Decreto Nº 314

EmisorMinisterio de Gobierno Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2010

DECRETO Nº 314

Mendoza, 3 de marzo de 2010

Visto el Expediente Nº 64-M-10-00108; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones se solicita la ratificación por el Poder Ejecutivo, del Convenio celebrado con fecha 21 de diciembre de 2009, para la Supervisión, Control y Asistencia de Condenados, Liberados Condicionales y Asistidos, Liberados que hayan agotado su pena y Probados, suscripta entre el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, representado por el Sr. Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, Dr. Julio Alak y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Gobernador, Cdor. Celso Alejandro Jaque.

Que el Convenio mencionado tiene por objeto comprometer los esfuerzos de ambas partes en la implementación de mecanismos efectivos de asistencia de condenados, liberados condicionales y asistidos, liberados que hayan agotado su pena y probados en los términos de los Arts. Nros. 13°, 27° bis, 53°, 76° bis, ter y quater del Código Penal de la Nación, y de los Arts. Nros. 30° y 31° (Programa de Prelibertad), 168°, 169º, 170º (Asistencia Social), 172º, 173° (Asistencia Post - Penitenciaria) y 174° (Patronato de Liberados) de la Ley N° 24.660 (Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad).

Que el mencionado Convenio no implica erogación alguna para la Provincia.

Atento a ello, lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos a fs. 03,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Ratifíquese el Convenio celebrado con fecha 21 de diciembre de 2009, para la Supervisión, Control y Asistencia de Condenados, Liberados Condicionales y Asistidos, Liberados que hayan agotado su pena y Probados, suscripta entre el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, representado por el Sr. Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, Dr. Julio Alak y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Gobernador, Cdor. CeIso Alejandro Jaque y que en fotocopia certificada y como Anexo forma parte del presente decreto.

Artículo 2º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUE

Mario Daniel Adaro

_______

ANEXO

Exp. Nº 64-M-10-00108

CONVENIO

ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y

DERECHOS HUMANOS

DE LA NACIÓN Y LA PROVINCIA DE MENDOZA PARA LA

SUPERVISIÓN, CONTROL Y ASISTENCIA DE CONDENADOS, LIBERADOS CONDICIONALES

Y...

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