Decreto N° 824

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 3 de Agosto de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 222 CÓRDOBA, 18 de Noviembre de 20152
CINCO (5) días de producido el acto eleccionario, acrediten ante esta Secretaría las planillas de detalle de los sufragantes y
autoridades de mesa transportados, con las correspondientes copias de los documentos de identidad e importes de los pasajes
emitidos, a los fines de tramitar el reconocimiento de los costos incurridos.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dese copia al Tribunal Electoral Provincial,
F.E.T.A.P., A.Se.TAC., E.R.Se.P., Policía de la Provincia de Córdoba, notifíquese a las empresas y ARCHIVESE.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE
de la sociedad civil, universidades, cooperativas,
organismos del Estado Provincial y Municipal en sus
diferentes niveles.
b) Captar y canalizar iniciativas existentes en materia de
políticas de Agua y Desagües Cloacales.
c) Considerar la normativa que rige la materia y sus
actualizaciones, las diferentes políticas y planes, como así
también las acciones en marcha con las diversas prestatarias
del territorio provincial, a fin de poder asesorar en la mate-
ria de manera integral.
d) Realizar los demás actos que sean necesarios para el
cumplimiento de su función principal.
Artículo 3° DESIGNAR al Ing. Alberto Luis Bresciano
(M.I. N° 7.977.266) como Coordinador del Consejo Asesor
de Agua y Saneamiento Cloacal, función que cumplirá como
carga anexa a su cargo de Secretario de Servicios
Públicos.
Artículo 4° FACULTAR al Ing. Alberto Luis Bresciano en
su carácter de coordinador, a convocar a los actores que
estime necesarios para participar de las actividades del
Consejo creado por la presente resolución.
Artículo 5° PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Servicios
Públicos dependiente de este Ministerio a sus efectos y
archívese.
DR. ING. FABIAN LOPEZ
MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
Decreto N° 827 Córdoba, 3 de agosto de 2015
VISTO: El expediente N° 0109-065827/2004 y sus agregados
por cuerdas flojas Nros. 0109-069753/2006 y 0109-084368/2008,
del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la aprobación del
contrato de comodato celebrado entre la Dirección General de
Nivel Inicial y Primario dependiente del Ministerio de Educación -en
carácter de comodante- y el Instituto de Enseñanza Privada
“ESTEBAN ECHEVERRÍA” de La Laguna, en carácter de
comodatario.
Que por el referido contrato, el comodante cede en calidad de
préstamo de uso al comodatario, instalaciones correspondientes a
la Escuela de Nivel Primario “GRAL. JOSÉ DE SAN MARTÍN” de
La Laguna -Departamento General San Martín-, para el desarrollo
de actividades destinadas a un microemprendimiento de cunicultura
y huerta.
Que se ha incorporado en autos el contrato de comodato de fecha
23 de mayo de 2014, con vigencia a partir del 3 de marzo de 2014,
sin que se hubiere materializado el instrumento legal de rigor.
Que la autoridad educativa competente certifica la ocupación del
inmueble en cuestión por los períodos comprendidos desde el 9 de
marzo de 2006 hasta el 2 de marzo de 2014.
Que del contrato celebrado surgen los derechos y obligaciones
que asumen las partes, adecuándose a los extremos exigidos en
los artículos 959 y 1533 correlativos y concordantes del Código
Civil y Comercial de la Nación.
