Decreto N° 816

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición28 de Julio de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVIII - Nº 165 CÓRDOBA, 31 de Agosto de 20152
Decreto N° 256 Córdoba, 8 de abril de 2015
VISTO: el Expediente Nº 0111-061198/13 (Cuerpos I y II) del
Registro del Ministerio de Educación-;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones obra la Resolución N° 0360/
14 de la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza
-Ministerio de Educación- por la que se aprueba el Plan de
Estudios de la Carrera “Analista de Mercados y Estrategias de
Comercialización”, -Opción Pedagógica a Distancia- que otorga
el título de “Analista de Mercados y Estrategias de
Comercialización”, con tres (3) años de duración, en el
Establecimiento Privado Adscripto “INSTITUTO DE ESTUDIOS
SUPERIORES SIGLO 21 COLEGIO UNIVERSITARIO” -Nivel
Superior- de esta Capital, con efecto a Diciembre de 2012 y por
el termino de dos cohortes.
Que conforme a las constancias documentales e informativas
incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la
decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la
normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-
formales-pedagógicos estatuidos por la Ley Nº 5326,
encontrándose tal determinación técnica, administrativa e
institucional plasmada en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para
la ratificación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N°1746/14, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 961/15 y en uso de sus atribuciones
constitucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N° 0360/14 de la
Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza -Ministerio
de Educación- la que compuesta de una (1) foja útil forma parte
del presente Decreto, por la que se aprueba el Plan de Estudios
de la Carrera “Analista de Mercados y Estrategias de
Comercialización” -Opción Pedagógica a Distancia- que otorga
el título de “Analista de Mercados y Estrategias de
Comercialización”, con tres (3) años de duración, en el
Establecimiento Privado Adscripto “INSTITUTO DE ESTUDIOS
SUPERIORES SIGLO 21 COLEGIO UNIVERSITARIO ” -Nivel
Superior- de esta Capital, con efecto a Diciembre de 2012 y por
el termino de dos cohortes.
Artículo 2º. EL presente decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/acqAZd
Decreto N° 816 Córdoba, 28 de Julio de 2015
VISTO: El expediente 0045-017510/2015 del registro de la
Dirección Provincial de la Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la convalidación
de lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad, el
reconocimiento, la declaración de legítimo abono y autorización
de pago del importe adeudado a la firma ESQUINA Cargas
Generales-Servicios, de Amilcar Edgardo Almada, por la
ejecución de trabajos de emergencia, en las localidades de Jesús
Maria y Ascochinga, como consecuencia de las inundaciones
que sufriera la región en el mes de febrero del corriente año
2015.
Que lo gestionado tiene como fundamento la declaración de
emergencia por desastre ambiental dispuesta por Decreto N°
80/2015 y ampliado por su similar N° 127/2015, como
consecuencia de los fenómenos meteorológicos desatados en
vastas regiones de la Provincia; habiendo sido en consecuencia
instruidas las autoridades del Gobierno Provincial a ejecutar las
medidas pertinentes que la situación de emergencia requería.
Que en ese marco la Dirección Provincial de Vialidad elabora
la documentación técnica necesaria para la realización de tareas
inmediatas a ejecutar para la restitución de las condiciones mínimas
de transitabilidad y seguridad y en general las comunicaciones
en la zona afectada, computo métrico y presupuesto,
encargándose los mismos a la firma ESQUINA Cargas Gen-
erales-Servicios, de Amilcar Edgardo Almada.
Que desde la repartición actuante se certifica que se completo
la totalidad de los trabajos requeridos, siendo recibidos de
conformidad por la Inspección de Obra, acompañándose la
Factura B N° 0002-00000101, de la referida contratista (CUIT
N° 20218038469), por la suma de $97.200 en un todo de
acuerdo al presupuesto y plan de tareas encargadas, siendo la
misma debidamente conformada por autoridad competente.
Que el accionar llevado a cabo lo fue a los fines de revertir
rápidamente la situación acaecida, rehabilitando vías de
comunicación de vital importancia en la región y evitar la
generación de nuevos daños o el agravamiento de los ocurridos.
Que la provisión de los materiales, prestación de los servicios y
los trabajos de que se trata han sido efectivamente entregados y
ejecutados, por lo que con el objeto de evitar se produzca un
enriquecimiento incausado a favor de la Administración y en
detrimento del patrimonio de la firma interviniente deviene
procedente la convalidación de lo actuado y su reconocimiento,
declarándolos de legitimo abono y autorizando el pago del importe
adeudado, debiéndose efectuar su pago a través del Ministerio
de Gestión Pública.
