Decreto Nº 3.151

EmisorMinist. de Desarrollo Humano Familia y Comunidad
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2009

DECRETO Nº 3.151

Mendoza, 18 de diciembre de 2009

Visto el expediente 1393-D-2009-77742, en el cual se solicita la aprobación del Convenio de Descentralización Fondos Nacionales - Programa: “La Experiencia Cuenta”- Santa Rosa, celebrado oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada por la Sra. Ministra de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad, Lic. Silvia Cristina Ruggeri, por una parte y la Municipalidad del Departamento Santa Rosa, representada por su Intendente, Dn. Sergio Salgado, por la otra; y

CONSIDERANDO

Que el Convenio de referencia fue suscripto en el marco del Convenio celebrado oportunamente entre la Sra. Ministra de Desarrollo Humano Familia y Comunidad, Lic. Silvia Cristina Ruggeri, por una parte y la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representada por su titular, Lic. Marcela Paola Vessvessian, por la otra, relacionado con el Programa “La Experiencia Cuenta”, aprobado por Decreto Nº 678/09.

Por ello, en razón del pedido formulado, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación preventiva, lo dictaminado por Asesoría Letrada y la conformidad de la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el Convenio de Descentralización Fondos Nacionales - Programa: “La Experiencia Cuenta” - Santa Rosa, celebrado oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada por la Sra. Ministra de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad, Lic. Silvia Cristina Ruggeri, por una parte y la Municipalidad del Departamento Santa Rosa representada por su Intendente, Dn. Sergio Salgado, por la otra, el que en fotocopia autenticada, como Anexo, forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2º

El gasto que demande la ejecución del Convenio aprobado por el Art. 1º del presente decreto, será atendido por Tesorería General de la Provincia, con cargo a la siguiente partida del presupuesto vigente año 2009:

U.G. Crédito: 497600 41302 95

U.G. Gasto: 430620

Artículo 3º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUE

Silvia C. Ruggeri

Convenio de Descentralización Fondos Nacionales

Programa “La Experiencia Cuenta” - Santa Rosa

Entre el Ministerio de Desarrollo Humano, Comunidad y Familia de la Prov. de Mendoza representado en este actor por su titular Lic. Silvia Cristina Ruggeri (DNI. Nº 10.938.338), ad referendum del Sr. Gobernador de la Provincia de Mendoza Cdor. Celso Alejandro Jaque con domicilio en 5º Piso Cuerpo Central de Casa de Gobierno, de la ciudad de Mendoza, en adelante el Ministerio, por la otra el Municipio del Departamento de Santa Rosa representada en este acto por el Señor intendente Don Sergio Salgado (DNI Nº 25.752.905), con domicilio en calle General Roca y 7 de Diciembre de la Ciudad de Santa Rosa del mismo Departamento de la Provincia de Mendoza, en adelante el Municipio acuerdan celebrar el presente convenio atento a lo autorizado por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia mediante Resolución 2220 de fecha 22 de Octubre del 2009 y sujeto a las siguientes cláusulas:

Primera: Objeto: El presente convenio tiene por objeto la implementación de un (1) Proyecto denominado La experiencia cuenta

con el objeto de contribuir a la recuperación de los oficios tradicionales, rescatando los saberes y experiencias de los adultos mayores trasmitiéndola a jóvenes y personas de mediana edad, quienes incorporarán nuevas herramientas de trabajo.

Segunda: Implementación: El Municipio se obliga a implementar cuatro (4) líneas de capacitación con una duración de seis (6) meses, con la población beneficiaria de cuatro (4) adultos mayores, como docentes y ochenta (80) jóvenes y personas de mediana edad, como alumnos. Las actividades se desarrollaran en el predio que el Municipio destine al efecto.

Cuarta: Duración: El Municipio se obliga a: A) Seleccionar y contratar los recursos que se desempeñarán las funciones de coordinadores y docentes, quienes deberán acreditar la idoneidad específica necesaria de acuerdo a los perfiles definidos por el Programa, según se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente. El Ministerio, a través de la Dirección de Adultos Mayores se reserva la designación del Coordinador General del Proyecto. B)

Proponer los docentes en función de los perfiles que la Dirección de Adultos Mayores dependiente del Ministerio considere adecuados según se detalla en el Anexo I que forma parte del presente C) Realizar la selección de los participantes en función de los perfiles requeridos por el Ministerio. D) Proveer la infraestructura y el material didáctico adecuados a las características del curso. E) Suministrar el espacio físico necesario para la ejecución de los Proyectos. F) Asignar a una persona que se ocupe de las tareas administrativas que la ejecución de los proyectos demande G) Garantizar la continuidad del proceso al que se le da inicio con la ejecución de los Proyectos. H) Efectuar la supervisión directa del curso y la evaluación periódica de los alumnos y de los docentes. I) Dar inicio a las actividades docentes dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha del efectivo pago del subsidio mencionado en la Cláusula Tercera. J) Presentar a la Dirección de Adultos Mayores los antecedentes profesionales del equipo de coordinación local para ser aprobados por el nivel central de los Proyectos previo al inicio de las actividades; un primer informe de inicio según los requerimientos del Proyecto dentro de los primeros treinta (30) días de ejecución; otro informe de las actividades realizadas a los noventa (90) días de iniciada la ejecución de los Proyectos y un informe final dentro de los veinte (20) días de finalizados los mismos, los que deberían ser debidamente aprobados por la Dirección de Adultos Mayores. k) Adecuar sus macanismos de Control y Rendición de cuentas a lo establecido por la Dirección de Adultos Mayores y efectuar ante esta la presentación de la documentación, que deberá remitirse indefectiblemente a la Dirección de Adultos Mayores dentro de los noventa (60) días de finalizada la ejecución del Proyecto. L) Llevar una contabilidad por separado de ingreso y egreso detallada de los fondos transferidos por los Proyectos o emprendimientos productivos objeto del presente. M) Efectuar ante la Dirección de Adultos Mayores, la rendición de cuentas documentada de la inversión de los fondos que recibiere mediante la metodología prevista en la normativa vigente y de acuerdo a los formularios que obran como Anexo III, que forma parte integrante del presente convenio. N) Conservar debidamente archivada por el término de diez (10) años la documentación original respaldatoria de la inversión realizada de los fondos otorgados conforme a la Cláusula Primera del presente, la que estará a disposición de la Dirección de Adultos Mayores.

Quinta: El Ministerio se compromete a: A) Transferir al Municipio, la suma estipulada en la Cláusula Tercera para financiar la ejecución de cuatro (04) líneas de capacitación en el marco del ProyectoLa Experiencia Cuenta B) Brindar asistencia técnica en...

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