Que en consecuencia, procede en esta instancia adoptar las
siguientes medidas, al no existir impedimentos desde el punto de
vista jurídico-formal y por constituir un acto de buena administración
a título gratuito.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado por el Área
Jurídica del Ministerio de Educación y por Fiscalía de Estado bajo
los Nros. 0186/15 y 000639/15, respectivamente y en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Pro-
vincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1°.-CONVALÍDASE lo actuado por la Dirección Gen-
eral de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, en relación
a la ocupación en carácter de préstamo de uso de las instalaciones
correspondientes a la Escuela de Nivel Primario “GRAL. JOSÉ DE
SAN MARTÍN” de La Laguna -Departamento General San Martín-
, por parte del Instituto de Enseñanza Privada “ESTEBAN
ECHEVERRÍA” de la aludida localidad para el desarrollo de
actividades destinadas a un microemprendimiento de cunicultura y
huerta, a partir del 9 de marzo de 2006 y en consecuencia
APRUÉBASE el contrato de comodato celebrado entre la citada
Dirección General y el Instituto de Enseñanza Privada “ESTEBAN
ECHEVERRÍA” de La Laguna, a partir de la fecha del presente
dispositivo legal y hasta el 3 de marzo de 2020, de conformidad al
contrato, que como Anexo I con tres (3) fojas, forma parte integrante
de este instrumento legal.
Artículo 2°.-El presente decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/svU1Gn
Decreto N° 825 Córdoba, 3 de agosto de 2015
VISTO: El Expediente N° 0109-094495/2010, del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la aprobación del
contrato de comodato celebrado entre la Dirección General de
Nivel Inicial y Primario dependiente del Ministerio de Educación -en
carácter de comodante- y la señora Cecilia Andrea POLONI, en
carácter de comodatario.
Que por el referido contrato, el comodante cede al comodatario,
en calidad de préstamo de uso para vivienda particular del
comodatario, instalaciones correspondientes al inmueble donde
funcionaba la Escuela de Nivel Primario “BERNARDO DE
MONTEAGUDO”, ubicada en Paraje Rural, Campo Poloni -
Departamento Calamuchita-, con vigencia a partir del 9 de marzo
de 2014 y hasta el 9 de marzo de 2019.
Que del contrato celebrado surgen los derechos y obligaciones
que asumen las partes, adecuándose a los extremos exigidos en
los artículos 959 y 1533 correlativos y concordantes del Código
Civil y Comercial de la Nación.
Que en consecuencia, procede en esta instancia adoptar las
siguientes medidas, al no existir impedimentos desde el punto de
vista jurídico-formal y por constituir un acto de buena administración
a título gratuito.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado por el Área
Jurídica del Ministerio de Educación y por Fiscalía de Estado bajo
los Nros. 0763/2014 y 000648/15, respectivamente y en uso de
las atribuciones conferidas por el artículo144 de la Constitución
Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1°.-CONVALÍDASE lo actuado por la Dirección Gen-
eral de Nivel Inicial Primario dependiente del Ministerio de Educación
en relación a la ocupación en carácter de préstamo de uso de las
instalaciones correspondientes al inmueble donde funcionaba la
Escuela de Nivel Primario “BERNARDO DE MONTEAGUDO”,
ubicado en Paraje Rural denominado Campo Poloni -Departamento
Calamuchita- para vivienda particular de la señora Cecilia Andrea
POLONI (M.I. N° 33.221.302), a partir del 9 de marzo de 2011 y en
consecuencia APRUÉBASE el contrato de comodato celebrado
entre la mencionada Dirección General y la señora Cecilia Andrea
POLONI (M.I. N° 33.221.302), a partir de la fecha del presente
dispositivo legal y hasta el 9 de marzo de 2019, de conformidad al
contrato, que como Anexo I compuesto de dos (2) fojas , forma
parte integrante de este instrumento legal.
Artículo 2°.-El presente decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 824
Córdoba, 3 de agosto de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0622-115778/2008, del Registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el referido Ministerio impulsa la
creación de un Instituto Provincial de Educación Media en Los
Chañaritos -Departamento Cruz del Eje-, bajo la dependencia de
la Dirección General de Educación Secundaria, y sobre la base de
divisiones de ese nivel de enseñanza que funcionaban como Anexo
al Instituto Provincial de Educación Media N° 273 “MANUEL
BELGRANO” de Cruz del Eje, dependiente de la mencionada
Dirección General.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del
VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 157
VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 210
PODER
EJECUTIVO

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