,

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