Decreto N° 864

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 6 de Agosto de 2015
CÓRDOBA, 27 de Agosto de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVIII - Nº 163 Primera Sección 5
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado
por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 335/2014, por Fiscalía de Estado bajo
el N°000626/2014 y en uso de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeter
minación de Precio por Reconocimiento de la segunda
Variación de Costos correspondientes al mes de enero de 2014,
por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: “EJECUCIÓN DE
LAS TAREAS DE REPARACIONES Y REFUNCIO
NALIZACIONES que oportunamente se determinen para la
realización del PLAN INTEGRAL DE REGULARIZACIÓN
EDILICIA DE ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, ubicados
en la Ciudad de Córdoba – AÑO 2013/2014 – ZONA D –
Provincia de Córdoba”, por la suma de Pesos Doscientos
Sesenta y Cuatro Mil Ochocientos Cuatro Con Veintiún Centavos
($ 264.804,21), suscripta con fecha 4 de junio de 2014, entre el
Director General de Arquitectura, Arquitecto Andrés Eduardo
CAPARRÓZ, por una parte, y el Socio Gerente de la Empresa
INGECO S.R.L., Ingeniero Carlos Alberto DOTTORI, contratista
de la obra, por la otra, que como Anexo I, compuesto de cuatro
(4) fojas útiles, se acompaña y forma parte integrante del presente
instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
total de Pesos Doscientos Sesenta y Cuatro Mil Ochocientos
Cuatro Con Veintiún Centavos ($ 264.804,21), a Jurisdicción
1.50, Programa 516-000, Partida 12.06.00.00 del P.V., conforme
lo indica la Dirección de Administración del Ministerio de
Infraestructura en su Documento de Contabilidad (Nota de
Pedido) Nº 2015/001088.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo la Empresa INGECO S.R.L.,
integrar el importe adicional de la garantía de cumplimiento de
contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese
intervención a la Dirección General de Administración del Ministerio
de Infraestructura, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección
General de Arquitectura a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/SzYWzu
Córdoba, 6 de Agosto de 2015
VISTO: El expediente 0045-017502/2015 del registro de la
Dirección Provincial de la Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la convalidación
de lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad, el
reconocimiento, la declaración de legítimo abono y autorización
de pago del importe adeudado a la firma JORDAN JULIO
DAMIAN, por la ejecución de trabajos de emergencia consistentes
en tareas de relleno y restauración de calzada con aporte de
material granular en caminos de la localidad de El Manzano,
como consecuencia de las inundaciones que sufriera la región
en el mes de febrero del corriente año 2015.
Que lo gestionado tiene como fundamento la declaración de
emergencia por desastre ambiental dispuesta por Decreto N°
80/2015 y ampliado por su similar N° 127/2015, como
consecuencia de los fenómenos meteorológicos desatados en
vastas regiones de la Provincia; habiendo sido en consecuencia
instruidas las autoridades del Gobierno Provincial a ejecutar las
medidas pertinentes que la situación de emergencia requería.
Que en ese marco la Dirección Provincial de Vialidad elabora
la documentación técnica necesaria para la realización de tareas
inmediatas a ejecutar para la restitución de las condiciones mínimas
de transitabilidad y seguridad y en general las comunicaciones
en la zona afectada, computo métrico y presupuesto,
encargándose los mismos a la firma JORDAN JULIO DAMIAN.
Que desde la repartición actuante se certifica que se completo
la totalidad de los trabajos requeridos, siendo recibidos de
conformidad por la Inspección de Obra, acompañándose las
Facturas C Nros. 0002-00000001, 0002-00000002, 0002-
00000003, 0002-00000005 y 0002-00000006 de la referida
contratista (CUIT N° 20314169221), por las sumas de $82.500,
$57.500, $68.200, $33.750 y $57.500 en un todo de acuerdo al
presupuesto y plan de tareas encargadas, siendo la misma
debidamente conformada por autoridad competente.
Que el accionar llevado a cabo lo fue a los fines de revertir
rápidamente la situación acaecida, rehabilitando vías de
comunicación de vital importancia en la región y evitar la
generación de nuevos daños o el agravamiento de los ocurridos.
Que la provisión de los materiales, prestación de los servicios y
los trabajos de que se trata han sido efectivamente entregados y
ejecutados, por lo que con el objeto de evitar se produzca un
enriquecimiento incausado a favor de la Administración y en
detrimento del patrimonio de la firma interviniente deviene
procedente la convalidación de lo actuado y su reconocimiento,
declarándolos de legitimo abono y autorizando el pago del importe
adeudado, debiéndose efectuar su pago a través del Ministerio
de Gestión Pública.
