Decreto Nº 866

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición13 de Julio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 152
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 5 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Decreto N° 866
Córdoba, 13 de julio de 2016.-
VISTO: El Expediente Nº 0045-017648/2015 del registro de la Dirección
Provincial de Vialidad, dependiente del actual Ministerio de Vivienda, Arqui-
tectura y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección Provincial de Vialidad
mediante Resolución Nº 00728/2015 propicia la individualización del bien
declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación para la obra: “RUTA
PROVINCIAL E-52 –TRAMO: LA TORDILLA – LA PARA – 1º SECCIÓN –
LA TORDILLA ACCESO A TORO PUJIO”.
Que el Departamento II Tierras y Valuaciones de la citada Dirección
informa que para la ejecución de la obra mencionada es necesario ocupar
una fracción de terreno propiedad de la señora Norma Catalina MAGGI,
inscripto según Matricula Folio Real Nº 1.400.997- Propiedad Nº 3005-
1691944/6, con una supercie total a ocupar de 4 Ha. 9795 m2, ubicado
en: Pozo de los Patos, Pedanía: Arroyito, Departamento: San Justo.
Que se ha incorporado en autos copia de Matricula Folio Real y del
plano de Mensura, así como detalles relativos a la fracción de terreno refe-
rida.
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 49 de la Ley N° 10.176
(Presupuesto General para la Administración Pública Provincial – Año
2014), el inmueble de que se trata ha sido declarado de utilidad pública y
sujeto a expropiación, encontrándose la obra debidamente identicada en
el Plan de Inversiones Públicas, declaración genérica conforme artículo 2
de la Ley N° 6394, pudiendo procederse como se gestiona.
Que debe darse la intervención pertinente al Consejo General de Ta-
saciones de la Provincia, a los nes de que je el valor máximo corres-
pondiente en concepto de total indemnización por la fracción del bien a
expropiar.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales del
entonces Ministerio de Infraestructura con el Nº 566/15, por Fiscalía de
Estado bajo el Nº 060/16, y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- INDIVIDUALÍZASE el bien declarado de utilidad pública
y sujeto a expropiación, conforme las prescripciones del artículo 49 de la
Ley N° 10.176 (Presupuesto General para la Administración Pública Pro-
vincial – Año 2014), ubicado en: Pozo de los Patos, Pedanía: Arroyito, De-
partamento: San Justo para la ejecución de la obra: “RUTA PROVINCIAL
E-52 –TRAMO: LA TORDILLA – LA PARA – 1º SECCIÓN – LA TORDILLA
ACCESO A TORO PUJIO”, Propiedad Nº 3005-1691944/6, a nombre de la
señora Norma Catalina MAGGI, inscripto en el Registro General de la Pro-
vincia en relación a la Matricula Folio Real Nº 1.400.997 con una supercie
total a ocupar de 4 Ha 9795 m2, según plano de mensura e informe que
como Anexo I, compuesto de dos (2) fojas, se acompaña y forma parte
integrante del presente Decreto.
Artículo 2º.- DETERMÍNESE el valor indemnizatorio del bien por inter-
medio del Consejo General de Tasaciones de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, dese intervención al Consejo General de Tasaciones de la Pro-
vincia, pase a la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VI-
VIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA,
FISCAL DE ESTADO
ANEXO: http://goo.gl/N3Y0Nx
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DE
EMPLEO
Resolución N° 235
Córdoba, 01 de agosto de 2016
VISTO:
El Decreto Nº 840/2016 de creación del PROGRAMA PROVINCIAL DE
PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Y CONSIDERANDO:
Que el art. 1º del citado instrumento legal consigna como objetivo del
PROGRAMA PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO, fomentar la
formación educativa y favorecer la adquisición de experiencia, hábitos, ha-
bilidades y conocimientos prácticos relacionados con un ocio, actividad o
profesión utilizando para ello el ámbito productivo ofrecido por una empre-
sa o empleador.
Que en su artículo 4º el Decreto 840/16 Designa como autoridad de
aplicación del PROGRAMA PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DEL EM-
PLEO, en todas sus modalidades, a la SECRETARIA DE EQUIDAD Y
PROMOCIÓN DEL EMPLEO de la PROVINCIA DE CÓRDOBA quien, en
virtud de las atribuciones que conere el artículo 25 del título V de la ley
Provincial 10.323, tendrá las siguientes facultades:
a) Dictar las normas interpretativas, aclaratorias, complementarias y ex-
cepciones que fueren menester para la aplicación, de los Programas de
Empleo indicados en el presente decreto.
b) Modicar la cantidad de beneciarios por modalidad previstos en el
presente decreto, sin modicar la suma total.
c) Establecer cupos y modalidades especiales para beneciarios prove-
nientes de sectores socio-productivos de mayor vulnerabilidad.
Que en el artículo 11º de la norma indicada supra se señala que el Progra-
ma Provincial de Promoción del Empleo tendrá las siguientes modalidades
a) Programa Primer Paso
b) Programa Primer Paso - Aprendiz
Que el Gobierno Provincial ha anunciado el lanzamiento del Programa
Primer Paso y del Programa Primer Paso - Aprendiz siendo necesario re-
glamentar y precisar los requisitos y condiciones que deberán cumplimen-
tar los participantes para acceder a los diversas asignaciones estímulo
y benecios previstos en ambos Programas, así como el cronograma y
pasos administrativos a cumplimentar en el período de inscripción de los
postulantes, revisión de la documentación y realización del sorteo para
determinar los beneciarios.

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