Decreto N° 502

EmisorMinist. Secretaria Gral. de la Gobernacion
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2010

DECRETO N° 502

Mendoza, 31 de marzo de 2010

Visto el Expediente N° 2053-G-2010-00020, mediante el cual se tramitan transferencias entre el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio Secretaría General de la Gobernación; y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio Secretaría General de la Gobernación transfiere un cargo Clase 010 Jefe de División con crédito previsto en el presente ejercicio;

Que el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos transfiere al Ministerio Secretaría General de la Gobernación, a la agente Silvana Andrea Marich con el cargo de revista;

Que a fojas 06 se ha gestionado el volante de imputación preventiva de cargos, del Ministerio Secretaría General de la Gobernación;

Que a foja 01 obra el Visto Bueno del Ministro Secretario General de la Gobernación;

Que a fojas 10 obra informe de la Subdirección de Personal del Ministerio Secretaría General de la Gobernación;

Que para las transferencias solicitadas, es necesario realizar una modificación presupuestaria a fin de adecuar el gasto en ambas jurisdicciones;

Por ello y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 10 inc. c), 48, 50 y 68 de la Ley N° 8154 - Presupuesto Vigente año 2010 y Artículos 2, 20, 21, 31 y 42 del Decreto-Acuerdo N° 366/2010, reglamentario de la misma.

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Exceptúese el presente decreto del congelamiento, previsto en el Artículo 50 de la Ley N° 8154 - Presupuesto General Vigente.

Artículo 3°

Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente año 2010 de la Administración Pública Provincial y transfiéranse al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Código Escalafonario, Clase y Unidad de Gestión, la agente y los cargos de la forma que se indica en Planilla Anexa II del presente decreto.

Artículo 4°

La transferencia dispuesta no modifica el carácter de permanente, con retención del cargo o cualquier otra circunstancia en que se encuentra la agente en la actualidad.

Artículo 5°

Lo establecido en el presente decreto tendrá vigencia a partir del 01 de abril de 2010.

Artículo 6°

El presente decreto será notificado a Contaduría General de la Provincia para su registración, previa intervención de la Dirección General de Finanzas del Ministerio de Hacienda.

Artículo 7°

El presente decreto será refrendado...

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