Decreto N° 838 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición24 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 121
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 29 DE JUNIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Artículo 8º.- El Poder Ejecutivo designará a la Autoridad
de Aplicación de las disposiciones contenidas en la presente Ley y de su
Reglamentación.
Artículo 9º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE
MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
FDO: OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISORIO - GUI-
LLERMO CARLOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO
ANEXO
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 838
Córdoba, 24 de mayo de 2018
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.546, cúmplase, protocolícese, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – SERGIO BUSSO, MINISTRO DE
AGRICULTURA Y GANADERIA – RICARDO ROBERTO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
PODER JUDICIAL
ACUERDO NÚMERO QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO. SERIE “A. En
la Ciudad de Córdoba, a veintiséis días del mes de junio del año dos mil
dieciocho, con la Presidencia de su Titular Dra. Aída Lucía TARDITTI, se re-
unieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia,
Dres. Luis Enrique RUBIO, María Marta CACERES de BOLLATI y Sebas-
tián Cruz LOPEZ PEÑA, con la asistencia del Señor Administrador General
del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: La invitación efectuada por el Sr. Ministro de Justicia y Derechos
Humanos, Dr. Luis E. Angulo, para conformar una Mesa Interpoderes en
torno a la temática vinculada con niñas y niños en situación de adoptabi-
lidad.
Y CONSIDERANDO: I. Este Tribunal Superior de Justicia, coincide en el
alto interés institucional de la temática convocante por los derechos funda-
mentales en juego, por lo cual considera que sería valioso su tratamiento
en el ámbito de una Mesa Interpoderes que se integre con la participación
de representantes de cada Poder y la Defensoría de Niñas, Niños y Ado-
lescentes, y que funcione formal y periódicamente.
II. En representación del Poder Judicial asistirán las Sras. Juezas de Niñez,
Adolescencia, Violencia Familiar y de Género Dra. Nélida Wallace (titular) y
la Dra. Laila Córdoba (suplente), las Sras. Asesora Letrada de Niñez y Ado-
lescencia Dra. Raquel Martínez (titular) y la Dra. Raquel Pereyra (suplente),
el Sr. Administrador del Poder Judicial Dr. y Lic. Ricardo Rosemberg, debi-
do a su trayectoria en la temática de adopciones y la Lic. Patricia García
de Arce, Jefa de Departamento a cargo del Registro Único de Adoptantes.
Por todo ello y lo dispuesto por el art. 166, incs. 2° de la Constitución de la
Provincia y art. 12, inc. 1° de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8435;
RESUELVE:
I.- Aceptar la invitación formulada por el Sr. Ministro de Justicia y Derechos
Humanos, Dr. Luis E. Angulo, para integrar una Mesa Interpoderes en torno
a la temática vinculada con niñas y niños en situación de adoptabilidad,
que se integrará en representación del Poder Judicial por los magistrados
y funcionarios mencionados en el presente Acuerdo.
II.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.-
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su contenido,
rman la Señora Presidenta y los Señores Vocales con la asistencia del
Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.-
FDO: DRA. AIDA L. TARDITTI, PRESIDENTE - LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL -
MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL - SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA,
VOCAL - RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución General N° 31
Córdoba, 27 de junio de 2018.-
Y VISTO: Que vienen las presentes actuaciones vinculadas con la presen-
tación promovida por la prestadora del Servicio de Agua Potable y Sanea-
miento Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Tanti Limitada, por la
cual solicita revisión tarifaria.
Y CONSIDERANDO: Que atento a la normativa vigente corresponde al
ERSeP el tratamiento de la cuestión planteada. En efecto, el artículo 22
de la Ley Nº 8835 –Carta del Ciudadano- dispone “El ERSeP tendrá como
cometido la regulación de todos los servicios públicos que se presten en
el territorio provincial, con excepción de los de carácter nacional y los mu-
nicipales que no excedan el ámbito de un solo municipio o comuna (...)”.-
Que por su parte, el artículo 25 inciso h) del cuerpo legal precitado esta-
blece que es competencia de este Organismo, “Aprobar las modicaciones,
revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a
cargo de los prestadores (...)”; como así también (Art. 25, inc g):”Controlar
el cumplimiento de los planes de mejora y expansión de los servicios y de
los de inversión, operación y mantenimiento, a cargo de los prestadores.”
Que asimismo resulta aplicable al caso el marco normativo que rige la
materia, esto es el Decreto Nº 529/94 -Marco Regulador de los Servicios
Públicos de Agua Potable y Desagües Cloacales en la Provincia de Cór-
doba-, el Decreto 4560–C–1955– Reglamentación de Servicios Sanitarios
por Particulares y demás reglamentación contemplada en los mismos.-
Que así el decreto 529/94, en su artículo 2 –Ámbito de Aplicación-
establece: “Se dene como ámbito de aplicación a todo el territorio de la
Provincia de Córdoba”, ámbito servido de la prestadora presentante, y en
su artículo 5 -Alcances de la Normativa- dispone: “Este Marco Regulador
es de cumplimiento obligatorio para la prestación de los Servicios Públicos
de Agua Potable y Desagües Cloacales en el ámbito de aplicación denido
en el Artículo 2. Rigen igualmente “(…) Los decretos, reglamentos y orde-

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