Decreto N° 136

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición17 de Febrero de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCI - Nº 53 CÓRDOBA, 16 de abril de 20142
Decreto N° 174
Córdoba, 26 de Febrero de 2014
VISTO: El expediente Nº 0045-016623/2013
del Registro de la Dirección Provincial de
Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la citada
Dirección propicia por Resolución Nº 740/2013,
la individualización del bien sujeto a
expropiación, ubicado en el Suburbio Sudeste,
Municipalidad de Córdoba, Departamento Capi-
tal, para la ejecución de la obra: “DISTRI-
BUIDOR AVENIDA COSTANERA CON
AVENIDA DE CIRCUNVALACIÓN Y
COLECTORAS”.
Que el Departamento Tierras y Valuaciones
de la Dirección Provincial de Vialidad, informa
que para la ejecución de la mencionada obra es
necesario ocupar dos fracciones de terreno
ubicados el suburbio Sudeste, Municipalidad de
Córdoba, Departamento Capital, con una
superficie total de 5 has. 1544,74 m2, identificados
catastralmente con los números de cuentas:
1101-1837980/2 y 1101-1621390/7, inscriptos
en el Registro General de la Provincia en relación
a la Matriculas Nros. 142.210 y 289.543
respectivamente, a nombre de Federico
Bertinatti, Daniel Eduardo Bertinatti y Héctor
Mario Bertinatti.
Que se han incorporado en autos copias de
los títulos de propiedad y planos de mensura y
subdivisión, y mensura y futura unión.
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo
45 de la Ley N° 10116 (Presupuesto General
para la Administración Pública Provincial - Año
2013), el inmueble de que se trata ha sido
declarado de utilidad pública y sujeto a expropia-
ción, encontrándose la obra debidamente
identificada en el Plan de Inversiones Públicas,
declaración genérica conforme artículo 2 de la
Ley N° 6394, pudiendo procederse como se
gestiona.
Que debe darse la intervención pertinente al
Consejo General de Tasaciones de la Provincia,
a los fines de que fije el valor máximo
correspondiente en concepto de total
indemnización por la fracción del bien a
expropiar.
Por ello las actuaciones cumplidas, lo
dictaminado por la Dirección General de Asuntos
Legales del Ministerio de Infraestructura con el
Nº 568/13, por Fiscalía de Estado bajo el Nº
109/2014, y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- INDIVIDUALÍZASE el bien
declarado de utilidad pública y sujeto a
expropiación, conforme las prescripciones del
artículo 45 de la Ley N° 10.116, Presupuesto
General para la Administración Pública Provin-
cial - Año 2013, ubicado en el suburbio Suddeste,
Municipalidad de Córdoba, Departamento Capi-
tal, para la ejecución de la obra:
“DISTRIBUIDOR AVENIDA COSTANERA CON
AVENIDA CIRCUNVALACIÓN Y COLEC-
TORAS”, identificados catastralmente con los
números de cuentas 1101-1837980/2 y 1101-
1621390/7, inscriptos en el Registro General de
la Provincia en relación a las Matrículas Nros.
142.210 y 289.543 respectivamente, a nombre
de Federico Bertinatti, Daniel Eduardo Bertinatti
y Héctor Mario Bertinatti, con un superficie total
a ocupar de 5 has. 1544,74 m2, según plano de
mensura y subdivisión, y mensura y futura unión
e informe que como Anexo I, compuesto de tres
(3) fojas útiles forma parte integrante del
presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- DETERMÍNESE el valor
indemnizatorio del bien por intermedio del
Consejo General de Tasaciones de la Provincia
de Córdoba.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
dese intervención al Consejo General de
Tasaciones de la Provincia, pase a la Dirección
Provincial de Vialidad a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d174.pdf
Decreto N° 63
Córdoba, 23 de Enero de 2014
VISTO: el expediente Nº 0045-016638/2013
(Cuerpos 1 al 4), en el que la Dirección Provin-
cial de Vialidad, propicia por Resolución Nº 00902/
13 se adjudique la ejecución de los trabajos de la
obra: “REHABILITACIÓN RUTA PROVINCIAL
U-311 AVENIDA JAPÓN Y ACCESOS VARIANTE
JUÁREZ CELMAN - TRAMO: RUTA PROVIN-
CIAL E-53 - RUTA NACIONAL N° 9 NORTE -
DEPARTAMENTO: CAPITAL”, a la firma CORBE
S.R.L. - MARTÍNEZ LUMELLO
CONSTRUCCIONES S.A. - U.T.E., por la suma
de $ 47.482.633,86.
Y CONSIDERANDO:
Que concretado el pertinente llamado y
efectuadas las publicaciones de Ley, se realizó el
acto de apertura de las ofertas que se presentaron
al mismo, todo lo cual quedó documentado
mediante acta labrada al efecto, que obra en au-
tos.
Que analizadas las ofertas por parte de la
Comisión de Estudios de las mismas, se produce
el informe en cumplimiento de las disposiciones
de los artículos 29 y 30 del Pliego General de
Condiciones de la Ley de Obras Públicas
aprobado por Decreto Nº 4758/77 y actual artículo
29 de la Ley Nº 8614, aconsejando adjudicar la
obra de que se trata a la citada empresa, por
resultar la oferta más ventajosa a la luz de lo
examinado y cumplir con los requisitos de
admisibilidad previstos por la normativa licitatoria.
Que se ha incorporado en autos el
correspondiente Documento Contable (Nota de
Pedido), según lo dispuesto por el artículo N° 13
de la Ley de Obras Públicas N° 8614.
