Decreto Nº 838

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición12 de Julio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 137
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 15 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
cutivo Provincial, como así también, las competencias y atribuciones tanto
comunes como particulares de cada una de sus partes, a los nes de ade-
cuar la misma a la estructura funcional de la actual gestión.
Que en dicho marco, el Decreto Nº 1822/15 aprueba las estructuras
orgánicas de los Ministerios, Secretarías y Agencias del Poder Ejecutivo
Provincial, hasta el nivel de Director General.
Que, a n de continuar profundizando en la denición de los niveles
subsiguientes de la estructura orgánica de cada Jurisdicción, resulta nece-
sario aprobar dicha estructura, contemplando en esta instancia los cargos
de Supervisión, Jefaturas de Sección, Jefaturas de División, Jefaturas de
Departamento, Jefaturas de Área, Subdirecciones de Jurisdicción y Direc-
ciones de Jurisdicción.
Que en virtud de ello, resulta pertinente aprobar la estructura orgánica
del Ministerio de Agricultura y Ganadería, como así también, disponer la
reconversión de diversas unidades de organigrama, en las cuales se ha
modicado su denominación y/o dependencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de
la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.-APRUÉBASE la estructura orgánica del Ministerio de Agri-
cultura y Ganadería, la que quedará denida de conformidad a lo consig-
nado en el Anexo I, que compuesto de tres (3) fojas útiles, forma parte
integrante del presente decreto.
Artículo 2º.-DÉJASE SIN EFECTO, en su parte pertinente, el Decreto
Nº 766/15 y sus modicatorios.
Artículo 3º.-DISPÓNESE la reconversión de las unidades de organi-
grama en los términos del Anexo II, el que compuesto de ocho (8) fojas
útiles, forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 4º.-El presente decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Agricultura y Ganadería y Fiscal de Estado y rmado por la seño-
ra Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 5º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CRA. SILVINA RIVERO – SECRETARIA
GENERAL DE LA GOBERNACIÓN / SERGIO SEBASTIÁN BUSSO– MINISTRO DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA – FISCAL DE
ESTADO.
ANEXO: http://goo.gl/d2uHKw
Decreto N° 838
Córdoba, 12 de Julio de 2016.
VISTO: El Decreto N° 1791/15 y su modicatorio Nº 39/16 raticado por
Ley Nº 10.337.
Y CONSIDERANDO:
Que, el citado decreto establece la estructura orgánica del Poder Eje-
cutivo Provincial, como así también, las competencias y atribuciones tanto
comunes como particulares de cada una de sus partes, a los nes de ade-
cuar la misma a la estructura funcional de la actual gestión.
Que en dicho marco, el Decreto Nº 1822/15 aprueba las estructuras
orgánicas de los Ministerios, Secretarías y Agencias del Poder Ejecutivo
Provincial, hasta el nivel de Director General.
Que, a n de continuar profundizando en la denición de los niveles
subsiguientes de la estructura orgánica de cada Jurisdicción, resulta nece-
sario aprobar dicha estructura, contemplando en esta instancia los cargos
de Supervisión, Jefaturas de Sección, Jefaturas de División, Jefaturas de
Departamento, Jefaturas de Área, Subdirecciones de Jurisdicción y Direc-
ciones de Jurisdicción.
Que en virtud de ello, resulta pertinente aprobar la estructura orgánica
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como así también, dispo-
ner la reconversión de diversas unidades de organigrama, en las cuales se
ha modicado su denominación y/o dependencia.
Que, por otra parte, y a efectos de ajustarse de manera más acabada
a las necesidades organizacionales, el Sr. Ministro de Justicia y Derechos
Humanos, propone que la actual Subsecretaría de Protección Integral de
Derechos sea denominada como Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y
Familia; y que de esta última dependa orgánicamente la Dirección General
Penal Juvenil.
Que por lo tanto corresponde reejar dichos cambios en la estructura
que mediante el presente se aprueba, dejando asimismo sin efecto el Ane-
xo 6 del Decreto N° 1822/15.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de
la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.-APRUÉBASE la estructura orgánica del Ministerio de Jus-
ticia y Derechos Humanos, la que quedará denida de conformidad a lo
consignado en el Anexo I, que compuesto de siete (7) fojas útiles, forma
parte integrante del presente decreto.
Artículo 2º.-DÉJANSE SIN EFECTO, en su parte pertinente, el Decre-
to Nº 766/15, sus modicatorios y el Anexo 6 del Decreto N° 1822/15.
Artículo 3º.-DISPÓNESE la reconversión de las unidades de organi-
grama en los términos del Anexo II, el que compuesto de diecinueve (19)
fojas útiles, forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 4º.-El presente decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Justicia y Derechos Humanos y Fiscal de Estado y rmado por la
señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 5º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI –GOBERNADOR / CRA. SILVINA RIVERO – SECRETA-
RIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN / LUIS EUGENIO ANGULO– MINISTRO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA – FISCAL
DE ESTADO.
ANEXO: http://goo.gl/BmlkCW

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