Decreto N° 990

EmisorMrio. de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición11 de Agosto de 2016

DECRETO N° 990

Mendoza, 11 de agosto de 2016

Visto el expediente N° 01152-D-16-01027, en el cual se tramita la ratificación de la Carta de Intención para el Fortalecimiento del Federalismo, suscripta en fecha 2 de agosto de 2016 entre el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas de la Nación, la Provincia de Mendoza, demás Provincias Argentinas y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 2 de agosto de 2016 se suscribió una Carta de Intención para el Fortalecimiento del Federalismo, entre el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas de la Nación, las Provincias de Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tucumán, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Chubut y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que la referida Carta de Intención es parte del proceso de diálogo iniciado por el Gobierno Nacional con la totalidad de las Provincias Argentinas y con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en procura de dar solución a la cuestión vinculada a la distribución de los recursos fiscales entre las distintas jurisdicciones del país.

Que en dicho marco, el Estado Nacional, las Provincias Argentinas y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en fechas 18 de mayo de 2016, 26 de mayo de 2016 y 1 de agosto de 2016, suscribieron un acuerdo en el que se establece la devolución escalonada y progresiva a estas últimas del quince por ciento (15%) de la coparticipación que se les retiene desde 1992, de la masa de recursos coparticipables, con destino a obligaciones previsionales nacionales y otros gastos operativos que resulten necesarios, a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), a razón de tres (3) puntos porcentuales por año calendario.

Que adicionalmente, el Acuerdo incluyó el compromiso asumido por la Nación de generar los instrumentos necesarios y/o de instruir, en su caso, al Fondo de Garantía de Sustentabilidad, para que otorgue a las Provincias préstamos con desembolsos y cancelaciones parciales y sucesivas.

Que el acuerdo referido suscripto por la Provincia fue ratificado en el ámbito provincial por Decreto N° 529/16 y por Ley N° 8873 y en el ámbito nacional por Ley N° 27.260.

Que en tal sentido, la Carta de Intención tiene por objeto continuar en la profundización de estas políticas que se vienen implementando a los fines de fortalecer el federalismo en la República Argentina, logrando de esta manera el equilibrio fiscal, la búsqueda de consenso y la resolución de las cuestiones controvertidas en la materia, así como el desarrollo sostenido, equilibrado y homogéneo de las economías locales.

Que mediante su celebración no se devenga gasto alguno para la Provincia, sino que la misma importa asumir un compromiso en materia de gestión de gobierno a través de la adopción de diversas medidas destinadas a impulsar la convergencia del equilibrio fiscal y mejorar de manera progresiva la calidad de los servicios prestados por el Estado.

Que la suscripción de la Carta de Intención por parte del señor Gobernador de la Provincia se encuentra dentro de las atribuciones conferidas por el Artículo 128 de la Constitución de la Provincia y su ratificación por medio del presente decreto constituye el instrumento idóneo para dar publicidad a los actos de gobierno.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 128 de la Constitución de la Provincia y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Hacienda y Finanzas a fs. 31 y vta. del expediente N° 01152-D-16-01027,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Ratifíquese la Carta de Intención para el Fortalecimiento del Federalismo, suscripta en fecha 2 de agosto de 2016, entre el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas de la Nación, las Provincias de Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza...

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