Decreto N° 827

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Julio de 2014
CÓRDOBA, 30 de diciembre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 227 Primera Sección 7
suscripta con fecha 18 de febrero de 2014, entre el Director
General de Arquitectura y la firma SCALA EMPRESA
CONSTRUCTORA S.R.L., contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial Nº 1231/2010, modificatorio
de su similar N° 1133/2010, y lo dispuesto por Resolución Nº
013/2011 del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos,
y artículo 28 del Pliego Particular de Condiciones.
Que los citados trabajos fueron adjudicados a la firma SCALA
EMPRESA CONSTRUCTORA S.R.L. mediante Decreto N° 592
de fecha 20 de mayo de 2013, habiéndose firmado el contrato
correspondiente con fecha 4/09/2013.
Que luce incorporada documentación presentada por la
contratista fundamentando su pedido.
Que la División Certificaciones de la Dirección General de
Arquitectura informa que al mes de diciembre de 2013 la obra
contaba con un avance del 34,99% y que no se ha confeccionado
Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta a favor de la
contratista.
Que la Sección Estudios de Costos de la Dirección General de
Arquitectura ha elaborado planilla e informe del que surge que,
se constataron las siguientes variaciones: al mes de julio/2013
del 12,6037% y al mes enero/2014 del 7,5346% por lo que se
procedió a calcular el Factor de Redeterminación (Fri), que arroja
un porcentaje de variación de costos a partir de julio de 2013
(primera variación) del 11,34%, habiéndose aplicado los
Números Índice publicados mensualmente en el Anexo del
Cuadernillo INDEC Informa a valores del mes anterior de dicha
fecha, y a valores del mes anterior al de la fecha de cotización
(febrero de 2013), y un porcentaje de variación de costos a
partir del mes de enero de 2014 (segunda variación) del 6,78%,
habiéndose aplicado idéntica metodología a la detallada
precedentemente, a valores del mes anterior a dicha fecha y del
mes anterior al de la fecha de la primera variación (julio de
2013), lo que implica reconocer a la contratista en concepto de
primera variación de costos la suma de $ 595.524,72, y en
concepto de segunda variación de costos la suma de
$ 257.708,89, habiéndose deducido el 10% de utilidad invari-
able, ascendiendo el presupuesto de obra redeterminado a enero
de 2014 a la suma de $ 6.103.233,61.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto 1231/2010, modificatorio de su similar N°
1133/2010.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del régimen de que se trata,
la Dirección General de Arquitectura ha considerado conveniente
la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió
con la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de precio
por reconocimiento de la primera y segunda variación de costos.
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N° 2014/
000272 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo
14 del Anexo I al Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su
similar N° 1133/2010, lo dictaminado por la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura
con el N° 213/2014, por Fiscalía de Estado bajo el N° 000437/
2014, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144
inciso 1° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Primera y
Segunda Variación de Costos correspondiente a los meses de
julio/2013 y enero/2014, por trabajos faltantes de ejecutar en la
obra: “EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE REPARACIONES Y
REFUNCIONALIZACIONES que oportunamente se determinen
para la realización DEL PLAN INTEGRAL DE
REGULARIZACIÓN EDILICIA DE ESTABLECIMIENTOS
ESCOLARES, ubicados en la Ciudad de Córdoba – Año 2013/
2014 – ZONA H – Provincia de Córdoba” por la suma total de
PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL
DOSCIENTOS TREINTA Y TRES CON SESENTA Y UN
CENTAVOS ($ 853.233,61) suscripta con fecha 18 de febrero
de 2014 entre el Director General de Arquitectura, Arquitecto
Andrés Eduardo CAPARRÓZ, por una parte, y el Socio Gerente
de la firma SCALA EMPRESA CONSTRUCTORA S.R.L.,
Arquitecto Raúl Alberto LERDA , contratista de la obra, por la
otra, que como Anexo I compuesto de seis (6) fojas, integra el
presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
total de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL
DOSCIENTOS TREINTA Y TRES CON SESENTA Y UN
CENTAVOS ($ 853.233,61) conforme lo indica la Dirección
General de Administración del Ministerio de Infraestructura en su
Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2014/000272
con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 516-000, Partida
12.06.00.00 del P.V.
ARTÍCULO 3°.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo previamente la firma SCALA
EMPRESA CONSTRUCTORA S.R.L., integrar el importe
adicional de la garantía de cumplimiento de contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención a la Dirección General de Administración del
Ministerio de Infraestructura, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección
General de Arquitectura a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/9ltLi7
Decreto N° 827 Córdoba, 29 de Julio de 2014
VISTO: el Expediente Nº 0047-000708/12/R5 del registro del
Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección General de
Arquitectura, propicia por Resolución Nº 335/2014, la aprobación
del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de la Segunda Variación de Costos
correspondientes al mes de febrero de 2014, por trabajos faltantes
de ejecutar en la Obra: “RECUPERACIÓN DE EDIFICIO
EXISTENTE PARA FUNCIONAMIENTO DE CENTRO DE
PARTICIPACIÓN COMUNAL (CPC), UBICADO EN AV.
