Decreto N° 947

EmisorMrio. Infraestructura
Fecha de la disposición15 de Junio de 2015

DECRETO N° 947

Mendoza, 15 de junio de 2015

Visto el expediente N° 2057-D-14-02370, en el cual se gestiona el ajuste de la situación de revista escalafonaria de diversos agentes del Ministerio de Infraestructura; y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido por actas paritarias de fechas 3 y 16 de mayo de 2013 y del 12 de julio de 2013, homologadas por Decreto 1624/13, ratificado por Ley 8712, los agentes de que se trata, reúnen las condiciones para ser encasillados en la Clase 003 del Régimen Salarial 05.

Que por otra parte cabe mencionar que por Acta Acuerdo de fecha 22 de mayo de 2014, homologada por Decreto 944/14, ratificado por Ley 8700, los agentes cuyo encasillamiento se gestiona, vienen percibiendo un suplemento salarial desde el 01 de octubre de 2014.

Que por lo expuesto, en las presentes actuaciones se tramita el ajuste de la situación de revista del personal detallado a fojas 22 de expediente de referencia y el reconocimiento de legítimo abono de las diferencias salariales existentes entre sus cargos de Clase 001 y Clase 003, por el período comprendido entre el 1 de mayo de 2013 y 30 de septiembre de 2014.

Que cabe aclarar que por Decreto 2151/14, se dispuso el pase a Planta Permanente del agente de la Subsecretaría de Infraestructura del Ministerio de Infraestructura, señor Jorge Santiago Hualpa, C.U.I.L. 20-21379803-1, en un cargo de Clase 003 Régimen Salarial 05 Código Escalafonario 6-02-01, a quien también deben reconocérsele las diferencias salariales.

Que a fojas 91 del expediente antes citado obra el informe de la Subdirección de Personal del Ministerio de Infraestructura en el que se detalla el costo que demandará el encasillamiento en Clase 003 de los agentes allí citados y el pago de las diferencias salariales.

Por ello, en virtud de lo dispuesto por los Artículos 99 inciso 3) de la Constitución Provincial, 27 de la Ley N° 8706, 1° del Decreto Acuerdo N° 2413/14, los Artículos , 26 y 51, Inciso a) , 53 de la Ley N° 8701 y Artículos 1°, 12°, 20, 21 y 47 del Decreto - Acuerdo N° 1902/14, los dictámenes emitidos por Fiscalía de Estado y por la Asesoría Legal del Ministerio de Infraestructura,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente año 2015 de la Administración Pública Provincial y transfiéranse al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión, los cargos y los agentes del modo que se indica en la Planilla Anexa I que forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2°

Reconózcanse de legítimo abono a favor de los agentes del Ministerio de Infraestructura, que se mencionan en la Planilla Anexa II, que forma parte integrante del presente decreto, los montos que en cada caso se indican, los que incluyen aportes y contribuciones, correspondientes a las diferencias salariales existentes entre sus cargos y los cargos de Clase 003, en los que han sido encasillados por el Artículo anterior y por los períodos que allí se detallan.

Artículo 3°

Aclárese que los agentes que se detallan a continuación, cuya situación de revista ha sido ajustada por el Artículo 1° de este decreto, seguirán incorporados hasta el 30 de junio de 2015, en el Régimen del Adicional por Mayor Dedicación, previsto por el Artículo 59 de la Ley N° 5126, modificado por el Artículo 20° de la Ley 5811 y Artículo 8° del Decreto N° 251/92 y en el Régimen del Adicional por Dedicación de Tiempo Completo, previsto por el Artículo 25 de la Ley 5811 y modificatorias, con los porcentajes, que en cada caso se indica:

• Sergio David Izquierdo, C.U.I.L. N° 20-18607839-0, Ochenta por Ciento (80%)

Rafael Javier...

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