Decreto N° 799

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición30 de Junio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 257
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Artículo 30.- El Jefe de la Oficina de Investigaciones Administrati-
vas es designado por el Poder Ejecutivo Provincial a propuesta del
Fiscal de Estado. Debe poseer título de abogado y contar preferen-
temente con experiencia en la Administración Pública.”
Artículo 44.- La presente Ley entra en vigencia el día 1 de enero
de 2017.
Artículo 45.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVIN-
CIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES
DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-
FDO: OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISORIO, LEGISLATU-
RA PROVINCIA DE CÓRDOBA / GUILLERMO CARLOS ARIAS, SECRETARIO
LEGISLATIVO, LEGIS LATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1796
Córdoba, 19 de diciembre de 2016
Téngase por Ley de la Provincia Nº 10411 cúmplase, protocolícese comu-
níquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO
DE FINANZAS / JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1650
Córdoba, 29 de noviembre de 2016
VISTO: la Nota N° MF01-702385019-716 del registro del Ministerio de Fi-
nanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que con fecha 19/10/2016 el señor Benjamín Fernando Buteler, pre-
senta nota individualizada en Sticker N° 70238501952716, mediante la
cual renuncia a la presidencia del Consejo para la Planicación Estratégica
de la Provincia de Córdoba (C.O.P.E.C.) a partir del 31 de octubre del co-
rriente año.
Que el señor Buteler fue designado en el cargo en cuestión mediante
Decreto N° 520 de fecha 20 de mayo de 2014.
Que el artículo19 inciso 31 del Decreto N° 1791/15 dispone que entre
las competencias del Ministerio de Finanzas se encuentra la de mantener
bajo su órbita al Consejo para la Planicación Estratégica de la Provincia
de Córdoba (C.O.P.E.C.).
Que en virtud de lo expuesto y hasta tanto se cumplimenten las pres-
cripciones del artículo 5° de la Ley N° 9475, es menester proceder a la
aceptación de la renuncia presentada.
Por ello, normativa citada, y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.- ACÉPTASE a partir del día 31 de octubre de 2016, la
renuncia presentada por el señor Benjamín Fernando BUTELER (D.N.I.
Nº 16.158.102), al cargo de Presidente del Consejo para la Planicación
Estratégica de la Provincia de Córdoba (C.O.P.E.C.).
Artículo 2º.- EL presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO
DE FINANZAS - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 799
Córdoba, 30 de junio de 2016
VISTO: El expediente N° 0464-060188/2016 (Cuerpos 1, 2, 3, 4 y 5) del
registro del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 10340 se autorizó al Poder Ejecutivo a efectuar opera-
ciones de crédito público por hasta la suma de Dólares Estadounidenses
Un Mil Noventa y Seis Millones (U$S 1.096.000.000), su equivalente en
pesos u otras monedas, mediante la emisión de Títulos de Deuda a ser co-
locados en el mercado local o internacional y a percibir anticipos a cuenta
de dichas operatorias.
Que por el artículo 2 de dicha normativa se implementó un Programa
Global de Emisión de Títulos de Deuda por el monto total enunciado en
el párrafo anterior, que será destinado a rescate anticipado de los Títulos
Boncor 2017 emitidos con base en las Leyes N° 9489, 9740, 9702, 9833
y 9843 sus complementarias y modicatorias, y para obras públicas de
infraestructura en la Provincia.
Que asimismo, dispone que éste Poder Ejecutivo dictara las normas
complementarias a que debe ajustarse la operatoria, su instrumentación e
identicación de la deuda y demás aspectos, condiciones y requisitos que
resulten del endeudamiento.
Que el artículo 3° del Decreto N° 140/2016 faculta la señor Ministro de
Finanzas a determinar los términos y condiciones denitivos de los Títulos
de Deuda y la emisión y colocación de los mismos en el marco de la Ley
N° 10340, lo que fue raticado por Decreto 519/16.
Que por Resolución N° 181/2016 del Ministerio de Finanzas se apro-
baron las condiciones denitivas de la emisión de Títulos por hasta la
suma de Dólares Estadounidenses Setecientos Veinticinco Millones (U$S
725.000.000), y se instrumentó la realización de la oferta de canje en efec-
tivo de los Títulos Boncor 2017 por la suma de U$S 199.995.000 de capital
en valor nominal, equivalente a un precio de U$S 1.082,50, por cada U$S
1.000 de capital más intereses devengados hasta la fecha del efectivo res-

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