RICHIERI ESQUINA CELSO BARRIOS – BARRIO JARDÍN
ESPINOSA – CÓRDOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL”,
suscripta con fecha 10 de abril de 2014, entre el Director Gen-
eral de Arquitectura y el y el Presidente del Directorio de la
Empresa Constructora de Obras Publicas S.A. (E.C.O.P. S.A.),
contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Provincial Nº 1231/2010, modificatorio
de su similar N° 1133/2010, y lo dispuesto por Resolución Nº
013/2011 del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
Que luce incorporada documentación presentada por la
contratista fundamentando su pedido.
Que mediante Decreto N° 819/13, se formalizó la adjudicación
de la obra de referencia con la Empresa Constructora de Obras
de Obras Públicas S.A. “E.C.O.P.S.A.”, suscribiéndose el
pertinente contrato con fecha 22 de agosto de 2013, efectuándose
el Replanteo de obra el 29 de agosto de 2013, aprobándose
mediante Decreto N° 467/2014 el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Primera
Variación de Costos.
Que la División Certificaciones de la Dirección General de
Arquitectura informa que se ha emitido Certificado Extraordinario
de Pago a Cuenta a favor de la contratista por el 20% según
artículo Nº 25 del PPC, emitiendo Partes Mensuales Nº 1 al 5,
correspondiente a los meses de Setiembre/2013 – Enero/2014,
con un avance del 20,66%.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura, quien ha elaborando planilla e informe del que
surge que, atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del
Decreto Nº 1133/2010, rectificado por su similar Nº 1231/2010, y
lo dispuesto por Resolución Ministerial Nº 013/11, a partir del
mes de febrero de 2014 se verificó un porcentaje de variación
de costos del 8,3843%, por lo que se procedió a calcular el
Factor de Redeterminación (Fri), que arroja un porcentaje de
variación de costos a partir de dicho mes del 5,87%, habiéndose
aplicado los Números Índice publicados mensualmente en el
Anexo del Cuadernillo INDEC Informa a valores del mes ante-
rior de dicha fecha y a valores del mes anterior al de la primera
redeterminación (julio/2013), lo que implica reconocer a la
contratista en concepto de diferencia por Redeterminación de
precio la suma de $ 1.079.253,67, habiéndose deducido el 10%
de utilidad invariable, y el 20% liquidado en concepto de
Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta, ascendiendo el
presupuesto de obra redeterminado a febrero de 2014 a la
suma de $ 24.256.725,72
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto referenciado.
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N° 2014/
000703 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del citado instrumento legal,
la Dirección General de Arquitectura ha considerado conveniente
la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió
con la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de precio
por reconocimiento de variación de costos.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
lo dispuesto por el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio
de Infraestructura con el N° 219/2014, por Fiscalía de Estado
bajo el N° 000505/2014, y en uso de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Segunda
Variación de Costos correspondientes al mes de febrero de 2014,
por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: “RECUPERACIÓN
DE EDIFICIO EXISTENTE PARA FUNCIONAMIENTO DE
CENTRO DE PARTICIPACIÓN COMUNAL (CPC), UBICADO
EN AV. RICHIERI ESQUINA CELSO BARRIOS – BARRIO
JARDÍN ESPINOSA – CÓRDOBA – DEPARTAMENTO CAPI-
TAL”, por la suma de PESOS UN MILLÓN SETENTA Y NUEVE
MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON SESENTA Y
SIETE CENTAVOS ($ 1.079.253,67), suscripta con fecha 10 de
abril de 2014, entre el Director General de Arquitectura, Arquitecto
Andrés Eduardo CAPARRÓZ, por una parte, y el Presidente del
Directorio de la Empresa Constructora de Obras Publicas S.A.
(E.C.O.P. S.A.), Licenciado Jerónimo FERRERO, contratista de
la obra, por la otra, que como Anexo I compuesto de TRES (3)
fojas integran el presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
total de PESOS UN MILLÓN SETENTA Y NUEVE MIL
DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON SESENTA Y SIETE
CENTAVOS ($ 1.079.253,67), conforme lo indica la Dirección
de Administración del Ministerio de Infraestructura en su
Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2014/000703,
con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 506-011, Partida
12.06.00.00 del P.V.
ARTÍCULO 3°.- FACÚLTASE al señor Director General
de Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo previamente la Empresa
Constructora de Obras Publicas S.A. (E.C.O.P. S.A.), integrar el
importe adicional de la garantía de cumplimiento de contrato.

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