Que se incorpora Documento Contable Nota de Pedido N°
2015/000761 que certifica la reserva presupuestaria para atender
la erogación que lo gestionado demanda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto
por la Ley Provincial N° 10.267, por el Decreto N° 82/2015, lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales
del Ministerio de Infraestructura con el N° 353/2015, por Fiscalía
de Estado bajo el N° 616/2015 y en uso de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1.- CONVALÍDASE lo actuado por la Dirección Pro-
vincial de Vialidad; RECONÓCENSE los trabajos ejecutados en
las localidades de Jesús Maria y Ascochinga, como consecuencia
de las inundaciones que sufriera la región en el mes de febrero
del corriente año 2015, por la firma ESQUINA Cargas Gen-
erales-Servicios, de Amilcar Edgardo Almada , (CUIT N°
20218038469), DECLÁRASE de legítimo abono la suma de
Pesos Noventa y Siete Mil Doscientos ($97.200), adeudada por
dicho concepto y AUTORÍZASE el pago cancelatorio de la Factura
B N° 0002-00000101, la que como Anexo I, compuesto de una
(1) foja útil, se acompañan y forman parte integrante del presente
Decreto.
Artículo 2º.- IMPUTASE el egreso por la suma de Pesos
Noventa y Siete Mil Doscientos ($97.200), con cargo a
Jurisdicción 1.20 Programa 201-002, Partida 12.06.00.00,
conforme lo indica Documento Contable Nota de Pedido N° 2015/
000761.
Artículo 3°.- FACÚLTASE a la Señora Ministra de Gestión
Pública, a efectuar las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, a los fines afrontar las erogaciones que por el
presente acto administrativo se legitiman, en un todo de acuerdo
con las previsiones de la Ley Provincial N° 10.267.
Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por la señora
Ministra de Gestión Pública y por los señores, Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial pase al Ministerio de Gestión Pública a sus
efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
DRA. VERONICA LUCIA BRUERA
MINISTRA DE GESTION PUBLICA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/eAZPvZ
Córdoba, 6 de Agosto de 2015
VISTO: El expediente 0045-017503/2015 del registro de la
Dirección Provincial de la Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la convalidación
de lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad, el
reconocimiento, la declaración de legítimo abono y autorización
de pago de los servicios prestados por la firma “JC Nueva
Esperanza” de Nélida Zusana Vergara, por la ejecución de los
trabajos realizados con ocasión de la emergencia hídrica causada
por las inundaciones ocurridas en la localidad de El Manzano,
Departamento Colón, Provincia de Córdoba, durante los días
14 y 15 de febrero del corriente año 2015.
Que lo gestionado tiene como fundamento la declaración de
emergencia por desastre ambiental dispuesta por Decreto Nº
80/2015 y ampliado por su similar Nº 127/2015, como
consecuencia de los fenómenos meteorológicos desatados en
vastas regiones de la Provincia; habiendo sido en consecuencia
instruidas las autoridades del Gobierno Provincial a ejecutar las
medidas pertinentes que la situación de emergencia requería.
Que en ese marco la Dirección Provincial de Vialidad elabora
la documentación técnica para la realización de tareas
encargándose los mismos a la firma “JC Nueva Esperanza” de
Nélida Zusana Vergara.
Que desde la repartición actuante se certifica que se completó
la totalidad de los trabajos requeridos, siendo recibidos de
conformidad por la inspección de obra, acompañándose las
Facturas B Nros.: 0001-00000151, 0001-00000152, 0001-
00000153, 0001-00000154, 0001-00000155, y 0001-00000156,
por las sumas de $ 55.236,50, $ 43.257,50, $ 49.818,00,
5.989,50, 57.233,00 y 51.727,50 respectivamente, de la referida
contratista (CUIT N° 27140994559), siendo las mismas
debidamente conformadas por autoridad competente.
Que el accionar llevado a cabo lo fue a los fines de revertir
rápidamente la situación acaecida, rehabilitando vías de
comunicación de vital importancia en la región y evitar la
generación de nuevos daños o el agravamiento de los ocurridos.
Que la provisión de los materiales, prestación de los servicios y
los trabajos de que se trata han sido efectivamente entregados y
ejecutados, por lo que con el objeto de evitar se produzca un
enriquecimiento incausado a favor de la Administración y en
detrimento del patrimonio de la firma interviniente deviene
procedente la convalidación de lo actuado y su reconocimiento,
declarándolos de legítimo abono y autorizando el pago del importe
adeudado por la suma de $263.261,50, debiéndose efectuar su
pago a través del Ministerio de Gestión Pública.
Que se incorpora Documento Contable Nota de Pedido N°
2015/000762 que certifica la reserva presupuestaria para atender
la erogación que lo gestionado demanda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto

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