Decreto N° 813

EmisorMinisterio de Salud, Des. Social y Deportes
Fecha de la disposición 7 de Julio de 2016

DECRETO N° 813

Mendoza, 7 de julio de 2016

Visto el expediente 5024-D-15-77770, en el cual se solicita ratificar la Resolución N° 175/15 del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada resolución fue suscripta por el Ministro de Salud, Desarrollo Social y Deportes, por lo que deberá ser ratificada por el Gobernador de la Provincia a fin de configurarse como acto administrativo regular;

Por ello, en razón de lo solicitado, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y de acuerdo con lo establecido por los Arts. 29 y 77 inc. b) de la Ley N° 3909,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Ratifíquese la Resolución N° 175/15 del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, mediante la cual se otorgó un subsidio a la Asociación de Lucha contra Desordenes Alimentarios (A.L.D.A.), la que como Anexo forma parte del presente Decreto.

Artículo 2°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

ALFREDO V. CORNEJO

Rubén Alberto Giacchi

______

ANEXO

RESOLUCION N° 175

Mendoza, 30 de diciembre de 2015

Por ello, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación preventiva, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos y de acuerdo a lo establecido por el Decreto-Acuerdo N° 4096/07 y su modificatorio, Acuerdo N° 2514/97 del Honorable Tribunal de Cuentas y Arts. 107 y 109 de la Ley N° 8706, Ley N° 8701, Art. 30 y c.c. , Decreto N° 2413/14, Decreto N° 1000/15 y Disposición N° 7/15 de la Contaduría General de la Provincia,

EL MINISTRO DE SALUD,

DESARROLLO SOCIAL Y

DEPORTES

RESUELVE:

Asociación de Lucha

contra Desordenes

Alimentarios (A.L.D.A.),

por un total de

Artículo 2°

El subsidio autorizado precedentemente, será abonado por Tesorería (CUC 42) del Ministerio, con cargo a la siguiente partida Presupuesto 2015:

Cuenta General: S96100 43104 176

Unidad de Gestión: S01001.

Artículo 3°

Establecer que el Presidente de la "Asociación de Lucha contra Desordenes Alimentarios (A.L.D.A.)" Sra. Gisela Ana Garzuzi, DNI N° 16.162.298, deberá rendir cuenta documentada del subsidio, dentro de los treinta (30) días de recepcionado el mismo, en el Departamento de Contabilidad (CUC 42) del Ministerio, en cumplimiento del Acuerdo N° 2514/97 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, Arts. 107 y 109 de la Ley N° 8706 y Disposición N° 7/15...

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