Decreto Nº 91/GCABA/17

FirmantesRODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Tagliaferri - Miguel
EmisorGOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

VISTO:

La Ley N° 470 (Texto consolidado según la Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario

N° 2.021/01, el Decreto N° 1.084/04, el Expediente Electrónico N° 16.662.464-

MGEYA-DGAB-16 y,

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2° de la Ley N° 470 se creó la Corporación Buenos Aires Sur S.E.,

para desarrollar actividades de carácter industrial, comercial, para explotar servicios

públicos con el objeto de favorecer el desarrollo humano, económico y urbano integral

del área de desarrollo sur de la ciudad, delimitada en el artículo 1° de la citada Ley, a

fin de compensar las desigualdades zonales dentro del territorio de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 4° de la norma precedente autorizó al Poder Ejecutivo, a disponer la

transferencia a la Corporación Buenos Aires Sur S.E., de los inmuebles de dominio

privado de la Ciudad de Buenos Aires ubicados en el área de competencia delimitada

en su artículo 1°, bajo el régimen de fideicomiso;

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 2.021/01,

reglamentario de la Ley N° 470, y lo contemplado en la Cláusula 8.6 del Contrato de

Fideicomiso suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aries y la

Corporación Buenos Aires Sur S.E., aprobado por el artículo 1° del mencionado

Decreto, el fiduciario podrá, previo consentimiento expreso del fiduciante y cuando así

lo requieran los fines del fideicomiso, disponer a título gratuito los bienes

fideicomitidos;

Que mediante el Decreto N° 1.084/04, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires transfirió a la Corporación Buenos Aires Sur S.E., la propiedad fiduciaria del

inmueble del dominio privado de la Ciudad sito en Avda. Riestra, calle sin nombre

oficial y calle Portela proyectada, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección

50, Manzana 7D, Fracción B, autorizando a la Corporación a ceder a título gratuito,

una superficie a determinar por ella, que no puede ser mayor de trece mil metros

cuadrados (13.000 m2), de dicho inmueble, al Instituto de la Vivienda de la Ciudad y/o

a los actuales ocupantes del predio;

Que por la Escritura Pública N° 125, del 21 de febrero de...

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