Que consta en autos el correspondiente
Certificado de Habilitación para Adjudicación,
expedido por el Registro de Constructores de
Obras (artículo 7 del Decreto Nº 8/98 y Resolución
Nº 0002/99 del entonces Ministerio de Obras,
Servicios Públicos y Vivienda).
Por ello, las previsiones del artículo 31 del Pliego
General de Condiciones (Decreto Nº 4758/77),
previsiones de la Ley Nº 5901 - T.O. 6300 y
modificatorias y lo dictaminado por la Dirección
General de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el Nº 689/13, por Fiscalía de
Estado bajo el Nº 6/14, y en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso
1º de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- ADJUDÍCASE la ejecución de
los trabajos de la obra: “REHABILITACIÓN RUTA
PROVINCIAL U-311 AVENIDA JAPÓN Y
ACCESOS VARIANTE JUÁREZ CELMAN -
TRAMO: RUTA PROVINCIAL E-53 - RUTA
NACIONAL N° 9 NORTE - DEPARTAMENTO:
CAPITAL”, a la firma CORBE S.R.L. - MARTÍNEZ
LUMELLO CONSTRUCCIONES S.A. - U.T.E.,
por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE
MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y
DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES
CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($
47.482.633,86).
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que
asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y
SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHEN-
TA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES
CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($
47.482.633,86), conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad en su Documento
de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2014/
000010, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50 - Programa 527-000 - Partida:
12.06.00.00 - Centro de Costo 5889 del PV:...$
38.800.000,00 - Importe Futuro Año 2015...$
8.682.633,86
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Presi-
dente de la Dirección Provincial de Vialidad a
suscribir el contrato pertinente, previa constitución
de la correspondiente garantía de cumplimiento y
demás recaudos de Ley.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención al Departamento Administración y
Personal de la Dirección Provincial de Vialidad,
al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
notifíquese, pase a la citada Dirección a sus
efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 136
Córdoba, 17 de Febrero de 2014
VISTO: el expediente Nº 0047-013912/2009/
R25 en el que la Dirección General de
Arquitectura dependiente del Ministerio de
Infraestructura, propicia la aprobación del Acta
Acuerdo de Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de Variación de Costos
correspondiente al mes de mayo de 2011 por
Trabajos Modificatorios, aprobados por Decreto
Nº 1679/11, faltantes de ejecutar en la Obra:
“CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO HOSPI-
TAL PASTEUR, UBICADO EN RUTA 9
ESQUINA CALLE BUCHARDO - VILLA MARIA
- DEPARTAMENTO GENERAL SAN MARTÍN
- PROVINCIA DE CÓRDOBA”, suscripta con
fecha 15 de abril de 2013, entre el Director
General de Arquitectura y los Apoderados de la
Empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A., contratista de la
obra.
Y CONSIDERANDO:
Que según surge de fs. 247, no obstante
haberse propiciado oportunamente mediante el
Artículo 2º de la Resolución Nº 308/13 de la
Dirección General de Arquitectura, la aprobación
del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios
al mes de mayo de 2011 de los trabajos
modificatorios aprobados por Decreto Nº 1679/
11, se advierte un error material atento que no
se dictó por el Ejecutivo el instrumento que
refrende dicha Acta, por lo que en consecuencia
corresponde en esta instancia proceder como
se solicita.
Que la redeterminación de precio de que se
trata encuadra en las previsiones del Decreto
Provincial Nº 1231/10, modificatorio de su simi-
lar N° 1133/10, y lo dispuesto por Resolución
Nº 013/11 del entonces Ministerio de Obras y
Servicios Públicos, conforme Acta de Adhesión
de Metodología de Análisis para Redeterminación
de Precios.
Que obra en autos la documentación
presentada por la contratista fundamentando su
pedido.Que asimismo se agregan constancias
de la certificación emitida y partes mensuales,
incluidos los elaborados por los trabajos
modificatorios de que se tratan.
Que atento lo dispuesto por los artículos 4,8,9
y 10 del Anexo I al Decreto Nº 1133/10, rectificado
por su similar Nº 1231/10, y lo dispuesto por
Resolución Ministerial Nº 013/11, se verificó una
variación del 7,71%, por lo que se procedió a
calcular el Factor de Redeterminación (Fri), que
arroja un porcentaje de variación de costos a
partir del mes de mayo/11 del 6,94%,
habiéndose aplicado los Números Índice
publicados mensualmente en el Anexo del
Cuadernillo INDEC Informa, a valores del mes
anterior a dicha fecha y a valores del mes ante-
rior al de la fecha de la última redeterminación
(enero/11), lo que implica reconocer a la
contratista por dicho concepto un monto de $
697.984,17, habiéndose descontado el 10 %
de utilidad invariable, ascendiendo el
presupuesto de obra redeterminado a la suma
de $ 10.756.842,38.
Que la presente obra será atendida con
recursos del Presupuesto de la Agencia Córdoba
de Inversión y Financiamiento (ACIF) Sociedad
de Economía Mixta (S.E.M.), en un todo de
acuerdo al Convenio de Gerenciamiento y
Administración de Proyectos, suscripto
oportunamente entre el entonces Ministerio de
Obras y Servicios Públicos y la citada Agencia.
Que en consecuencia, al darse el supuesto
previsto en el Decreto Provincial Nº 1231/10,
modificatorio de su similar N° 1133/10, y
verificada la existencia de los supuestos que
tornan procedente la aplicación del precitado
Decreto, la Dirección General de Arquitectura
ha considerado conveniente la redeterminación
del precio del contrato, por lo que ha procedido
a suscribir con la contratista el Acta Acuerdo de
la redeterminación de precio por reconocimiento

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