Decreto N° 794 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Agosto de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición14 de Julio de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 161
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 10 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Decreto N° 794
Córdoba, 14 de julio de 2022
VISTO: la Nota N° GRH02-305521050-019 del registro de la Dirección Ge-
neral de Coordinación y Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con las gestiones reali-
zadas por el Ministerio de Educación, a efectos del recupero de haberes
indebidamente liquidados a la señora María Inés DOMÍNGUEZ.
Que obra en autos el informe elaborado por la Jefatura de Sección Sueldos
DEMES, dependiente del Ministerio de referencia, del cual surge una deuda
de la mencionada agente, por la suma líquida de $ 36.354,69, en concepto de
haberes indebidamente liquidados por el periodo comprendido entre el 20 al 31
de agosto de 2018, con motivo de la registración extemporánea de la baja por
jubilación por invalidez provisoria. Seguidamente, se incorpora la constancia de
servicios y situación de revista de la señora Domínguez.
Que a efectos de la regularización de la situación de que se trata, se
notica a la ex agente, mediante Plataforma Ci.Di. con fecha 28 de mayo
de 2019; y con idénticos nes, con fecha 30 de mayo de 2019, a través de
Carta Documento OCA CDI0014817(2) al domicilio registrado por ante la
Administración, siendo debidamente recepcionada por la señora Justina
González, D.N.I. N° 12.888.669, con fecha 31 de mayo de 2019.
Que a continuación, se incorpora Carta Documento Correo Argentino
CD348144072, despachada con fecha 7 de junio de 2019, suscripta por
el señor Ramón Gerardo Roldán, D.N.I. N° 14.630.274, quien informa el
fallecimiento de la señora Domínguez acaecido el 1° de diciembre de 2018.
Que en virtud de ello, con fecha 26 de junio de 2019, se intima a la
sucesión indivisa, a través de Carta Documento OCA CDH0047324(4),
recepcionada nuevamente por la señora González, a los nes de que se
acredite fehacientemente el carácter invocado, con nulos resultados. Se-
guidamente, se incorpora la consulta a la base de datos del Poder Judicial
respecto la existencia de Juicio de Declaratoria de Herederos y/o Testa-
mentarios a nombre de la señora Domínguez, con respuesta negativa, y
publicación de edicto en el BOE con fecha 12 de noviembre de 2021, inti-
mando a la sucesión indivisa de aquélla.
Que por último, se agrega consulta por ante el SUAC, de la cual surge
el trámite N° 0129-150220/2019, con el asunto “Denuncia el fallecimien-
to y solicita el pago del seguro de vida de Domínguez María Inés DNI
13.820.744”, iniciado con fecha 18 de marzo de 2019, por el señor Maximi-
liano Gerardo Roldán, D.N.I. N° 34.601.508.
Que la Dirección General de Coordinación y Gestión de Recursos Hu-
manos ministerial da cuenta de que se han agotado las gestiones adminis-
trativas en orden al reintegro del dinero debido.
Que en virtud del escaso monto económico que la acreencia, junto
con sus intereses, representa, de acuerdo a los parámetros que informa la
Procuración del Tesoro, sumado a los costos y costas que implica una ac-
tuación judicial, el inicio de las acciones judiciales respectivas se tornaría
lesivo a los intereses del Estado provincial.
Que atento a lo expuesto, y a tenor de las previsiones del artículo 76,
segundo párrafo, de la Ley N° 9086, corresponde declarar la incobrabilidad
de la acreencia en cuestión.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Educa-
ción con el N° 982/2022, por Fiscalía de Estado bajo el N° 569/2022 y en
uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- DECLÁRASE la incobrabilidad del crédito a favor de la
Provincia de Córdoba, respecto de los haberes indebidamente liquidados
a la señora María Inés DOMÍNGUEZ, D.N.I. N° 13.820.744, por la suma
de Pesos Treinta y Seis Mil Trecientos Cincuenta y Cuatro con Sesenta y
Nueve Centavos ($ 36.354,69), en los términos del artículo 76, segundo
párrafo, de la Ley Nº 9086, por las razones expresadas en los fundamentos
de este instrumento legal.
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y
ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 57
Córdoba, 2 de agosto del 2022
VISTO: El Expediente N° 0279-012488/2022 del registro de este Ministerio
de Ciencia y Tecnología.
Y CONSIDERANDO:
Que la señora Directora de Jurisdicción Economías del Conocimiento,
requiere la contratación del servicio de capacitación en innovación, adop-
ción de tecnologías aplicada a la industria 4.0 y acompañamiento en la
gestión de proyectos de transformación digital, destinado a las pymes de
la localidad de Noetinger y zona aledaña, de conformidad a los objetivos y
pautas allí indicadas.
Que la contratación que se propicia tiene como principal objetivo crear
capacidades locales para la adopción y explotación de nuevas tecnologías
aplicadas a la innovación en procesos, productos y servicios.
Que la Municipalidad de Noetinger cuenta con el “Ente Promotor del
Parque Industrial de Noetinger”, creado mediante Ordenanza N° 1433/2019,
el cual posee recursos humanos capacitados para la prestación de servicio

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