Decreto Nº 3.097

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición11 de Diciembre de 2009

DECRETO Nº 3.097

Mendoza, 11 de diciembre de 2009

Visto los expedientes 3968-H-09-04238 y 3967-H-09-04238, en los cuales se solicita se ajuste la situación de revista de los agentes Sergio Maya y Mauricio Malanca, con funciones en el Hospital “Dr. Humberto Notti” del Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto por el Art. 12° de la Ley N° 7557, modificada por las Leyes Nros. 7649 y 7837 y Art. 99° inc. k) de la Ley N° 8009; y

CONSIDERANDO:

Que el Art. 12° de la Ley N° 7557, modificado por las Leyes Nros. 7649, 7837 y 8009, dispone que en los casos de agentes comprendidos en las Leyes Nros. 5241, 5465 y 6836 (estatuto y escalafón de agentes de la salud y desarrollo social), en todos sus agrupamientos, tramos y subtramos, que estén cumpliendo funciones de mayor jerarquía con anterioridad al 31 de mayo de 2006 y que continúen en la actualidad, por disposición legal emanada de la autoridad de cada unidad organizativa o ministerial o certificación de la máxima autoridad de la repartición, o que perciban un contrato por cargo o función jerárquica a la fecha mencionada, deberá procederse a la recategorización y pago de la función jerárquica con carácter retroactivo al 01 de enero de 2007, en el marco de lo establecido por el Artículo 99° de la Ley N° 8009.

Que dicho artículo autoriza al Poder Ejecutivo a transformar los cargos necesarios para su cumplimiento.

Que en las actuaciones de referencia obra documentación y certificación que acreditan que los agentes han cumplido funciones de mayor jerarquía y continúa en las mismas, conforme con los términos previstos por la citada Ley.

Que por Resolución N° 704/09, se ratificó la aprobación del Organigrama Institucional del Hospital “Dr. Humberto Notti”, en cumplimiento a lo establecido por el artículo 14° de la Ley N° 7557, modificada por las Leyes Nros. 7649 y 7837.

Por ello, en razón de lo informado por el Hospital “Dr. Humberto J. Notti”, por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12° de la Ley N° 7557, modificado por las Leyes Nros. 7649 y 7837, Arts. , 50° inc. e) y 99° inc. k) de la Ley N° 8009 - Presupuesto año 2009 y Arts. 1°, 20° y 41° del Decreto-Acuerdo N° 328/09.

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 4°

Establézcase que la Modificación Presupuestaria con Recursos, emitida por el Sistema de Información Contable (SI.DI.CO.), registrada en el presente ejercicio bajo el CUC 42 N° 755, forma parte integrante de la presente norma legal, como Planilla Anexa IV.

Artículo 5°

Modifíquese la Planta de Personal del Ministerio de Salud, prevista en el Presupuesto General vigente año 2009, de la Administración Pública Provincial y ajústese al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Finalidad, Función, Ubicación Escalafonaria, Clasificación Presupuestaria, Clase y Unidad de Gestión, a los agentes y sus cargos de revista, de la forma que se indica en la Planilla Anexa y que forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 6°

El ajuste efectuado por el Art. 5° del presente decreto, no modifica el carácter de permanentes, interinos, licenciados, con retención del cargo o cualquier otra circunstancia en que se encuentren los agentes en la actualidad.

Artículo 7°

Establézcase que los agentes consignados en la Planilla Anexa V indicada en el artículo 5°, continuarán percibiendo los adicionales otorgados oportunamente y que forman parte de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR