Decreto N° 823 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor29 de Julio de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición15 de Julio de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCI - Nº 153
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 29 DE JULIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Ciento Setenta (U$S 170,00), -según cotización del Banco de la Provincia
de Córdoba S.A. del día 2 de junio de 2022-, para la atención de los gastos
de viáticos del viaje de que se trata, con cargo de oportuna rendición de
cuentas en los rubros que corresponda.
Artículo 4°: AUTORÍZASE al servicio administrativo del Ministerio de Fi-
nanzas a efectuar los ajustes contables que fueren necesarios, en virtud de
las variaciones que, en más o en menos, se pudieran producir por diferencia
de la cotización de la moneda extranjera al momento del efectivo pago.
Artículo 5º: IMPÚTASE el egreso que implica lo dispuesto en este
acto, porla suma total de Pesos Setecientos Cinco Mil Ciento Setenta y
Ocho con Cincuenta Centavos ($ 705.178,50), a Jurisdicción 1.15, Progra-
ma 150-001, conforme al siguiente detalle: la suma de Pesos Veintiún Mil
Trescientos Treinta y Cinco ($ 21.335,00), a Partidas 3.08.02.00 -Viáticos-;
la suma de Pesos Ciento Cuarenta y Tres Mil Cuatrocientos Veinticinco ($
143.425,00) a Partidas 3.08.99.00 -OTROS PASAJES, VIATICOS, MOVI-
LIDAD Y COMPENSACIONES NC-; y la suma de Pesos Quinientos Cua-
renta Mil Cuatrocientos Dieciocho con Cincuenta Centavos ($540.418,50)
a Partidas 3.08.01.00 -Pasajes-; todos del P.V., Ejercicio Año 2022, según
lo indican los Documentos Contables, Notas de Pedido Nros. 2022/000038,
2022/000039 y 2022/000040.
Artículo 6º: El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 7º: PROTOCOLÍCESE, dése al Tribunal de Cuentas de la Pro-
vincia, a la Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de
Finanzas, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JORGE EDUARDO CORDOBA, FIS-
CAL DE ESTADO - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Decreto N° 823
Córdoba, 15 de julio de 2022
VISTO: El expediente 0039-079243/2021 del registro de la Contaduría Ge-
neral de la Provincia del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la raticación del “Con-
venio de Equidad y Ordenamiento Fiscal entre la Provincia de Córdoba y la
Municipalidad de la Ciudad de Córdoba para la Anualidad 2022”, celebrado
con fecha 10 de junio de 2022, entre la Provincia de Córdoba, representada
por el señor Ministro de Finanzas, Lic. Osvaldo GIORDANO y la Munici-
palidad de la ciudad de Córdoba, representada por el señor Secretario de
Economía y Finanzas, Lic. Guillermo C. ACOSTA.
Que el Convenio de que se trata tiene por objeto jar entre las partes,
el importe resultante de aplicar las revisiones establecidas en la Cláusula
Sexta del Acuerdo antecedente suscripto con fecha 30 de abril de 2021
para la Anualidad 2021, raticado por Decreto N° 523/2021 para los con-
ceptos adeudados por la Provincia de Córdoba, para los servicios de Salud
y Educación prestados por la Municipalidad de Córdoba; como así también
jar las distintas acreencias que las partes mantienen, una con otra, para
la Anualidad 2022 y que deben ser compensadas.
Que así las cosas, a partir del informe de los cálculos realizados por los
Ministerios de Salud y de Educación, y del listado de transferencias efectua-
das por la Provincia a la citada Municipalidad a cuenta de la Anualidad 2022,
adjuntado por la Contaduría General del Ministerio de Finanzas, todos del Go-
bierno de la Provincia de Córdoba, surge que, para la Anualidad 2022, resulta
a favor del aludido municipio, en concepto de ajuste para la Anualidad 2021, la
suma de Pesos Ciento Cinco Millones Doscientos Ochenta y Seis Mil Ciento
Cincuenta y Nueve con Cuarenta Centavos ($ 105.286.159,40), de lo cual el
Importe de Pesos Cuarenta y Un Millones Seiscientos Veintitrés Mil Ochenta
con Treinta y Dos Centavos ($ 41.623.080,32) corresponde a servicios de sa-
lud, y la suma de Pesos Sesenta y Tres Millones Seiscientos Sesenta y Tres Mil
Setenta y Nueve con Ocho Centavos ($ 63.663.079,08) concierne a servicios
de educación; todo lo cual es establecido en la Cláusula Segunda del Acuerdo
cuya raticación se propicia.
Que en tanto, a través de la Cláusula Tercera del Convenio en cues-
tión se prevé que la Provincia de Córdoba reconoce adeudar al citado
municipio, para la Anualidad 2022, la suma de Pesos Tres Mil Setecien-
tos Trece Millones Quinientos Noventa Mil Veintiuno con Sesenta y Ocho
Centavos ($ 3.713.590.021,68), esto es, en concepto de servicios de
educación, el monto de Pesos Dos Mil Veintinueve Millones Novecientos
Ochenta y Un Mil Setecientos Treinta y Uno con Setenta y Tres Centavos ($
2.029.981.731,73) y en concepto de servicios de salud, el importe de Pesos
Un Mil Seiscientos Ochenta y Tres Millones Seiscientos Ocho Mil Doscien-
tos Ochenta y Nueve con Noventa y Cinco Centavos ($ 1.683.608.289,95).
Que por la Cláusula Cuarta del Acuerdo de marras, la Municipalidad reco-
noce adeudar a la Provincia la suma de Pesos Catorce Millones Ciento Nueve
Mil Quinientos Cincuenta y Uno con Diecinueve Centavos ($ 14.109.551,19) en
concepto de acreencias no tributarias, y reconoce el importe de Un Mil Vein-
tiún Millones Novecientos Sesenta y Cinco Mil Seiscientos Treinta y Nueve con
Quince Centavos ($ 1.021.965.639,15) en concepto de transferencias efectua-
das por la Provincia a cuenta de la Anualidad 2022; todo lo cual totaliza un
importe de Pesos Un Mil Treinta y Seis Millones Setenta y Cinco Mil Ciento
Noventa con Treinta y Cuatro Centavos ($ 1.036.075.190,34).
Que así las cosas, compensadas las acreencias detalladas, sur-
ge un saldo a favor de la Municipalidad interviniente, para la Anualidad
2022, de Pesos Dos Mil Seiscientos Setenta y Siete Millones Quinientos
Catorce Mil Ochocientos Treinta y Uno con Treinta y Cuatro Centavos ($
2.677.514.831,34), lo que adicionando el importe previsto en la Cláusula
Segunda ya relacionada, implica un total a cancelar al citado municipio de
Pesos Dos Mil Setecientos Ochenta y Dos Millones Ochocientos Mil Nove-
cientos Noventa con Setenta y Cuatro Centavos ($ 2.782.800.990,74). Las
partes acuerdan que dicho monto será abonado por la Provincia en siete
(7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de Pesos Trescientos Noven-
ta y Siete Millones Quinientos Cuarenta y Dos Mil Novecientos Noventa y
Ocho con Sesenta y Ocho Centavos ($ 397.542.998,68), pagaderas a partir
del mes de junio de 2022 (Cláusulas Quinta y Sexta).
Que a su vez, por la Cláusula Séptima las partes se comprometen a
revisar a partir del mes de octubre del año en curso los importes referidos,
conforme la metodología que se acuerde y a la evolución de las variables
macroscales operadas durante dicho período; mientras que, en la Cláu-
sula Octava, establecen que luego de iniciado el año 2023 y hasta tanto se

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