Decreto N° 819

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición31 de Julio de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 226 CÓRDOBA, 24 de Noviembre de 20154
y el Caribe de Gobiernos Subnacionales, durante los dos años
posteriores inmediatos, siendo la Arq. Marta Graciela López quien
ejerce la Presidencia de la aludida entidad, en representación
del gobierno provincial, situación que motiva la invitación que
ahora se le ha cursado.
Que los gastos correspondientes a pasajes, hospedaje y de
manutención de la misión oficial, serán asumidos por la entidad
convocante; consecuentemente la participación que se proyecta
no implicará erogación alguna por parte de la Provincia.
Por ello, lo dispuesto por el Artículo 1º de la Ley Nº 6197,
Decreto N° 1387/13, ratificado por Ley N° 10.185, lo dictaminado
por el Servicio Jurídico del Ministerio de Comunicación Pública y
Desarrollo Estratégico bajo el Nro. 135/2015 y por Fiscalía de
Estado bajo el Nro. 864/2015;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- AUTORÍZASE a la señora Directora del Sistema
de Gestión por Objetivos del Ministerio de Comunicación Pública
y Desarrollo Estratégico, Arq. Marta Graciela López (M.I. N°
14.423.725), a efectos de viajar en misión oficial al Municipio de
Tarija del Estado Plurinacional de Bolivia, durante los días 26, 27
y 28 de noviembre del corriente año, con motivo de participar del
“XXII Congreso Ordinario de Arquitectos de Bolivia, Arquitecto +
Sociedad”.
Artículo 2º.- EL presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Comunicación Pública y Desarrollo
Estratégico y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
LIC. JORGE A. LAWSON
MINISTRO DE COMUNICACION PUBLICA Y DESARROLLO
ESTRATEGICO
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 141
Córdoba, 5 de marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0109-091541/2009, del registro
del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N° 0860/13 de la
Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de
Educación-, mediante la cual se dispuso, ad referéndum de
autoridad competente, el cambio de situación de la Escuela
de Nivel Inicial “PROFESORA LUZ VIEIRA MENDEZ” de
esta Capital y el cambio de imputación del cargo que detenta
la docente Silvia Alejandra LAZARTE.
Que conforme a las constancias documentales e informativas
incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la
decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la
normativa que la funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos
jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros.
26206 y 9870, Decreto-Ley N° 1910/E/57, Decreto
Reglamentario N° 3999/E/67, Decretos Nros. 41009/A/38,
925/09 y Resolución N° 46/01 del Ministerio de Educación,
encontrándose tales determinaciones técnica, administrativa
e institucional plasmadas en la resolución de marras.
Que en consecuencia, se ha decidido en el marco de la
normativa legal vigente y propendiendo a un mejor servicio
educativo, motivos por los que no se visualizan impedimentos
para la ratificación en esta instancia del instrumento legal en
análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado
por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N°
0912/2014, por Fiscalía de Estado en casos similares y en
uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N° 0860/13 de
la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio
de Educación-, mediante la cual se dispuso, el cambio de
situación de la Escuela de Nivel Inicial “PROFESORA LUZ
VIEIRA MENDEZ” de esta Capital y el cambio de imputación
del cargo que detenta la docente Silvia Alejandra LAZARTE
(M.I.N° 22.370.583), en los términos y condiciones que se
consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de
este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una (1)
foja.
Artículo 2º El presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/nS269v
Decreto N° 819
Córdoba, 31 de julio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0109-112671/2013, del registro
del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en los referidos autos la Resolución N° 0753/
14 de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -
Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso “ad
referéndum” de la Superioridad, el cambio de situación de la
Escuela de Nivel Primario “JUAN GREGORIO DE LAS
HERAS” de la localidad de Pachango -Departamento San
Alberto-; como así también el cambio de imputación del cargo
que detenta la docente María Luisa ROJAS.
Que conforme a las constancias documentales e informativas
incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, las
decisiones se ajustan a derecho, pues se encuadran dentro
de la normativa que las funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos
jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros.
26206 y 9870, Decreto N° 41009/A/38, Decreto-Ley N°
1910/E/57 y Decreto Reglamentario N° 3999/E/67,
encontrándose tales determinaciones técnicas, administrativas
e institucionales plasmadas en la resolución de marras.
Que en consecuencia, se ha decidido en el marco de la
normativa legal vigente y propendiendo a un mejor servicio
educativo, motivos por los que no se visualizan impedimentos
para la ratificación en esta instancia del instrumento legal en
análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado
por el Área Jurídica del Ministerio de Educación bajo el N°
0458/15 y por Fiscalía de Estado en casos análogos y en
uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N° 0753/14, de la
Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio
de Educación-, mediante la cual se dispuso, el cambio de
situación de la Escuela de Nivel Primario “JUAN GREGORIO
DE LAS HERAS” de la localidad de Pachango -
Departamento San Alberto-, como así también el cambio de
imputación del cargo de la docente María Luisa ROJAS (M.I.
N° 14.540.804), en los términos y condiciones que se
consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de
este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una (1)
foja.
Artículo 2º. El presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección Gen-
eral de Administración de Capital Humano, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/ZQu8pI
Córdoba, 10 de julio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0109-067057/2004, del registro
del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en los referidos autos la Resolución N° 1109/
10 de la entonces Dirección General de Educación Inicial y
Primaria y su similar N° 0116/14 emanada de la Dirección
General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se
dispuso, ad referéndum de autoridad competente, el cambio
de situación de la Escuela de Nivel Primario “FERNANDO
FADER” de Ischilín Viejo, Departamento Ischilín.
Que conforme a las constancias documentales e informativas
incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la
decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la
normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos
jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros.
26206 y 9870 Decreto Nro. 41009/A/38, encontrándose tal
determinación técnica, administrativa e institucional plasmada
en las resoluciones de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna
para la ratificación en esta instancia de los instrumentos le-
gales bajo análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado
por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N°
1069/2013, por Fiscalía de Estado en casos similares y en
uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N° 1109/10 de
la entonces Dirección General de Nivel Inicial y Primario y
su similar N° 0116/14 emanada de la Dirección General de
Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, mediante
la cual se dispuso, el cambio de situación de la Escuela de
Nivel Primario “FERNANDO FADER” de Ischilín Viejo,
Departamento Ischilín, en los términos y condiciones que se
consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de
este instrumento legal como Anexo I, compuesto de dos (2)
fojas.
Artículo 2º. El presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.

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