Decreto N° 1099

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2013
CÓRDOBA, 10 de diciembre de 2013 BOLETÍN OFICIAL - AÑO C - TOMO DLXXXVII - Nº 218 Primera Sección 3
Decreto N° 1067 Córdoba, 10 de septiembre de 2013
VISTO: El expediente Nº 0047-015188/2010/R10 en el que la
Dirección General de Arquitectura, propicia por Resolución N°
528/2013 la aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación
de Precio por Reconocimiento de la primera, segunda y tercera
Variación de Costos, correspondiente a los meses de agosto de
2011, y marzo y septiembre de 2012, por los trabajos
modificatorios faltantes de ejecutar en la Obra: “ESCUELA NOR-
MAL SUPERIOR DR. GARZÓN AGULLA - Reparaciones Ge-
nerales en calle Viamonte N° 150 B° General Paz - Ciudad de
Córdoba - Departamento Capital - Provincia de Córdoba”
suscripta el día 3 de junio de 2013 entre el Director General de
Arquitectura y la representante de la empresa Construcciones -
Servicios S.R.L., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su
similar 1133/2010, y lo dispuesto por Resolución N° 013/2011
del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme
Acta de Aceptación de Metodología de Análisis para
Redeterminación de Precios.
Que se incorpora la documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que los trabajos modificatorios fueron adjudicados por Decreto
N° 924/2012, suscribiéndose la addenda contractual el 28 de
febrero de 2013 y habiéndose replanteado la obra el 1° de
marzo del corriente.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura ha elaborado planilla e informe del que surge
que, atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto
N° 1133/2010, modificado por su similar N° 1231/2010, y lo
dispuesto por Resolución Ministerial N° 13/2011, a partir de los
meses de agosto de 2011 y marzo y septiembre de 2012, se
verificó un porcentaje de variación de costos del 8,02%, 10,30%
y 9,60%, respectivamente, por lo que se procedió a calcular el
Factor de Redeterminación (Fri), que arroja un porcentaje de
variación de costos a partir de agosto de 2011 del 7,22%, a
partir del mes de marzo de 2012 del 9,27%, y a partir del mes de
septiembre de 2012 del 8,64%, habiéndose aplicado los Números
Índice publicados mensualmente en el Anexo del Cuadernillo
INDEC Informa a valores del mes anterior a agosto de 2011 y a
valores del mes anterior al de la fecha de la cotización (octubre
de 2010); a valores del mes anterior a marzo de 2012 (primera
redeterminación) y al mes anterior a agosto de 2011; y a valores
del mes anterior a la segunda redeterminación (marzo de 2012)
y del mes anterior septiembre de 2012, lo que implica reconocer
a la contratista en concepto de primera redeterminación de precio
la suma de $ 4.579,06; en concepto de segunda redeterminación
de precio la suma de $ 6.302,70, y en concepto de tercera
redeterminación de precio la suma de $ 6.421,02 habiéndose
considerado el 10% de utilidad invariable ascendiendo el
presupuesto de obra redeterminado a septiembre de 2012 a la
suma de $ 80.705,06.
Que en consecuencia al darse el supuesto previsto en el
Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010
y verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección General de
Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación del
precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta
Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento de la
primera, segunda y tercera variación de costos.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo
14 del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N°
1133/2010, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos
Legales del Ministerio de Infraestructura con el N° 395/2013, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 732/2013 y en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 1° de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la primera,
segunda y tercera Variación de Costos, correspondientes a los
meses de agosto de 2011 y marzo y septiembre de 2012, por los
trabajos modificatorios faltantes de ejecutar en la obra: “ESCUELA
NORMAL SUPERIOR DR. GARZÓN AGULLA - Reparaciones
Generales en calle Viamonte N° 150 B° General Paz - Ciudad
de Córdoba - Departamento Capital - Provincia de Córdoba”,
por la suma total de PESOS DIECIESIETE MIL TRESCIENTOS
DOS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 17.302,78),
suscripta el día 3 de junio de 2013, entre el Director General de
Arquitectura y el representante de la empresa Construcciones -
Servicios S.R.L. contratista de la obra, la que como Anexo I,
compuesto de cinco (5), integran el presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
total de PESOS DIECIESIETE MIL TRESCIENTOS DOS CON
SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 17.302,78), conforme lo
indica la Dirección General de Administración del Ministerio de
Infraestructura en su Documento de Contabilidad, Nota de Pedido
Nro. 2013/001318 a Jurisdicción 1.50, Programa 520-000,
Partida 12.06.00.00 del Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo la empresa integrar el
importe adicional de garantía de cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención a la Dirección General de Administración del Ministerio
de Infraestructura, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección
General de Arquitectura a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/pe_d1067.pdf
Decreto N° 1099 Córdoba, 26 de septiembre de 2013
VISTO: El expediente Nº 0047-013912/2009/R36 en el que la
Dirección General de Arquitectura, propicia por Resolución N° 612/
2013 la aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación de
Precio por Reconocimiento de la Séptima Variación de Costos,
correspondiente al mes de abril de 2013, por los trabajos faltantes
de ejecutar en la Obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO
HOSPITAL PASTEUR, UBICADO EN RUTA 9 ESQUINA CALLE
BUCHARDO - VILLA MARÍA - DEPARTAMENTO GENERAL
SAN MARTÍN - PROVINCIA DE CÓRDOBA” suscripta el día 6
de agosto de 2013 entre el Director General de Arquitectura y
los apoderados de la empresa RIVA S.A.I.I.C.F.A., contratista de
la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su
similar 1133/2010, y lo dispuesto por Resolución N° 013/2011
del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme
Acta de Adhesión suscripta el día 5 de mayo de 2011.
