Decreto N° 825

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Julio de 2014
CÓRDOBA, 26 de noviembre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVIII - Nº 206 Primera Sección 3
caso de corresponder cancelara las deuda que existieran por
períodos anteriores y de titularidad de la donante, en concepto
de Impuesto Inmobiliario, incluídos recargos, intereses y multas,
conforme lo establecido en el artículo 172 del Código Tributario
Provincial Ley N° 6006 - T.O. Dcto. N° 574/2012.
Que en atención a los informes emitidos por las áreas técnicas
competentes, y lo dispuesto por los artículos 1789, 1792,
correlativos y concordantes del Código Civil, 72 inc. 4° y 144
inc. l) de la Constitución Provincial y 135 de la Ley N° 7631 y
su Decreto reglamentario, nada obsta a la aceptación de la
donación de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo
dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio
de Finanzas con el Nº 489/2014, por Fiscalía de Estado bajo
el Nº 763/2014, y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- ACÉPTASE y AGRADÉCESE la donación
efectuada por la Municipalidad de Deán Funes, (C.U.I.T.
Nº 30-65635508-1) con domicilio legal en calle Sáenz Peña
N° 466, ciudad de Deán Funes, Provincia de Córdoba,
mediante Ordenanza N° 2525/13 promulgada por Decreto
Nº 318/13, de una fracción de terreno con todo lo edificado,
clavado, plantado y adherido al suelo, la que conforme a
título se describe como: UNA FRACCIÓN DE TERRENO
con todo lo edificado, ubicado en "Los Algarrobos", Pedanía
San Pedro de Toyos, Departamento Ischilín, Provincia de
Córdoba, que consta de 100mts. en sus costados Este y
Oeste, por 120mts. en sus costados Norte y Sud, lo que
hace una Superficie Total de UNA HECTÁREA VEINTE
ÁREAS, y linda: al Este, con Ferrocarril Central Córdoba
Sección Norte, hoy Ferrocarril del Estado, camino de por
medio que va de Deán Funes a Quilino; y al Norte, Sur y
Oeste, con más terreno de Señores Pedro Ángel María
Zeppa y Ernesto Arturo Zeppa, o sea con el campo Los
Algarrobos. empadronado en la Dirección General de
Rentas como Propiedad Nº 17-05-0394900-1, identificado
con Nomenclatura Catastral: 17-05-07-01-01-023-010,
inscripto en el Registro General de la Provincia en relación
a la Matrícula Nº 1.048.296 ISCHILIN (17-05), con cargo
de ser destinado a la construcción del edificio para el
funcionamiento de los Tribunales de la Novena
Circunscripción Judicial con asiento en dicha ciudad.
ARTÍCULO 2º.- FACÚLTASE a la Dirección General de
Rentas para que cancele las deudas que existieran en
concepto de impuesto inmobilliario, como así también
recargos intereses y multas, en proporción a la superficie
donada, conforme con lo establecido por el artículo 172 del
Código Tributario Provincial Ley N° 6006 - T.O. Dcto. N°
574/2012.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE a Escribanía General de
Gobierno a efectuar la inscripción en forma directa del inmueble
descripto en el artículo 1° del presente Decreto conforme lo
establecido en el artículo 1810 in fine del Código Civil,
ingresando el mismo al dominio privado de la Provincia.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la
señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos, y por los
señores Ministro de Finanzas, y señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLICESE, dése intervención a
Contaduría General de la Provincia, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
DRA. GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 825 Córdoba, 29 de Julio de 2014
VISTO: El expediente Nº 0045-016266/2012/A10 del registro
de la Dirección Provincial de Vialidad.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección
dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia por
Resolución Nº 00335/2014 la aprobación del Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Tercera
Variación de Costos correspondiente al mes de febrero de 2014,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: "CONTRATO MODU-
LAR PARA DUPLICACIÓN DE CALZADA EN RUTA NACIONAL
Nº 36 - TRAMO: BOWER - ALTO FIERRO Y RUTAS VARIAS
DE LA ZONA 1 - DEPARTAMENTOS: CAPITAL - COLÓN
CALAMUCHITA - PUNILLA - SANTA MARÍA", suscripta el día 24
de abril de 2014 entre el Presidente de la Dirección Provincial de
Vialidad, y el Representante de la Empresa AFEMA S.A., contratista
de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Nº 1231/10, modificatorio de su simi-
lar N° 1133/2010, y lo establecido en el Artículo 8° del Pliego
Particular de Condiciones y Aclaratoria sin Consulta N° 1.
