Decreto Nº 836
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 1 de Abril de 0008 |
DECRETO Nº 836
Mendoza, 18 de mayo de 2005
Visto el Expte. Nro. 2363-C-05-00020 y nota presentada por la Dirección General de Escuelas donde la Coordinación de Comunicación Social de la Gobernación y la Dirección antes mencionada solicitan refuerzos de sus partidas presupuestarias; y
CONSIDERANDO:
Que los aumentos de crédito solicitados son factibles de otorgar ante la existencia de saldos disponibles en distintas cuentas presupuestarias dentro de las Jurisdicciones del Poder Ejecutivo;
Que a los fines de no entorpecer el desenvolvimiento de sus actividades, se ha considerado conveniente exceptuar del porcentaje de devengamiento previsto por el Decreto Nro. 54/05 y sus modificatorias a las Unidades de Gestión de Crédito que como «Aumento» se detallan en la modificación presupuestaria que se tramita en estos actuados y con destino a publicidad;
Que el aumento y las modificaciones presupuestarias que se tramitan no provocan un aumento del gasto global, a nivel Provincia; sino que las distintas cuentas presupuestarias se reorganizan dentro del Poder Ejecutivo;
Que el Poder Ejecutivo puede reestructurar partidas presupuestarias dentro de una misma Jurisdicción o bien entre distintas Jurisdicciones, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 13 y 14 inciso d) de la Ley 7324;
Por ello y atento a lo establecido por los artículos 13 y 14
inciso
d)
de la Ley 7324, y artículos 1º y 4º del Decreto 54/05 y sus modificatorias;
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones vigente para el año 2.005 correspondiente a la Administración Provincial, del modo que se indica enla Planilla Anexa I, que forma parte de este Decreto, cuyo monto total asciende a la suma de.
pesos
siete
millones
ochocientos
Exceptúese a la modificación presupuestaria dispuesta por el artículo 1º del Decreto 54/05 y sus modificatorias y con destino al insumo publicidad oficial.
Modifíquese el Cálculo de Recursos de la Dirección General de Escuelas correspondiente al presupuesto vigente para el año 2.005, del modo que se indica en la Planilla Anexa II,
El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno, Hacienda, Economía, Salud, Ambiente y Obras Públicas, Justicia y Seguridad y Turismo y Cultura y Desarrollo Social.
La presente norma legal deberá ser remitida ad referéndum de la Honorable Legislatura.
Notifíquese el presente decreto a la Contaduría General de la Provincia para su registración, previa intervención de la Dirección de Finanzas.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
JULIO CESAR CLETO COBOS
Gabriel Fidel
Alejandro Gallego
Alfredo Cornejo
Laura Montero
Ana María Gotusso
Armando A. Calletti
Francisco Morandini
Marian Juri
PLANILLA ANEXA I
MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE EROGACIONES
Expediente Nº 2363-C-05-00020 - Decreto Nº 836
1
04
01
B96002
41301
131000000
999
232.332,40
1
05
01
G99006
41301
131000000
999
1.229.628,72
1
06
04
H96091
41301
131000000
999
122.570,69
1
07
01
C97001
41301
131000000
999
151.324,93
1
08
01
S96100
41301
131000000
999
313.780,77
1
09
01
O02001
41301
131000000
999
888.097.93
1
16
01
J99002
41301
131000000
999
125.000,00
1
18
02
TC6331
41301
131000000
999
1.881.038,49
1
18
03
TC6212
41301
131000000
999
921.771,12
1
19
01
S90001
41301
131000000
999
441.254,95
2
14
01
E96001
41301
124000000
000
1.000.000,00
1
06
01
H96005
41301
192000000
000
500.000.00
1
07
01
C97004
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