Que obra en autos Decreto N° 449/2010 por el cual se dispuso
la adjudicación de la obra de referencia a la empresa RIVA
S.A.I.I.C.F.A. y su similar rectificatorio N° 893/2010, como así
también copia del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio
por Reconocimiento de la Sexta Variación de Costos,
correspondiente al mes de julio de 2012, suscripta el 3 de junio
de 2013 y aprobada por Decreto N° 877/2013.
Que se incorpora la documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que se informa que el porcentaje de ejecución de obra
acumulada a abril de 2013 era del 78,32%, habiéndose emitido
Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta en agosto de 2010
por un porcentaje del 10%.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura ha elaborado planilla e informe del que surge
que, atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto
N° 1133/2010, modificado por su similar N° 1231/2010, y lo
dispuesto por Resolución Ministerial N° 13/2011, a partir de abril
de 2013 se verificó un porcentaje de variación de costos del
7,0205%, por lo que se procedió a calcular el Factor de
Redeterminación (Fri), que arroja un porcentaje de variación de
costos a partir de dicho mes del 5,62%, habiéndose aplicado los
Números Índice publicados mensualmente en el Anexo del
Cuadernillo INDEC Informa a valores del mes anterior a dicha
fecha y a valores del mes anterior a julio de 2012 (sexta
redeterminación), lo que implica reconocer a la contratista en
concepto de séptima redeterminación de precio la suma de $
1.476.602,13, habiéndose considerado el 10% de utilidad in-
variable y el 10% del Certificado Extraordinario de pago a cuenta,
ascendiendo el presupuesto de obra redeterminado a la suma
de $ 101.101.892,86.
Que la presente obra será atendida con recursos del
Presupuesto de la Agencia Córdoba de Inversión y
Financiamiento (ACIF) Sociedad de Economía Mixta, en un todo
de acuerdo al Convenio de Gerenciamiento y Administración de
Proyectos, suscripto oportunamente entre el entonces Ministerio
de Obras y Servicios Públicos y la citada Agencia.
Que en consecuencia al darse el supuesto previsto en el
Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010
y verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección General de
Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación del
precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta
Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento de la
séptima variación de costos.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo
14 del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N°
1133/2010, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el N° 428/
2013, por Fiscalía de Estado bajo el N° 784/2013 y en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 1° de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la séptima
Variación de Costos, correspondiente al mes de abril de 2013,
por los trabajos faltantes de ejecutar en la obra:
“CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO HOSPITAL PASTEUR,
UBICADO EN RUTA 9 ESQUINA CALLE BUCHARDO - VILLA
MARÍA - DEPARTAMENTO GENERAL SAN MARTÍN -
PROVINCIA DE CÓRDOBA”, por la suma de PESOS UN
MILLÓN CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
SEISCIENTOS DOS CON TRECE CENTAVOS ($
1.476.602,13), suscripta el día 6 de agosto de 2013, entre el
Director General de Arquitectura y los apoderados de la empresa
RIVA S.A.I.I.C.F.A. contratista de la obra, la que como Anexo I,
compuesto de tres (3), integra el presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que asciende a la suma total de
PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
SEISCIENTOS DOS CON TRECE CENTAVOS ($
1.476.602,13), estará a cargo de la Agencia Córdoba de
Inversión y Financiamiento (ACIF) Sociedad de Economía Mixta,
conforme Convenio de Gerenciamiento y Administración de
Proyectos, suscripto oportunamente entre el entonces Ministerio
de Obras y Servicios Públicos y la citada Agencia.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al Presidente de la Agencia
Córdoba de Inversión y Financiamiento (ACIF) Sociedad de
Economía Mixta a suscribir, la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo la empresa, de
corresponder integrar el importe adicional de garantía de
cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.

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