Que mediante Decreto N° 698 de fecha 7 de junio de 2013 se
adjudicó la obra principal a la Empresa AFEMA S.A.,
suscribiéndose el día 6 de agosto de 2013 el contrato
correspondiente.
Que obra en autos la documentación presentada por la contratista
fundamentando su petición.
Que de acuerdo al procedimiento establecido en relación al
artículo 10 del Anexo I al Decreto N° 1231/2010, modificatorio de
su similar N° 1133/2010, referido a la Redeterminación de Precio
por Reconocimiento de Variación de Costos mediante fórmula
polinómica, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos
establecidos, produciéndose una variación de costos de la obra
superior al 7% entre la fecha de la segunda redeterminación
(noviembre/2013) y el mes de la tercera redeterminación (febrero/
2014), estableciéndose la comparación entre las tablas de valores
correspondientes a los meses inmediatamente anteriores a cada
una de ellas.
Que según informe de la repartición de origen, al momento de la
tercera redeterminación de precio se ha ejecutado un 52,68% de
la obra (Certificado Parcial N° 006 por enero de 2014 del 17-02-
14).
Que la redeterminación de precio en cuestión genera un Fri
(Factor de Redeterminación) igual a 1,27 para el mes de febrero/
2014, lo que produce un monto de obra faltante de ejecutar
redeterminado de $ 79.151.115,24, implicando un incremento
sobre el precio del contrato de $ 6.343.018,23, ascendiendo el
nuevo precio del Contrato a dicha fecha a la suma de $
156.846.675,70.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar
1133/2010.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del régimen de que se trata,
la Dirección Provincial de Vialidad ha considerado conveniente la
redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió con
la contratista el acta acuerdo de redeterminación de precio por
reconocimiento de variación de costos, correspondiente al mes
de febrero de 2014.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N° 2014/
000814 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
lo dispuesto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 297/2014, por Fiscalía de Estado bajo el
N° 570, y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Tercera
Variación de Costos correspondiente al mes de febrero de 2014,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: "CONTRATO MODU-
LAR PARA DUPLICACIÓN DE CALZADA EN RUTA NACIONAL
Nº 36 - TRAMO: BOWER - ALTO FIERRO Y RUTAS VARIAS
DE LA ZONA 1 - DEPARTAMENTOS: CAPITAL - COLÓN
CALAMUCHITA - PUNILLA - SANTA MARÍA", por la suma de
PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES
MIL DIECIOCHO CON VEINTITRES CENTAVOS ($
6.343.018,23), suscripta el día 24 de abril de 2014 entre el
Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, Ingeniero Raúl
BERTOLA, por una parte, y el Representante de la Empresa
AFEMA S.A., Ingeniero Ricardo A. PAGANI, contratista de la obra,
que como Anexo I, compuesto de ocho (8) fojas útiles, se acompaña
y forma parte integrante del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES
MIL DIECIOCHO CON VEINTITRES CENTAVOS ($
6.343.018,23) de conforme lo indica el Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad
en su Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2014/
000814, al Ejercicio Futuro 2015.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo la Empresa AFEMA S.A.,
integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento del
contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención al Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la
citada Dirección a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/4n7Y8x
Decreto N° 915 Córdoba, 22 de Agosto de 2014
VISTO: el expediente N° 0045-016600/2013 del Registro de la
Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección propone
por Resolución Nº 00446/14 se autorice el llamado a Licitación
Pública para la contratación de la Obra: "REHABILITACIÓN Y
MANTENIMIENTO EN RUTA PROVINCIAL34 "CAMINO
DE LAS ALTAS CUMBRES" - TRAMO: MINA CLAVERO -
EMPALME RUTA PROVINCIAL N° E-96 - DEPARTAMENTOS:
PUNILLA - SAN ALBERTO", cuyo Presupuesto Oficial asciende
a la suma de $ 139.838.067,10.
Que la citada Dirección ha procedido a aprobar la
correspondiente documentación base del llamado, como asimismo
su Presupuesto Oficial, todo en cumplimiento de las disposiciones
del artículo 1º del Decreto Nº 4757/77, Reglamentario de la Ley
de Obras Públicas y artículo 2º del Pliego General de Condiciones,
aprobado por Decreto Nº 4758/77.
Que se acompaña Memoria Descriptiva, Proyecto, Pliego Par-
ticular de Condiciones con sus anexos, Pliego Particular de
Especificaciones Técnicas, Cómputo Métrico y Presupuesto Oficial
referidos a la obra de que se trata.
Que se ha realizado la afectación preventiva del gasto de

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