Decreto N° 3.081
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 9 de Diciembre de 2009 |
DECRETO N° 3.081
Mendoza, 9 de diciembre de 2009
Visto los expedientes 819-H-08-04186 y 1794-C-09-04186, en los cuales se solicita se otorgue el Adicional por Función de Mayor Jerarquía, que establecen los Arts. 3° y 22° del Convenio Colectivo de Trabajo Sector Salud, homologado por al Decreto N° 1630/07, a la Dra. Acosta Diana Virginia, con funciones en el Hospital Luis C. Lagomaggiore y el ajuste de la situación de revista de Dn. Molina José Osvaldo, en el marco de lo dispuesto por el Art. 12° de la Ley N° 7557, modificada por las Leyes Nros. 7649, 7837 y Art. 99° inc. k) de la Ley N° 8009; y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 12° de la Ley N° 7557, modificado por las Leyes Nros. 7649, 7837 y 8009, dispone que en los casos de profesionales y agentes comprendidos en las Leyes Nros. 5241, 5465 y 6836 (estatuto y escalafón de agentes de la salud y desarrollo social), en todos sus agrupamientos, tramos y subtramos, que estén cumpliendo funciones de mayor jerarquía con anterioridad al 31 de mayo de 2006 y que continúen en la actualidad, por disposición legal emanada de la autoridad de cada unidad organizativa o ministerial o certificación de la máxima autoridad de la repartición, o que perciban un contrato por cargo o función jerárquica a la fecha mencionada, deberá procederse a la recategorización y pago de la función jerárquica con carácter retroactivo al 01 de enero de 2007, en el marco de lo establecido por el Artículo 99° de la Ley N° 8009.
Que dicho artículo autoriza al Poder Ejecutivo a transformar los cargos necesarios para su cumplimiento.
Que en las actuaciones de referencia obra documentación y certificación que acreditan que la profesional y el agente, han cumplido funciones de mayor jerarquía y continúan en las mismas, conforme con los términos previstos por la citada Ley.
Que por Resolución N° 1651/09, se aprobó el Organigrama Institucional del Hospital Luis C. Lagomaggiore, en cumplimiento a lo establecido por el artículo 14° de la Ley N° 7557, modificada por las Leyes Nros. 7649 y 7837.
Por ello, en razón de lo informado por el Hospital Luis C. Lagomaggiore, por la Subdirección de Personal y lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 12° de la Ley N° 7557, modificado por las Leyes Nros. 7649 y 7837, Arts. 9°, 50° inc. e) y Art. 99° inc. k) de la Ley N° 8009 - Presupuesto año 2009 y Arts. 1°, 20° y 41° del Decreto-Acuerdo N° 328/09.
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Establézcase que la Modificación Presupuestaria con Recursos emitida por el Sistema de Información Contable (SI.DI.CO.), registrada en el presente ejercicio bajo el CUC 42 N° 786, forma parte integrante de la presente norma legal, como Planilla Anexa IV.
Modifíquese la Planta de Personal del Ministerio de Salud, prevista en el Presupuesto General vigente año 2009, de la Administración Pública Provincial y ajústese al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Finalidad, Función, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión, a Dn. Molina José Osvaldo y su cargo de revista, de la forma que se indica en la Planilla Anexa V que forma parte integrante del presente decreto.
Reconózcase el Adicional por Función de Jerarquía que establecen los Arts. 3° y 22° del Convenio Colectivo de Trabajo Sector Salud, homologado por el Decreto N° 1630/07, ratificado por la Ley N° 7759, desde el 1 de enero de 2007 y hasta el día anterior de la fecha de vigencia del presente decreto e incorpórese al mismo al...
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