Decreto N° 1.149

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 9 de Junio de 2010

DECRETO N° 1.149

Mendoza, 9 de junio de 2010

Visto el expediente N° 79552-M-07-01029, en el cual el señor Oscar Ramón Medero solicita el beneficio de Retiro Voluntario previsto en el Artículo 91 de la Ley Nacional N° 21.965; y

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al 1 de julio de 2008, fecha a partir de la cual es dado de baja en el cargo Clase 023 - Sargento - Cuerpo Comando de las Policías de Mendoza, según fotocopia de la Resolución N° 2316-S-08 del Ministerio de Seguridad, cuya copia obra a fs. 61 del expediente de referencia, el actor registra 27 años, 03 meses y 15 días de servicios exclusivamente policiales.

Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado a fs. 23 y 24, respectivamente, de la presente pieza administrativa, dictaminan que es procedente el otorgamiento del beneficio al señor Oscar Ramón Medero, en los términos del Artículo 91 de la Ley Nacional N° 21.965, conforme la adecuación al Régimen de Retiros de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal, acordada por Acta Complementaria del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, ratificada por Decreto Nacional N° 1627/07 y Decreto Provincial N° 779/07.

Que para establecer el haber de retiro del caso, se computará el importe del último sueldo conforme lo dispuesto por el Artículo 100 de la Ley Nacional N° 21.965 (Cláusula 4ª del Acta Complementaria), correspondiéndole un 100% según informe de fs. 80 de las presentes actuaciones.

Que según lo establece la Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional a fs. 86 del expediente N° 79552-M-07-01029, consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y a fs. 87 del mencionado expediente, obra la intervención de la Oficina Técnicas Previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.

Por ello, y en uso de las facultades que otorga la citada Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, aprobado por Decreto-Acuerdo Provincial N° 109/96, modificado por Ley N° 6554 y sus modificatorias y...

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