Decreto Nº 3.097
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 11 de Diciembre de 2009 |
DECRETO Nº 3.097
Mendoza, 11 de diciembre de 2009
Visto los expedientes 3968-H-09-04238 y 3967-H-09-04238, en los cuales se solicita se ajuste la situación de revista de los agentes Sergio Maya y Mauricio Malanca, con funciones en el Hospital Dr. Humberto Notti del Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto por el Art. 12° de la Ley N° 7557, modificada por las Leyes Nros. 7649 y 7837 y Art. 99° inc. k) de la Ley N° 8009; y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 12° de la Ley N° 7557, modificado por las Leyes Nros. 7649, 7837 y 8009, dispone que en los casos de agentes comprendidos en las Leyes Nros. 5241, 5465 y 6836 (estatuto y escalafón de agentes de la salud y desarrollo social), en todos sus agrupamientos, tramos y subtramos, que estén cumpliendo funciones de mayor jerarquía con anterioridad al 31 de mayo de 2006 y que continúen en la actualidad, por disposición legal emanada de la autoridad de cada unidad organizativa o ministerial o certificación de la máxima autoridad de la repartición, o que perciban un contrato por cargo o función jerárquica a la fecha mencionada, deberá procederse a la recategorización y pago de la función jerárquica con carácter retroactivo al 01 de enero de 2007, en el marco de lo establecido por el Artículo 99° de la Ley N° 8009.
Que dicho artículo autoriza al Poder Ejecutivo a transformar los cargos necesarios para su cumplimiento.
Que en las actuaciones de referencia obra documentación y certificación que acreditan que los agentes han cumplido funciones de mayor jerarquía y continúa en las mismas, conforme con los términos previstos por la citada Ley.
Que por Resolución N° 704/09, se ratificó la aprobación del Organigrama Institucional del Hospital Dr. Humberto Notti, en cumplimiento a lo establecido por el artículo 14° de la Ley N° 7557, modificada por las Leyes Nros. 7649 y 7837.
Por ello, en razón de lo informado por el Hospital Dr. Humberto J. Notti, por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12° de la Ley N° 7557, modificado por las Leyes Nros. 7649 y 7837, Arts. 9°, 50° inc. e) y 99° inc. k) de la Ley N° 8009 - Presupuesto año 2009 y Arts. 1°, 20° y 41° del Decreto-Acuerdo N° 328/09.
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Establézcase que la Modificación Presupuestaria con Recursos, emitida por el Sistema de Información Contable (SI.DI.CO.), registrada en el presente ejercicio bajo el CUC 42 N° 755, forma parte integrante de la presente norma legal, como Planilla Anexa IV.
Modifíquese la Planta de Personal del Ministerio de Salud, prevista en el Presupuesto General vigente año 2009, de la Administración Pública Provincial y ajústese al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Finalidad, Función, Ubicación Escalafonaria, Clasificación Presupuestaria, Clase y Unidad de Gestión, a los agentes y sus cargos de revista, de la forma que se indica en la Planilla Anexa y que forma parte integrante del presente decreto.
El ajuste efectuado por el Art. 5° del presente decreto, no modifica el carácter de permanentes, interinos, licenciados, con retención del cargo o cualquier otra circunstancia en que se encuentren los agentes en la actualidad.
Establézcase que los agentes consignados en la Planilla Anexa V indicada en el artículo 5°, continuarán percibiendo los adicionales otorgados oportunamente y que forman parte de...
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