Que se incorpora Documento Contable Nota de Pedido N°
2015/000751 que certifica la reserva presupuestaria para atender
la erogación que lo gestionado demanda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto
por la Ley Provincial N° 10.267, por el Decreto N° 82/2015, lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales
del Ministerio de Infraestructura con el N° 332/2015, por Fiscalía
de Estado bajo el N° 586/2015 y en uso de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1.- CONVALÍDASE lo actuado por la Dirección Pro-
vincial de Vialidad; RECONÓCENSE los trabajos ejecutados en
las localidades de El Manzano, como consecuencia de las
inundaciones que sufriera la región en el mes de febrero del
corriente año 2015, por la firma JORDAN JULIO DAMIAN (CUIT
N° 20314169221), DECLÁRASE de legítimo abono la suma de
Pesos Doscientos Noventa y Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta
($ 299.450), adeudada por dicho concepto y AUTORÍZASE el
pago cancelatorio de las Facturas C Nros. 0002-00000001, 0002-
00000002, 0002-00000003, 0002-00000005 y 0002-00000006,
las que como Anexo I, compuesto de cinco (5) fojas útiles, se
acompañan y forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º.- IMPUTASE el egreso por la suma de Pesos
Doscientos Noventa y Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta ($
299.450), con cargo a Jurisdicción 1.20 Programa 201-002,
Partida 12.06.00.00, conforme lo indica Documento Contable
Nota de Pedido N° 2015/000751.
Artículo 3°.- FACÚLTASE a la Señora Ministra de Gestión
Pública, a efectuar las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, a los fines afrontar las erogaciones que por el
presente acto administrativo se legitiman, en un todo de acuerdo
con las previsiones de la Ley Provincial N° 10.267.
Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por la señora
Ministra de Gestión Pública y por los señores, Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial pase al Ministerio de Gestión Pública a sus efectos
y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
DRA. VERONICA LUCIA BRUERA
MINISTRA DE GESTION PUBLICA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/TkFKf5
Córdoba, 6 de Agosto de 2015
VISTO: El expediente 0045-017410/2015 del registro de la
Dirección Provincial de la Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la convalidación
de lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad, el
reconocimiento, la declaración de legítimo abono y autorización
de pago de los importes adeudados a la firma TONALE S.R.L.,
por la ejecución de los trabajos de emergencia consistentes
en tareas de relleno y restauración de calzada con aporte
de material granular de cantera , humectación, compactado
y perfilado final mecánico, en caminos de la localidad de Villa
Allende- Camino al Pan de Azúcar-, como consecuencia de
las inundaciones por la inusual crecida de los ríos en las
Sierras Chicas durante los días 14 y 15 de febrero del
corriente año 2015.
Que lo gestionado tiene como fundamento la declaración
de emergencia por desastre ambiental dispuesta por Decreto
Nº 80/2015 y ampliado por su similar Nº 127/2015, como
consecuencia de los fenómenos meteorológicos desatados
en vastas regiones de la Provincia; habiendo sido en
consecuencia instruidas las autoridades del Gobierno Pro-
vincial a ejecutar las medidas pertinentes que la situación de
emergencia requería.
Que en ese marco la Dirección Provincial de Vialidad
elabora la documentación técnica para la realización de tareas
encargándose los mismos a la firma TONALE S.R.L..
Que desde la repartición actuante se certifica que se
completó la totalidad de los trabajos requeridos, siendo
recibidos de conformidad por la inspección de obra,
acompañándose la Factura B N° 0002-00000007 por la suma
de $ 155.364 de la referida contratista (CUIT N° 307142407745),
siendo la misma debidamente conformada por autoridad
competente.
Que el accionar llevado a cabo lo fue a los fines de revertir
rápidamente la situación acaecida, rehabilitando vías de
comunicación de vital importancia en la región y evitar la
generación de nuevos daños o el agravamiento de los ocurridos.
Que la provisión de los materiales, prestación de los servicios y
los trabajos de que se trata han sido efectivamente entregados y
ejecutados, por lo que con el objeto de evitar se produzca un
enriquecimiento incausado a favor de la Administración y en
detrimento del patrimonio de la firma interviniente deviene
procedente la convalidación de lo actuado y su reconocimiento,
declarándolos de legítimo abono y autorizando el pago del importe
adeudado por la suma de $155.364,00, debiéndose efectuar su
pago a través del Ministerio de Gestión Pública.
Que se incorpora Documento Contable Nota de Pedido N°
2015/000759 que certifica la reserva presupuestaria para atender
la erogación que lo gestionado demanda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto
por la Ley Provincial N° 10.267, lo dictaminado por la Dirección
General de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con

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